PROGRAMA FOMENTO CONTRACTACION EN PRACTICAS (AVALEM JOVES 2021)

En el día de hoy se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 30 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2021 el Programa de fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Objeto: concesión de subvenciones para fomentar la contratación en prácticas a jornada completa de las personas jóvenes cualificadas, que figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Beneficiarios: cualquier entidad empleadora, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contrate, con posterioridad a la publicación de esta Resolución y mediante un contrato en prácticas a jornada completa durante al menos doce meses, a personas jóvenes que cuenten con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo y figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Bases reguladoras: Orden 8/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de fomento de empleo para la contratación de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Cuantía: será el resultado de multiplicar el 80 % del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación de la persona joven por el número mínimo de meses de mantenimiento del contrato.

Si es mujer o persona con diversidad funcional: 85%

Si es mujer víctima de violencia o persona con diversidad funcional severa, o una persona joven que se encuentre bajo la guarda o la tutela de la Generalitat, o cumpliendo una medida judicial derivada de la responsabilidad penal de personas menores de edad durante los tres años anteriores a la mayoría de edad: 90%

Plazo de presentación de solicitudes: del 2 de marzo al 31 de mayo de 2021. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

Webinario Mujer y Empleo, Situación actual y oportunidades

El Instituto de Estudios Económicos de la provincia de Alicante (INECA) organiza junto al Banco Sabadell el próximo 3 de marzo a las 9.30 horas el Webinars Mujer y Empleo. Evolución de la situación laboral de la mujer en la provincia de Alicante

El próximo 3 de marzo a las 9.30 horas el Webinars Mujer y Empleo. Evolución de la situación laboral de la mujer en la provincia de Alicante.   

09.30h  Bienvenida 
Rafael Ballester
Presidente de INECA

09.35h  Presentación 
Ana Ponsoda 
              Directora Regional Alicante Centro de Banco Sabadell

09.40h  Oportunidades de la mujer en la empresa 
Marcela Fernández Presidenta AEPA

09.45h  Mujer y Empleo. Evolución y oportunidades
Francisco Llopis. Director Estudios INECA
Juana Aznar. Profesora Economía y Mujer UMH 

10.20h  Turno de preguntasMARZO 20213On line

Horario: 09.30-10.30H

INSCRIPCIÓN

Instituto de Estudios Económicos de la provincia de Alicante

Our mailing address is: ineca@ineca-alicante.es

Nuevas medidas COVID Comunidad Valenciana 01 de marzo de 2021

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan nuevas medidas, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

1.- Medidas relativas al uso de mascarillas

  • Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.

2.- Medidas relativas al cierre preventivo y la suspensión cautelar de actividades, establecimientos y espacios y apertura de terrazas al aire libre.

  • Cerrado:
  • Centros recreativos de mayores (hogares del jubilado) y de jóvenes (ludotecas, centros de ocio y entretenimiento juvenil), y centros donde se desarrollen actividades festeras tradicionales.
  • Los interiores de los establecimientos y actividad de hostelería y restauración, bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento, salvo servicio de comida para llevar.

Excepto servicios de hostelería esenciales: hospitales, hoteles para clientes hospedados, centros educativos, áreas de servicio. (quedará suspendido el servicio en barra y su aforo máximo será de un tercio del aforo).

  • Establecimientos dedicados a actividades recreativas y de azar, entre los que se incluyen, casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos de máquinas de azar, salones recreativos de máquinas de azar, salones de juego, tómbolas y salones cíber.
  • Apertura:

Las terrazas al aire libre en los establecimientos y actividad de hostelería y restauración, bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento:

  • Aforo máximo del 75 %.
  • Máximo 4 personas por mesa.
  • Horario de cierre: 18:00 horas.
  • Prohibido: el uso de la barra, los servicios tipo self service o buffet, fumar, uso de los juegos de azar, la actividad de discoteca, baile y karaoke.
  • Eventos: no se permite la realización de ningún evento o actividad con concentración de personas (no se permite la realización de ningún evento o actividad con concentración de personas).

3.- Medidas relativas a locales comerciales.

  • Los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán reducir al 50 % el aforo.
  • Los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales que dispongan de aparcamientos o espacios destinados al estacionamiento de vehículos de sus clientes, reducirán al 50 % la capacidad de estos aparcamientos y espacios.
  • Cierre de comercios a las 20:00 horas, salvo los esenciales (venta de productos de alimentación, bebidas, productos higiénicos, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, ópticas, productos ortopédicos, servicios de peluquería y de alimentos para animales de compañía).
  • No incluidos: establecimientos cuya actividad principal es la prestación de servicios profesionales y los centros en los que se imparte formación no reglada.

4.- Medidas relativas a parques y zonas de esparcimiento libre.

Los parques, jardines y zonas de esparcimiento al aire libre permanecerán abiertos desde las 06:00 a las 22.00 horas.

5.- Medidas aplicables a la actividad física, el deporte, las instalaciones deportivas y los acontecimientos deportivos.

  • Se podrá practicar, a todos los efectos, actividad física y deportiva, al aire libre y en instalaciones deportivas abiertas, sin contacto físico y en las modalidades individuales y las que se practican por parejas., en grupos máximo de 4 personas.
  • Instalaciones deportivas: Continuarán cerradas, para el uso de la población en general, las instalaciones deportivas cerradas de titularidad pública o privada (pabellones, pistas cerradas, centros deportivos, gimnasios, …) excepto aquellas que sean necesarias para el desarrollo de las competiciones autorizadas y sus entrenamientos.
  • Acontecimientos deportivos: no se permite la celebración de acontecimientos deportivos, con la excepción de las competiciones que expresamente permite esta resolución.

Efectos:  desde las 00.00 horas del día 1 de marzo de 2021 hasta la 23.59 horas del día 14 de marzo de 2021.