Aprobado un segundo tramo de avales de 20.000 millones para autónomos y pymes.
Publicación de Resolución de 10 de abril, de la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se instruye al ICO a poner en marcha el segundo tramo de avales aprobado por el RDL 8/2020, y se establece que sus beneficiarios sean pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19.
El Consejo de Ministros extraordinario ha aprobado este viernes una segunda línea de avales públicos, de otros 20.000 millones de euros, con el fin de garantizar la liquidez al tejido productivo destinada íntegramente a pymes y autónomos, con unos 1,3 millones de beneficiarios, ante la emergencia de la crisis del coronavirus.
Así lo ha anunciado la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero,
en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario,
después de que ayer, durante el Pleno del Congreso para solicitar la
prórroga del estado de alarma, el presidente del Gobierno, Pedro
Sánchez, anunciase un nuevo tramo de la línea de avales de hasta 100.000
millones de euros aprobada por el Gobierno a mediados de marzo para
paliar el impacto del Covid-19, cuyo primer tramo de 20.000 millones
lanzó el pasado lunes.
Este segundo tramo estará reservado exclusivamente a pymes y
autónomos, a diferencia del anterior, que se repartía a partes iguales
entre grandes y medianas empresas por un lado, y pymes y autónomos por
el otro.
El aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones solicitadas
por pymes y autónomos y en un 70% para el resto de empresas, ha
apuntado Montero, quien ha recordado que se establece que las entidades
tienen que trasladar «obligatoriamente» unas condiciones de avales a los
clientes en forma de menores tipos de interés, un mayor plazo de
devolución o la introducción de periodos de carencia.
Por ello, ha subrayado que la concesión de préstamos avalados por el
Estado no puede ir «en ningún caso» asociado a la contratación de otros
productos vinculados a la entidad financiera. «No hay condicionalidad en
la oferta que tiene que hacer la entidad, puesto que el Estado está
avalando en un 80% la operación», ha apostillado.
La portavoz del Gobierno ha celebrado el acuerdo logrado en el Eurogrupo que movilizará hasta medio billón de euros
para hacer frente a la crisis del Covid-19, y ha indicado que la parte
correspondiente al Banco Europeo de Inversiones (BEI), que financiará
con hasta 200.000 millones en créditos a empresas, servirá para
financiar a las empresas y reforzar la línea de avales de hasta 100.000
millones de euros a través del ICO aprobada por el Gobierno. El BEI y el
ICO están estudiando para ver cómo articular una «sinergia» entre el
instrumento comunitario y nacional.
PRIMER TRAMO
Con el primer tramo de la línea de avales, lanzado el pasado lunes y
reservado en un 50% a pymes y autónomos, se han contabilizado hasta la
fecha 44.000 solicitudes de avales por más de 3.500 millones de euros,
según ha indicado este mismo viernes la vicepresidenta tercera de
Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, quien ha
indicado que no se está «ni de lejos» cerca de agotar el primer tramo,
aunque ha admitido que algunos bancos han sido «muy rápidos» y se
aproximaban a los límites de créditos para pymes y autónomos.
De hecho, algunos bancos como Santander y BBVA ya comunicaron que
habían agotado el primer tramo de 20.000 millones de la línea ICO en
solo dos días y pidieron la puesta en marcha del siguiente, pues el
programa completo asciende a 100.000 millones de euros.
En un comunicado, BBVA informó de había realizado en dos días cerca
de 70.000 gestiones con sus clientes y que, superado el primer tramo de
la línea ICO, consideraba que en breve sería preciso uno nuevo que
ayudase a paliar los efectos negativos de la crisis actual en autónomos,
pymes y empresas.
Aunque el consejero delegado de Santander España, Rami Aboukhair, no ofreció datos concretos, sí anunció que la línea ICO del banco estaba «prácticamente agotada» y que haría falta ampliarla «lo antes posible».
SEGUNDO TRAMO
Línea de Avales Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo
DOTADA CON HASTA 100.000 MILLONES DE EUROS
Activación del segundo tramo de 20.000 millones de euros adicionales
para PYMES y autónomos
El Consejo de Ministros, de acuerdo con lo regulado en el artículo 29
del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes
extraordinarias, ha aprobado con fecha 24 de marzo, –BOE 26 de marzo–
las condiciones y requisitos para acceder al primer tramo de avales,
otorgados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, hasta un importe de 20.000 millones de euros, para facilitar
acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos para hacer frente al
impacto económico y social del COVID-19.
Por acuerdo del
Consejo de Ministros de 10 de abril, se activa el segundo tramo de la
Línea, por importe de hasta 20.000 millones de euros adicionales
destinados a avalar operaciones de autónomos y pymes.
Tramos:
Primer tramo, activado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020: 20.000 millones de euros, divididos en dos subtramos:
- Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
- Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme.
Segundo tramo,
activado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de abril: 20.000
millones de euros adicionales para renovaciones y nuevos préstamos
concedidos a autónomos y pymes.
