Informe Cuero y Calzado Febrero 2021

El siguiente informe emitido por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, recoge los datos del sector del Cuero y del Calzado a fecha de 2021. Este informe incluye:

  • Aspectos generales.
  • Indicadores estructurales.
  • Indicadores coyunturales.
  • Comparativa Internacional.

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Análisis del Comercio Exterior de Alicante Febrero 2021

El siguiente informe emitido por el ICEX muestra los datos actualizados al mes de febrero del sector con datos definitivos del 2000 respecto al 2019 y datos provisionales de 2020 y 2021.

  • Datos generales ( Balanza comercial, evolución, cobertura).
  • Situación y evolución por sectores.
  • Situación y evolución por Productos Taric.
  • Situación y evolución por países.
  • Situación y evolución por CC.AA. / provincias.
  • Relación de Productos y Sectores aparecidos en el informe.

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DL 7/2021 medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial

Con fecha de hoy se ha publicado en el DOGV el Decreto Ley 7/2021, de 7 de mayo, del Consell, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19 (DOGV núm. 9083, 13/05/2021).

Mediante este DL se aprueban una serie de medidas de gestión administrativa y presupuestaria en el ámbito de la Generalitat, que serán incluidas en las bases reguladoras y en la convocatoria de la ayudas.

Por tanto, no se trata de la propia convocatoria de ayudas.

A continuación se extractan los aspectos más relevantes desde el punto de vista empresarial, entre los que destaca el Anexo I, que amplía el perímetro de las actividades y CNAES que podrán acogerse a las ayudas.

Objeto y finalidad

Se aprueban las medidas de gestión administrativas y presupuestarias en el ámbito de la Generalitat, que deberán incluirse en las bases reguladoras y en la convocatoria de ayudas directas destinadas a autónomos y empresas adscritas a los sectores definidos en el anexo I, para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento al sector privado, creadas en el RDL 5/2021.

Las ayudas directas tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a satisfacer deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, todo ello en base a lo establecido en citado RDL 5/2021.

Beneficiarios de las futuras ayudas directas:

Autónomos y empresas pertenecientes a las actividades y CNAES que figuran en el anexo I. Este anexo amplía el perímetro de actividades que estableció el RDL 5/2021.

Simplificación administrativa

En la tramitación de los instrumentos jurídicos de bases reguladoras y convocatorias, así como en el procedimiento de concesión de las ayudas, se seguirá el procedimiento de urgencia y se reducirán todos los plazos a la mitad, salvo el de presentación de solicitudes y recursos.

Los trámites se realizarán a través de medios electrónicos.

Anticipos y avales

Podrá anticiparse hasta el 100 % del importe de la subvención sin necesidad de constitución de garantías por parte de las personas o entidades beneficiarias, atendiendo al importe, al objeto y a la naturaleza extraordinaria de las subvenciones.

Finalmente, la disposición final aborda unas modificaciones relacionadas con los contratos y acuerdos marco financiados con los fondos para la reconstrucción Covid-19, así como con la delegación de competencias en las entidades locales, en materia de obras, gestión y mantenimiento de instalaciones e infraestructuras de titularidad de la Generalitat, o adscritas a los organismos autónomos y a las entidades de derecho público no mercantil de la Generalitat.