AYUDAS A PROYECTOS INDUSTRIALES ESTRATÉGICOS EN LA CV
RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2022, de ayudas para impulsar proyectos industriales estratégicos en la Comunitat Valenciana, dentro de la quinta fase de implantación del Plan estratégico de la industria valenciana.
Publicada la convocatoria de ayudas para impulsar proyectos industriales estratégicos en la Comunitat Valenciana, con un presupuesto de 1.700.000 €.
Estas ayudas se podrán solicitar desde el 18 de mayo al 6 de junio, por lo que puedes contactar ya con nuestro equipo técnico para preparar tu solicitud a estas ayudas.
A. ¿QUÉ PROYECTOS SE SUBVENCIONAN?
- Se subvenciona la realización de proyectos empresariales de inversión, así como de investigación industrial y desarrollo experimental, ejecutados en la Comunitat Valenciana, de forma independiente o en colaboración con otras empresas o entidades, y que se puedan considerar estratégicos.
B. ¿QUÉ SE CONSIDERA «PROYECTO ESTRATÉGICO»?
Un proyecto se considera estratégico si cumple una o varias de estas circunstancias:
- Tiene un carácter tractor industrial con efectos a medio o largo plazo.
- Tiene capacidad de vertebrar un determinado territorio o genera gran impacto económico y en el empleo.
- Puede generar determinadas externalidades positivas de gran relevancia sobre la actividad industrial en la CV, más allá de los beneficios a los participantes.
- Puede involucrar a gran parte de una o varias de las cadenas de valor industriales.
- Tiene capacidad para movilizar inversión privada interna o externa.
- Puede suponer una diversificación o cambio estratégico en alguno de los productos o bienes producidos en un establecimiento industrial.
C. ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA AYUDA?
- Empresas privadas que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva (CNAE: Sección C, División 10 a 33).
D. PRESUPUESTO DEL PROYECTO
- El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto será de 500.000 €.
E. TIPO DE AYUDA
- Subvención entre el 25% y el 80% de la inversión realizada, en función del tipo de proyecto, el marco normativo vigente y el tamaño de la empresa.
F. GASTOS ELEGIBLES
Las empresas solicitantes podrán elegir amparar todo el proyecto o determinados costes subvencionables, en alguno o varios de los marcos normativos vigentes: Reglamento de mínimis, Marco Nacional Temporal (MNT) y el Reglamento General de Exención por Categorías (RGEC).
En función del tipo de proyecto y del gasto, estos podrán ser los costes elegibles:
- Costes externos de inversión en activos materiales e inmateriales.
- Gastos de colaboraciones externas (consultorías, asistencias técnica, etc.).
- Costes de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños…
- Asesoría jurídica, gastos notariales y registrales.
- Informe del auditor.
- Costes de personal investigador, técnico y auxiliar.
- Costes de instrumental y material.
- Costes de edificios y terrenos.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes.
- Gastos generales y otros gastos de explotación.
G. PLAZO DE EJECUCIÓN
Los proyectos tendrán carácter plurianual si así lo requiere el plazo de ejecución:
- Proyectos acogidos al régimen de mínimis o MNT: Deberán realizarse entre el 01/01/2022 y el 05/12/2022 o el 05/12/2023 (anual o plurianual).
Proyectos acogidos al RGEC: Deberán realizarse entre la fecha de la solicitud y el 05/12/2022 o el 05/12/2023 (anual o plurianual).
Para más información contacten con nosotros llamando al 965.460.15 o bien a través del correo aeecc@aeecc.com
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