Esta Línea de Avales del Estado
para empresas y autónomos del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital será gestionada por el ICO a través de las
entidades financieras que concedan financiación a empresas y autónomos
para paliar los efectos económicos del COVID-19, garantizando la
liquidez y cubriendo las necesidades de circulante de autónomos, pymes y
empresas, con el fin de mantener la actividad productiva y el empleo.
Las
empresas y autónomos tendrán acceso a estos avales a través de sus
entidades financieras, mediante la formalización de nuevas operaciones
de financiación o renovación de las existentes.
La Línea está sujeta a la normativa de ayudas de Estado de la Unión Europea.
¿Cuál es la finalidad de esta Línea?
Facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, teniendo como objetivo cubrir
los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las
renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos
para atender las necesidades de financiación como:
- Pagos de salarios
- Facturas de proveedores pendientes de liquidar
- Alquileres de locales, oficinas e instalaciones
- Gastos de suministros
- Necesidad de circulante
- Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias
No
podrán financiarse con cargo a la Línea de Avales las unificaciones y
reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización
anticipada de deudas preexistentes.
¿Qué entidades financieras operan en esta línea?
- Entidades de crédito
- Establecimientos financieros de crédito
- Entidades de dinero electrónico
- Entidades de pagos
Deberán estar registradas y supervisadas por el Banco de España y haber
suscrito con ICO un contrato marco para participar en la Línea de
Avales.
¿Cómo funciona esta Línea y dónde tienen que dirigirse los autónomos y empresas?
Los autónomos y empresas interesados en acogerse a esta línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito,
establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades
de dinero electrónico que suscriban con el Instituto de Crédito Oficial
los correspondientes contratos marco para participar en la Línea de
Avales.
La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la
correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus
procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.
Las entidades financieras no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.
Dichas entidades financieras podrán recurrir a la Línea de Avales para
avalar operaciones de financiación otorgadas a autónomos y empresas.
¿Qué operaciones pueden ser avaladas?
Nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y renovaciones de operaciones otorgados a autónomos y empresas de todos los sectores de actividad que tengan domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19 siempre que:
- Los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020.
- Las empresas y autónomos:
- No figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
- No estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020,
bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por
darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley
22/2003, de 9 de julio, para que el concurso sea solicitado por sus
acreedores.
- Cuando sea aplicable el Marco Temporal de Ayudas de la Unión Europea no encontrarse en situación de crisis
a 31.12.2019 conforme a los criterios establecidos en el artículo 2
(18) del Reglamento de la Comisión Nº 651/2018, de 17 de junio de 2014
por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con
el mercado interior.
- La financiación avalada no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.
¿Desde cuándo y hasta cuándo se pueden solicitar garantías con cargo a la Línea de Avales?
Las entidades financieras pueden solicitar el aval
para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas
formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30
de septiembre de 2020.
El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.
¿Cuál es el importe máximo de los préstamos por cliente que puede avalar esta Línea?
En función del régimen aplicable conforme a la normativa de la Unión Europea:
- Para préstamos o renovaciones de hasta un máximo de 1,5 millones de euros
en una o varias operaciones de préstamo a autónomos y empresas, se
aplicarán las disposiciones específicas del Reglamento (UE) n °
1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea a las ayudas de minimis, cuando sea aplicable.
En este caso el principal de la operación de préstamo u otras
modalidades de financiación según el régimen de minimis aplicable, hasta un máximo de 1.500.000€ para la mayoría de los sectores,
o el límite que corresponda para algunos sectores específicos
(agricultura, pesca y transporte por carretera de mercancías) con
normativa comunitaria especifica de minimis.
Las entidades
financieras solicitarán a las empresas y autónomos una declaración
responsable y les informará sobre otras cuestiones relacionadas con el
aval, conforme a los modelos basados en la normativa de ayudas minimis
de la UE y otra información relevante sobre las condiciones y finalidad. - Para préstamos por encima de 1,5 millones de euros,
o para importes inferiores cuando no sea aplicable el régimen de
minimis, hasta el máximo establecido en el Marco Temporal de Ayudas de
Estado de la Comisión Europea tanto para autónomos y empresas que reúnan
la condición de pyme como para empresas que no reúnan la condición de
pyme.
La aplicación del Marco Temporal de Ayudas de la Unión
Europea en estos casos, establece unos límites sobre el principal de la
operación para aquellas con vencimiento posterior a 31.12.2020.
Simplificando serían: - Doble de la masa salarial en 2019,
(incluyendo cotizaciones sociales y coste del personal de las
subcontratas desempeñadas en las sedes).
- 25% de la facturación de 2019
- Necesidades de liquidez debidamente justificadas y certificadas para los próximos:
- PYME 18 meses
- No PYME 12 meses
- Excepciones superiores condicionadas debidamente justificadas.
Las entidades financieras solicitarán a las empresas y autónomos
acogidos al Marco Temporal de Ayudas de la UE la información y
documentación relevante en relación con los requisitos, condiciones,
límites del principal y finalidad de la financiación.
¿Cuál es el porcentaje máximo de cobertura del aval?
