Ley de Residuos y Suelos Contaminados Comunidad Valenciana

La nueva norma tiene por objeto, en el marco de las competencias de la Generalitat, establecer el régimen jurídico de la prevención, producción y gestión de residuos y de los suelos contaminados, así como desarrollar instrumentos para fomentar la transición hacia una economía circular.

Esta Ley incluye nuevas disposiciones aplicables a las actividades económicas. Por lo que, en próximos días les tendremos informados, para abordar con más detalle las nuevas obligaciones establecidas en la misma.

Hoy se ha publicado en el DOGV, la Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.

La ley aprobada este jueves por las Cortes Valencianas se inspira en un elevado grado de protección del medio ambiente y de adaptación al contexto de lucha contra el cambio climático, garantizando un uso más racional y eficiente de los recursos naturales y los ecosistemas. Con esta ley la Comunitat Valenciana se adapta a los objetivos estratégicos europeos en materia de residuos y economía circular, sustituyendo así a la Ley 10/2000, actualmente muy superada por el marco jurídico estatal y europeo vigente y por la realidad socioeconómica y ambiental.

En este contexto competencial y de necesidad se inserta la nueva ley valenciana, que incorpora los criterios de economía circular en materia de política de residuos, impulsa la prevención y reducción de la generación de residuos, la preparación de los residuos para la reutilización y el reciclaje, con particular atención a los residuos domésticos y comerciales, cuya competencia de recogida y tratamiento recae fundamentalmente en las administraciones públicas locales.

La ley prevé que las autoridades ambientales competentes adopten medidas para promover y apoyar a los modelos de producción y de consumo sostenibles y circulares, así como para fomentar el diseño, la fabricación y el uso de productos que sean eficientes en el uso de recursos, en términos de vida útil y ausencia de obsolescencia prematura, reparables y reutilizables.

Las administraciones públicas autonómicas y locales de la Comunitat Valenciana deberán fomentar la creación y el desarrollo de un tejido comercial de venta de productos de segunda mano, reutilizados o reparados, de un tejido empresarial de reparación y reutilización de productos, así como de un tejido empresarial de producción de envases de bebidas reutilizables.

La ley también prevé medidas disruptivas como promover la implantación de envases reutilizables comerciales e industriales en la actividad económica. Para ello, los propietarios y proveedores de servicios de envases reutilizables industriales y comerciales, sean primarios, secundarios o terciarios, serán los operadores de la preparación para la reutilización y pueden constituirse a tal efecto como sistemas de gestión de envases reutilizables. Se prevé que los envases reutilizables, una vez usados, deban devolverse por el poseedor al operador responsable con el fin de prepararlos para su reutilización, así como la obligación de comunicar a la Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular la cantidad de envases reutilizables puestos en el mercado cada año y el número de retornos para la preparación para su reutilización.

La nueva norma contempla la implantación de sistemas de devolución y retorno por incentivo económico, como complementarios a los actuales sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor de envases ligeros, con el fin de contribuir a los objetivos estatales en materia de recogida separada y evitación de basura dispersa. Se prevé que la implantación obligatoria de este sistema se lleve a cabo de manera progresiva.

En el marco de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, las administración autonómica y local de la Comunitat Valenciana deben prestar toda la colaboración necesaria para la implantación de los sistemas de depósito, devolución y retorno de envases de un solo uso, en caso de que se determine la obligatoriedad de su puesta en marcha, y facilitar una adecuada transición desde el sistema de incentivo al sistema de depósito. Efectivamente, el artículo 59 de la ley estatal, en transposición del artículo 9.1 de la Directiva (UE) 2019/904, prevé la implantación del sistema de depósito devolución y retorno para el caso de que no se cumplan los objetivos de recogida selectiva previstos en el año 2023 o 2027 para botellas de bebidas de hasta tres litros de capacidad.

El régimen sancionador está muy relacionado con la protección jurídica a los envases reutilizables, al que le dota de un valor intrínseco para la prevención y para la economía circular. Lo que significa la máxima tutela de la idea de “servitización de productos” y un precedente legislativo que podrá inspirar futuras normas.

De conformidad con lo dispuesto en su texto articulado, el régimen sancionador de esta ley se rige por lo establecido en la legislación estatal pero adicionalmente a las infracciones reguladas en la misma se consideran infracciones leves cualquier actuación que suponga la no devolución al operador del sistema de gestión del envase reutilizable o residuo de envase, para la preparación para la reutilización o el reciclaje, y la posesión de los mismos por terceros no autorizados por el operador del sistema. Y serán consideradas infracciones graves, la reincidencia en las actuaciones tipificadas anteriormente.

En definitiva, la nueva ley de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana, es una autentica norma disruptiva de prevención de residuos, de transición ecológica y de fomento de la economía circular.

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