Ayudas para el impulso de la internacionalización de pymes exportadoras 2024.

La Generalitat Valenciana publicó en el DOGV del pasado 25 de Abril, la Resolución de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas para impulsar la internacionalización de las pymes exportadoras de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2024.

Resumo los aspectos más importantes de la misma:

OBJETIVOImpulsar la internacionalización de las PYMES exportadoras valencianas y la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) en el exterior, así como contribuir a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar y consolidar la presencia de estas en los mercados internacionales.
TIPO DE AYUDALas subvenciones podrán alcanzar hasta el 50% del coste (IVA excluido) de las acciones solicitadas. Se establece en 100.000,00 € el presupuesto máximo elegible a solicitar por cada empresa. Sujeta al Reglamento UE núm. 2831/2023, lo que significa que el importe de la ayuda no podrá superar el importe total de ayudas de minimis (300.000,00 euros) que reciba la empresa en los últimos tres años. Son compatibles con las que pueda recibir la empresa del ICEX.
BENEFICIARIOSPequeñas y medianas empresas (pymes), con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana. Se entenderá por pyme aquella empresa que  emplee a menos de 250 personas y tenga un volumen de negocios anual inferior a 50 millones de euros o un balance anual inferior a 43 millones de euros. Asimismo: Las empresas beneficiarias deberán contar con productos (bienes y/o servicios) propios. Se excluyen expresamente las empresas que ofrecen servicios de distribución o intermediación.  
ACCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLESParticipación en certámenes feriales internacionales. Participación en los certámenes feriales internacionales celebrados en el estado español (que tengan el reconocimiento de “internacional” por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo),o fuera del estado español. NOVEDAD: en esta actuación se subvencionará además del coste del espacio (metros cuadrados), las cuotas de inscripción o registro, suministros (electricidad), costes técnicos, packs de marketing digital obligatorio y el envío de muestras por empresas especializadas a los certámenes feriales internacionales y servicios profesionales de diseño del stand (no son subvencionables los gastos de montaje stand, decoración stand y mobiliario). Gastos de alojamiento, desplazamiento y derivados de la realización de pruebas PCR, u otras pruebas diagnósticas de covid-19. NOVEDAD: NO SE CONSIDERAN SUBVENCIONABLES  los viajes comerciales internacionales para prospección de clientes (actuales o potenciales) o visitas a proveedores.   Si que se considerarán válidos los viajes por visitas a ferias (tanto para expositores como visitantes), siempre que tengan carácter internacional y sean realizados por personas con relación laboral con la empresa. Gastos relacionados directamente con las siguientes acciones de marketing para la ejecución del plan de promoción internacional. (máximo 30.000,00 €) Publicidad en medios extranjeros. Publicidad o inscripción en portales o directorios on-line y mercados electrónicos internacionales. Se considerará válido el coste por clic (CPC) de la publicidad SEM internacional en Google AdWords, Yandex Direct, Baidu, Bing, etc., y CPC de la publicidad en redes sociales y portales internacionales: Facebook ADS, LinkedIn ADS, Twitter ADS, YouTube, Instagram, Tiktok, Pinterest ADS, Amazon, o coste CPC o CPM de rich media (banners, etc.) en portales internacionales. Suscripción a directorios internacionales. Campañas web relacionadas con la gestión de contenidos publicitarios en diferentes idiomas para esos mercados destinados a redes sociales o medios de comunicación on-line, campañas de email marketing (MailChimp, Acumbamail…), optimización SEO para otros países, y creación y gestión de perfiles sociales para otros mercados. Servicios relacionados con el proceso de registro de marca y vigilancia u otros servicios de propiedad industrial fuera de España a excepción de las tasas. Servicios relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional de los productos. Adaptación de la página web y del material promocional (contenidos audiovisuales, catálogos (no muestrarios), displays, dípticos, trípticos, posters, cartelería), tanto en formato físico como digital, al mercado internacional. (máximo 30.000,00 €) NOVEDAD: no se consideran subvencionables, eltransporte de muestras sin valor comercial para empresas o clientes. Gastos por nueva contratación de personal cualificado, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa (consultar requisitos: salario bruto anual por persona exigido, duración mínima del contrato…etc.). Otros Servicios y gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción internacional, realizadas de forma virtual o presencial para captación y/o consolidación de clientela en el extranjero. Derivado del conflicto en el Mar Rojo, gastos no corrientes e imprevisibles, asumidos por la empresa valenciana, tales como gastos extras de ocupaciones y estadía en los puertos; gastos por cancelaciones de despacho; gastos de movimiento de contenedores y remoción en las terminales; otros gastos no corrientes e imprevisibles similares a los anteriores. En esta actuación las fechas de estas facturas deberán ser posteriores al 1 de noviembre de 2023.  
PLAZO DE PRESENTACIÓNDesde el 6 de mayo al 21 de junio de 2024, ambos incluidos. Obligatoriamente de forma telemática con firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada. 
En AEC les podemos asesorar, informar y gestionar esta ayuda , por lo que si desea ampliar información o conocer si su proyecto y empresa se pueden beneficiar de estas subvenciones, envíe un  correo a mmonfort@aeecc.com o llame al teléfono 697168267.

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