- En el caso de autónomos y pymes el aval garantizará el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones.
- Para el
resto de empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval
cubrirá el 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamo y el 60%
para renovaciones.
El aval no da
cobertura a conceptos distintos al principal de la operación, tales como
pago de intereses, comisiones u otros gastos inherentes a las
operaciones.
Se considerarán pymes aquellas empresas
que reúnan esta condición de acuerdo con el artículo 2 del anexo I del
Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por
el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el
mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
¿Cuál es el plazo de vigencia del aval?
El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación, hasta un máximo de 5 años.
¿Puede la entidad financiera trasladar al autónomo o empresa el coste del aval?
La entidad financiera tiene la obligación de garantizar que los costes
de las nuevas operaciones y renovaciones que se beneficien de estos
avales se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio
de la crisis del COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del
aval y su coste de cobertura.
Además, las entidades financieras
deberán trasladar a sus clientes el beneficio derivado del aval público
en forma, entre otras opciones, de menores intereses o mayor plazo, o
más financiación, o periodo de carencia del principal, etc.
Las
entidades financieras aplicarán los mejores usos y prácticas bancarias
en beneficio de los clientes y no podrán comercializar otros productos
con ocasión de la concesión de préstamos cubiertos por este aval público
ni condicionar su concesión a la contratación por parte del cliente de
otros productos.
¿Se pueden recortar líneas de financiación existentes y beneficiarse de los avales?
No. La entidad financiera también asume el compromiso de mantener, al
menos hasta el 30 de septiembre de 2020, los límites de las líneas de
circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos
clientes cuyos préstamos resulten avalados.
¿Cómo se distribuyen los avales entre las entidades financieras?
Para asegurar un adecuado reparto de los avales entre los operadores
financieros (entidades de crédito, establecimientos financieros de
crédito, entidades de pago y entidades de dinero electrónico) se ha
establecidos unos criterios de distribución.
La distribución se
lleva a cabo para cada entidad financiera en función de su cuota de
mercado a cierre de 2019, por un lado, en relación al crédito a
autónomos y pymes y, por otro lado, a grandes empresas según la
información comunicada por el Banco de España. También tendrán acceso a
esta línea las entidades financieras que a cierre de 2019 no tuvieran
saldo de crédito registrado en el Banco de España con una cuota agregada
del 1%.
A partir del 30 de abril, los
importes de aval asignados del primer tramo activado y no utilizados
por las entidades se distribuirán entre el resto de operadores que
hubieran agotado sus líneas, de forma proporcional al importe de aval
que hubieran utilizado hasta dicha fecha.
El volumen máximo asignado en el segundo tramo para cada entidad será válido hasta el 30 de junio. A partir de esa fecha, los importes de aval asignados y no utilizados por las entidades se distribuirán entre el resto de operadores, de forma proporcional al importe de aval que hubieran utilizado hasta esa fecha.
Descarga el archivo completo con las condiciones del segundo tramo de avales ICO.
GAMMA NORDIAN SUMINISTRA EPI´S PARA EMPRESAS.
/en Actualidad, CORONAVIRUS/por Álvaro SánchezDesde AEC hemos entrado en contacto directo con la empresa Gammasg, perteneciente al (Grupo Diggia) encargada de proveer al Gobierno de España y otras organizaciones no gubernamentales y compañías multinacionales de renovado prestigio a nivel internacional, para ofrecerles a todas nuestras empresas asociadas la oportunidad de acceder a su catálogo de productos sanitarios y EPIS certificados y homologados por el Ministerio de Sanidad.
En las últimas 4 semanas la compañía Gammasg ha sido la encargada de fletar 15 vuelos procedentes de China con mercancía sanitaria de primera necesidad, pudiendo dar respuesta a las necesidades, principalmente a entidades Públicas (Comunidades Autónomas, Ministerios de Defensa, …) y en segundo lugar a empresas privadas de Servicios esenciales, dando solución a los problemas más inmediatos generados por el COVID-19 en nuestro país.
En la actualidad están trabajamos con todas sus fuerzas y conocimiento en coordinación con Gobiernos Multilaterales para que llegue cuanto antes todo el material de protección que necesite el personal sanitario, los ciudadanos, así como los hospitales y empresas que necesitan proteger a sus empleados.
Los productos disponibles que actualmente pueden suministrar los pueden ver en el siguiente link: Gamma Health listado de EPIS certificados y homologados para el Gobierno, Organizaciones no gubernamentales, Empresas y Autónomos.
ACREDITACIONES.
ALGUNA ENTIDADES Y EMPRESAS A LAS QUE PROVEE Gammasg
AYUDAS NEOTEC 2020 NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro Sánchez“AYUDAS DESTINADAS A NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS (PROGRAMA NEOTEC)”
Tras la reciente publicación de la convocatoria “AYUDAS DESTINADAS A NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS (PROGRAMA NEOTEC)” convocada por el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), que ofrece subvenciones a fondo perdido para financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología, les informamos de los puntos más relevantes de la misma:
BENEFICIARIOS
Pequeñas empresas innovadoras que cumplan los siguientes requisitos:
GASTOS SUBVENCIONABLES
El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 €, pudiendo ser anual o plurianual.
TIPO DE SUBVENCIÓN: Subvención a fondo perdido.
INTENSIDAD DE LA AYUDA: Hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 € por beneficiario.
BOLSA ECONÓMICA: 25.000.000 euros.
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 30 de junio de 2020, a las 12:00 h (hora peninsular).
Solicitud: Aplicación on line en sede electrónica.
Asesoramiento: neotec@cdti.es
Más Información: Convocatoria 2020 (abierta)
PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO DEL BANCO SABADELL PARA EMPRESAS ASOCIADAS DE AEC
/en Actualidad, Acuerdos de colaboración, CORONAVIRUS/por Álvaro SánchezAEC y el Banco Sabadell, siguiendo con nuestro convenio marco, se ha puesto en marcha un Plan de Acompañamiento con respecto a las Soluciones ICO Covid-19 y con el objetivo de estar muy cerca de nuestros asociados, se ha puesto en marcha de forma ágil y funcional el acceso a toda la información de interés en este momento tan excepcional como:
Acceso al Plan de Acompañamiento Covid-19
PRESENTACIÓN DE TENDENCIAS OTOÑO INVIERNO 2021 – 2022
/en Actualidad, Tendencias de Moda/por Álvaro SánchezLa crisis sanitaria del Coronavirus ha provocado que no se realicen la gran mayoría de eventos que desde AEC teníamos previsto celebrar en estos meses cumpliendo con el protocolo a seguir impuesto por el Gobierno tras la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Dicha situación de fuerza mayor nos ha obligado a todos a posponer y a cancelar eventos previamente convocados para evitar los posibles contagios generados por el virus. Por todo ello, el 18 de marzo comunicamos a todos nuestros asociados que la presentación de las tendencias para la temporada OTOÑO INVIERNO 2021-2022, convocada para el 24 de marzo en el Centro de Congresos de Elche, se cancelaba hasta nuevo aviso. Dicha presentación impartida por WGSN, organizada por AEC y que cuenta con el apoyo del Ayuntamiento de Elche y el patrocinio de Caja Rural Central, se enviará en exclusividad a los asociados de AEC el próximo viernes 24 de abril de 2020.
De la misma manera, comunicamos a todos nuestros asociados, que en breve convocaremos los seminarios de tendencias para la temporada OTOÑO INVIERNO 2021-2022, los cuales serán impartidos a través de una plataforma online siempre que exista un número mínimo de asistentes interesados en participar en los seminarios.
Regreso a la actividad de forma progresiva y escalonada
/en Actualidad, Noticias de empresas/por Álvaro SánchezSegún los datos recabados por la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV), la vuelta al trabajo en los sectores productivos no esenciales está siendo heterogénea, escalonada y progresiva.
En el primer día, de menor a mayor grado reinicio, destacan las siguientes actividades:
En el sondeo realizado por parte de la CEV a las asociaciones sectoriales y territoriales han coincidido en destacar que no ha habido incidencias y han mostrado su compromiso en el cumplimiento de los protocolos de seguridad establecidos con motivo del COVID19.
La empresa española ante el COVID-19
/en Actualidad, CORONAVIRUS, Informes, Observatorio industrial/por Álvaro SánchezEl presente informe emitido por la CEOE y KPMG, expone las perspectivas de España para el 2020 atendiendo a la crisis del CORONAVIRUS.
La pandemia por COVID-19 se ha convertido en una emergencia sanitaria global que ha transformado de forma radical el panorama económico. Las principales instituciones internacionales han anticipado una profunda recesión, pero desde que el número de afectados por el virus se incrementó notablemente en Europa y Estados Unidos, no han actualizado sus previsiones. Este informe está basado en el segundo sondeo realizado a las empresas con fecha 27 de marzo.
La empresa española ante el COVID-19 : actualización de Perspectivas España 2020 : segundo sondeo 27 de marzo 2020.
El Eurogrupo pacta medidas por medio billón de euros, pero sin coronabonos
/en Actualidad, Noticias Internacionales/por Álvaro SánchezEl Eurogrupo llegó este jueves a un acuerdo para movilizar más de medio billón de euros en préstamos para ayudar a Estados, empresas y trabajadores afectados por el coronavirus, pero dejó para más adelante la discusión sobre la emisión de «coronabonos» para financiar la recuperación.
El presidente del Eurogrupo, Mário Centeno, aseguró al término del encuentro por videoconferencia que se trata de una respuesta «ambiciosa» e «impensable hace unas semanas», que revela que «frente a una amenaza enorme para nuestro futuro estamos listos para enterrar nuestras diferencias».
Los ministros de Economía y Finanzas de la eurozona, a los que se sumaron los del resto de socios de la Unión Europea, retomaron este jueves la negociación que el miércoles tuvieron que suspender por falta de consenso tras dieciséis horas de discusión.
El encuentro comenzó con retraso, pero sobre la base de un borrador de acuerdo gestado en intensas reuniones bilaterales, que partía con el respaldo de Francia, Alemania, España, Italia, Holanda y Centeno, tras haber conseguido limar las diferencias entre La Haya y Roma que bloquearon la reunión previa.
MEDIDAS
El acuerdo contempla un paquete de medidas a corto plazo basado en tres pilares: una línea de crédito del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE), el fondo de rescate, con 240.000 millones de euros en préstamos; un fondo del Banco Europeo de Inversiones con hasta 200.000 millones en créditos para empresas y un fondo temporal contra el paro con 100.000 millones.
El último escollo que impedía encontrar un acuerdo eran las condiciones para acceder a los créditos del MEDE, ya que Holanda seguía reclamando que se impusiesen a los beneficiarios condiciones macroeconómicas, como reformas estructurales.
Esto constituía una línea roja para España e Italia, si bien el resto de países coincidían con ellas en que no tenía sentido imponer condiciones como las de los rescates financieros al tratarse de una crisis de la que ningún Estado es responsable.
Finalmente el acuerdo fija como condiciones para acceder a la línea -que podrá prestar a cada país hasta el 2 % de su PIB- que los fondos se destinen a gastos sanitarios, directos o indirectos, por el coronavirus, y que los países refuercen después su economía, cumpliendo con las normas fiscales comunitarias.
Holanda ha aceptado una formulación que satisface a los países del Sur, si bien su ministro de Finanzas, Wopke Hoekstra, puntualizó en Twitter que si se usan los fondos para «apoyo económico», no para gasto sanitario, será «con condiciones».
Por otra parte, el Eurogrupo aprobó el fondo contra el paro «Sure», que tendrá 100.000 millones para dar créditos en condiciones favorables a los países, que podrán usarlos para financiar esquemas de reducción de jornada subvencionada con el fin de evitar despidos.
Para evitar las reticencias de algunos países que temían que esto fuese el embrión de un Seguro de Desempleo europeo permanente, el acuerdo clarifica que se trata de un instrumento para el tiempo que dure la pandemia y que no prejuzga la discusión sobre un seguro permanente.
Asimismo dieron luz verde al fondo del BEI, que contará con 25.000 millones en garantías aportadas por los Estados miembros para movilizar hasta 200.000 millones en préstamos a empresas, incluidas pymes, afectadas por la pandemia.
FONDO PARA LA RECUPERACIÓN, PERO SIN CORONABONO
El segundo foco del debate del Eurogrupo era el plan de recuperación una vez pase la pandemia, y el punto conflictivo, la posibilidad de que este se financie con la emisión de deuda mutualizada de los Veintisiete, los coronabonos o eurobonos.
Una decena de países, entre ellos España, Francia o Italia, reclaman la emisión de deuda conjunta ante una crisis frente a la cual no todos tienen el mismo margen de actuación.
Alemania, Holanda, Austria o Finlandia, por el contrario, rechazan una medida que supondría también responder conjuntamente por el riesgo de impago.
Finalmente, el Eurogrupo acordó trabajar en un Fondo de Recuperación temporal cuyo montante no precisó, pero dejó en manos de los jefes de Estado y de Gobierno la decisión sobre «sus fuentes de financiación y sobre instrumentos financieros innovadores».
El acuerdo, por tanto, no hace referencia alguna a la mutualización de deuda, como reclamaba España.
«Algunos Estados miembros creen que esto (financiar el fondo) debería lograrse con la emisión de deuda común, otros Estados dicen que hay que encontrar alternativas», se limitó a señalar Centeno en la rueda de prensa posterior a la reunión sobre un debate que queda así aplazado hasta la próxima cumbre europea.
Pese a ello, la vicepresidenta tercera del Gobierno español, Nadia Calviño, consideró que se ha cerrado un «buen acuerdo». «Seguiremos trabajando en mecanismos comunes de financiación para la recuperación económica», dijo en Twitter.
El comisario de Economía, Paolo Gentiloni, subrayó que este fondo de recuperación será «crucial» para evitar que aumenten las divergencias económicas en la Unión como consecuencia de la respuesta a la crisis. «Esto sería un peligro para nuestra Unión», dijo.
Aprobado el Segundo Tramo de Avales ICO
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezAprobado un segundo tramo de avales de 20.000 millones para autónomos y pymes.
Publicación de Resolución de 10 de abril, de la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se instruye al ICO a poner en marcha el segundo tramo de avales aprobado por el RDL 8/2020, y se establece que sus beneficiarios sean pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19.
El Consejo de Ministros extraordinario ha aprobado este viernes una segunda línea de avales públicos, de otros 20.000 millones de euros, con el fin de garantizar la liquidez al tejido productivo destinada íntegramente a pymes y autónomos, con unos 1,3 millones de beneficiarios, ante la emergencia de la crisis del coronavirus.
Así lo ha anunciado la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario, después de que ayer, durante el Pleno del Congreso para solicitar la prórroga del estado de alarma, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciase un nuevo tramo de la línea de avales de hasta 100.000 millones de euros aprobada por el Gobierno a mediados de marzo para paliar el impacto del Covid-19, cuyo primer tramo de 20.000 millones lanzó el pasado lunes.
Este segundo tramo estará reservado exclusivamente a pymes y autónomos, a diferencia del anterior, que se repartía a partes iguales entre grandes y medianas empresas por un lado, y pymes y autónomos por el otro.
El aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones solicitadas por pymes y autónomos y en un 70% para el resto de empresas, ha apuntado Montero, quien ha recordado que se establece que las entidades tienen que trasladar «obligatoriamente» unas condiciones de avales a los clientes en forma de menores tipos de interés, un mayor plazo de devolución o la introducción de periodos de carencia.
Por ello, ha subrayado que la concesión de préstamos avalados por el Estado no puede ir «en ningún caso» asociado a la contratación de otros productos vinculados a la entidad financiera. «No hay condicionalidad en la oferta que tiene que hacer la entidad, puesto que el Estado está avalando en un 80% la operación», ha apostillado.
La portavoz del Gobierno ha celebrado el acuerdo logrado en el Eurogrupo que movilizará hasta medio billón de euros para hacer frente a la crisis del Covid-19, y ha indicado que la parte correspondiente al Banco Europeo de Inversiones (BEI), que financiará con hasta 200.000 millones en créditos a empresas, servirá para financiar a las empresas y reforzar la línea de avales de hasta 100.000 millones de euros a través del ICO aprobada por el Gobierno. El BEI y el ICO están estudiando para ver cómo articular una «sinergia» entre el instrumento comunitario y nacional.
PRIMER TRAMO
Con el primer tramo de la línea de avales, lanzado el pasado lunes y reservado en un 50% a pymes y autónomos, se han contabilizado hasta la fecha 44.000 solicitudes de avales por más de 3.500 millones de euros, según ha indicado este mismo viernes la vicepresidenta tercera de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, quien ha indicado que no se está «ni de lejos» cerca de agotar el primer tramo, aunque ha admitido que algunos bancos han sido «muy rápidos» y se aproximaban a los límites de créditos para pymes y autónomos.
De hecho, algunos bancos como Santander y BBVA ya comunicaron que habían agotado el primer tramo de 20.000 millones de la línea ICO en solo dos días y pidieron la puesta en marcha del siguiente, pues el programa completo asciende a 100.000 millones de euros.
En un comunicado, BBVA informó de había realizado en dos días cerca de 70.000 gestiones con sus clientes y que, superado el primer tramo de la línea ICO, consideraba que en breve sería preciso uno nuevo que ayudase a paliar los efectos negativos de la crisis actual en autónomos, pymes y empresas.
Aunque el consejero delegado de Santander España, Rami Aboukhair, no ofreció datos concretos, sí anunció que la línea ICO del banco estaba «prácticamente agotada» y que haría falta ampliarla «lo antes posible».
SEGUNDO TRAMO
Línea de Avales Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo
DOTADA CON HASTA 100.000 MILLONES DE EUROS
Activación del segundo tramo de 20.000 millones de euros adicionales
para PYMES y autónomos
El Consejo de Ministros, de acuerdo con lo regulado en el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias, ha aprobado con fecha 24 de marzo, –BOE 26 de marzo– las condiciones y requisitos para acceder al primer tramo de avales, otorgados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, hasta un importe de 20.000 millones de euros, para facilitar acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Por acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de abril, se activa el segundo tramo de la Línea, por importe de hasta 20.000 millones de euros adicionales destinados a avalar operaciones de autónomos y pymes.
Tramos:
Primer tramo, activado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020: 20.000 millones de euros, divididos en dos subtramos:
Segundo tramo, activado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de abril: 20.000 millones de euros adicionales para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
Esta Línea de Avales del Estado para empresas y autónomos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital será gestionada por el ICO a través de las entidades financieras que concedan financiación a empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19, garantizando la liquidez y cubriendo las necesidades de circulante de autónomos, pymes y empresas, con el fin de mantener la actividad productiva y el empleo.
Las empresas y autónomos tendrán acceso a estos avales a través de sus entidades financieras, mediante la formalización de nuevas operaciones de financiación o renovación de las existentes.
La Línea está sujeta a la normativa de ayudas de Estado de la Unión Europea.
Características y forma de tramitación
¿Cuál es la finalidad de esta Línea?
Facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, teniendo como objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación como:
No podrán financiarse con cargo a la Línea de Avales las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.
¿Qué entidades financieras operan en esta línea?
Deberán estar registradas y supervisadas por el Banco de España y haber suscrito con ICO un contrato marco para participar en la Línea de Avales.
¿Cómo funciona esta Línea y dónde tienen que dirigirse los autónomos y empresas?
Los autónomos y empresas interesados en acogerse a esta línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico que suscriban con el Instituto de Crédito Oficial los correspondientes contratos marco para participar en la Línea de Avales.
La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.
Las entidades financieras no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.
Dichas entidades financieras podrán recurrir a la Línea de Avales para avalar operaciones de financiación otorgadas a autónomos y empresas.
¿Qué operaciones pueden ser avaladas?
Nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y renovaciones de operaciones otorgados a autónomos y empresas de todos los sectores de actividad que tengan domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19 siempre que:
¿Desde cuándo y hasta cuándo se pueden solicitar garantías con cargo a la Línea de Avales?
Las entidades financieras pueden solicitar el aval para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.
El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.
¿Cuál es el importe máximo de los préstamos por cliente que puede avalar esta Línea?
En función del régimen aplicable conforme a la normativa de la Unión Europea:
En este caso el principal de la operación de préstamo u otras modalidades de financiación según el régimen de minimis aplicable, hasta un máximo de 1.500.000€ para la mayoría de los sectores, o el límite que corresponda para algunos sectores específicos (agricultura, pesca y transporte por carretera de mercancías) con normativa comunitaria especifica de minimis.
Las entidades financieras solicitarán a las empresas y autónomos una declaración responsable y les informará sobre otras cuestiones relacionadas con el aval, conforme a los modelos basados en la normativa de ayudas minimis de la UE y otra información relevante sobre las condiciones y finalidad.
La aplicación del Marco Temporal de Ayudas de la Unión Europea en estos casos, establece unos límites sobre el principal de la operación para aquellas con vencimiento posterior a 31.12.2020. Simplificando serían:
Las entidades financieras solicitarán a las empresas y autónomos acogidos al Marco Temporal de Ayudas de la UE la información y documentación relevante en relación con los requisitos, condiciones, límites del principal y finalidad de la financiación.
¿Cuál es el porcentaje máximo de cobertura del aval?
El aval no da cobertura a conceptos distintos al principal de la operación, tales como pago de intereses, comisiones u otros gastos inherentes a las operaciones.
Se considerarán pymes aquellas empresas que reúnan esta condición de acuerdo con el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
¿Cuál es el plazo de vigencia del aval?
El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación, hasta un máximo de 5 años.
¿Puede la entidad financiera trasladar al autónomo o empresa el coste del aval?
La entidad financiera tiene la obligación de garantizar que los costes de las nuevas operaciones y renovaciones que se beneficien de estos avales se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y su coste de cobertura.
Además, las entidades financieras deberán trasladar a sus clientes el beneficio derivado del aval público en forma, entre otras opciones, de menores intereses o mayor plazo, o más financiación, o periodo de carencia del principal, etc.
Las entidades financieras aplicarán los mejores usos y prácticas bancarias en beneficio de los clientes y no podrán comercializar otros productos con ocasión de la concesión de préstamos cubiertos por este aval público ni condicionar su concesión a la contratación por parte del cliente de otros productos.
¿Se pueden recortar líneas de financiación existentes y beneficiarse de los avales?
No. La entidad financiera también asume el compromiso de mantener, al menos hasta el 30 de septiembre de 2020, los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes cuyos préstamos resulten avalados.
¿Cómo se distribuyen los avales entre las entidades financieras?
Para asegurar un adecuado reparto de los avales entre los operadores financieros (entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago y entidades de dinero electrónico) se ha establecidos unos criterios de distribución.
La distribución se lleva a cabo para cada entidad financiera en función de su cuota de mercado a cierre de 2019, por un lado, en relación al crédito a autónomos y pymes y, por otro lado, a grandes empresas según la información comunicada por el Banco de España. También tendrán acceso a esta línea las entidades financieras que a cierre de 2019 no tuvieran saldo de crédito registrado en el Banco de España con una cuota agregada del 1%.
A partir del 30 de abril, los importes de aval asignados del primer tramo activado y no utilizados por las entidades se distribuirán entre el resto de operadores que hubieran agotado sus líneas, de forma proporcional al importe de aval que hubieran utilizado hasta dicha fecha.
El volumen máximo asignado en el segundo tramo para cada entidad será válido hasta el 30 de junio. A partir de esa fecha, los importes de aval asignados y no utilizados por las entidades se distribuirán entre el resto de operadores, de forma proporcional al importe de aval que hubieran utilizado hasta esa fecha.
Descarga el archivo completo con las condiciones del segundo tramo de avales ICO.
Mapas de Hoteles, Estaciones de Servicio y Servicios de Restauración.
/en Actualidad/por Álvaro SánchezEl Ministerio de Transportes ha publicado un mapa de las instalaciones donde se ofrecen servicios de restauración y venta de comida preparada para llevar. El objetivo es facilitar el trabajo a los transportistas y aquellos que desempeñan servicios esenciales y que, por tanto, tengan que desplazarse durante el confinamiento. Además, en el punto de información que ha diseñado el Gobierno también figuran las instalaciones que disponen de servicios de ducha.
El Mitma también ha querido transmitir su agradecimiento a las personas y trabajadores implicados que se ven obligados a desplazarse a lo largo de su jornada laboral para abastecer de los productos y servicios de primera necesidad a toda la población durante la crisis sanitaria.
Por otra parte, el pasado 30 de marzo el BOE publicó un Real Decreto ley aprobado en el Consejo de Ministros en el que figura un listado de establecimientos, los llamados hoteles retén, que están a disposición de estos trabajadores.
Café y bollería gratis, la iniciativa de Repsol
En la lista publicada por el Gobierno también figuran las gasolineras y áreas de servicio del grupo Repsol que ha lanzado una iniciativa con el objetivo de atraer clientes y facilitar el día a día de los trabajadores que tienen que desplazarse. A todos ellos les ofrece, gratuitamente, café y bollos en más de un millar de estaciones de servicio de toda España. La iniciativa se prolongará hasta el 11 de abril inclusive, último día del estado de alarma.
Les informamos, por su interés, de los siguientes portales web:
Toda la información sobre direcciones y horarios de las estaciones de servicio y postes marítimos está disponible en GEOPORTAL GASOLINERAS.
Interior prorroga otros 14 días los controles en las fronteras terrestres
/en Actualidad/por Álvaro SánchezEl Gobierno ha decretado la prórroga por otros 14 días del restablecimiento de los controles en las fronteras terrestres con Francia y Portugal. Esta prórroga, decretada mediante una Orden INT /335/2020 firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, entra en vigor a las 00.00 horas de este domingo 12 de abril y estará vigente hasta las 00.00 horas del sábado 25 de abril, aunque está sujeta a nuevas extensiones en caso de necesidad.
El restablecimiento de los controles en las fronteras interiores de España con Francia y Portugal entró en vigor el pasado 17 de marzo en el marco las medidas de contención del COVID-19 y con el objetivo de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos y contener el coronavirus.
En estos controles solo se permite el acceso a territorio nacional a ciudadanos españoles; personas residentes en España; trabajadores transfronterizos y aquellos que acrediten, documentalmente, causas de fuerza mayor o situación de necesidad. La restricción no se aplica al transporte de mercancías con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento.
La medida tampoco afecta al personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de funciones oficiales.
La prórroga se enmarca dentro de la activación del artículo 28 del Código de Fronteras Schengen, que permite restablecer temporalmente los controles en las fronteras interiores en situaciones como la actual.
El restablecimiento de los controles en las fronteras con Francia y Portugal es adicional a la restricción del acceso de viajeros a través de las fronteras exteriores de España en puertos y aeropuertos. Esta medida en las fronteras exteriores entró en vigor el 23 de marzo y sigue en vigor.
Por las fronteras exteriores en puertos y aeropuertos solo se permite el acceso, además de a los españoles y a los residentes en España, a:
a) Residentes en la Unión Europea o Estados Asociados Schengen, que se dirijan directamente a su lugar de residencia.
b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado Asociado Schengen que se dirijan a éste.
c) Trabajadores transfronterizos.
d) Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
e) Personal dedicado al transporte de mercancías, en el ejercicio de su actividad laboral y el personal de vuelo necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial.
f) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
g) Personas viajando por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
h) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.
El 23 de marzo también se estableció el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla.
Ninguna de las dos medidas, la relativa a la fronteras con Francia y Portugal y la que hace referencia a las fronteras exteriores en puertos y aeropuertos, es de aplicación en la frontera terrestre con Andorra ni en el puesto de control de personas con el territorio de Gibraltar, sin perjuicio de la posibilidad de realizar controles policiales en sus inmediaciones para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto de estado de alarma, relativa a la limitación de movimientos.
Guía de buenas prácticas de Sanidad sobre la vuelta al trabajo
/en Actualidad, Artículos, CORONAVIRUS, Observatorio industrial/por Álvaro SánchezTal y como había adelantado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, el Gobierno ha publicado una GUIA DE BUENAS PRACTICAS ACTUALIZADA a 11 de abril, de cara a la vuelta al trabajo para prevenir los contagios por COVID-19 para todos aquellos trabajadores de actividades no esenciales que no puedan teletrabajar. La guía recoge las medidas más esenciales de higiene y distancia interpersonal para aplicar antes, durante y después de la asistencia al trabajo.
Como primera medida, si se presentara sintomatología o se hubiera tenido contacto estrecho con personas afectadas por el virus, la recomendación es que no se acuda al centro de trabajo hasta confirmar que no hay riesgo para uno mismo o los demás. Para ello, se debe contactar con el teléfono COVID de cada comunidad autónoma y consultar el decálogo de actuación en caso de síntomas disponible en este enlace.
Tampoco deben hacerlo las personas más vulnerables por edad, por estar embarazadas o padecer afecciones médicas que, en caso necesario, pueden contactar con su médico para que acredite su necesidad de aislamiento y que, si así fuera, se considerará a efectos laborales una situación asimilada a accidente de trabajo para la prestación económica de incapacidad temporal.
Desplazamientos al trabajo
La guía de buenas prácticas recomienda favorecer el desplazamiento al trabajo por medios que no supongan la agrupación con más personas, garantizando la importante distancia interpersonal de 2 metros.
En caso de elegir un turismo o un VTC, se deben extremar las medidas de limpieza del mismo y evitar que viaje más de una persona por cada fila de asientos, manteniendo la mayor distancia posible entre los ocupantes. En los viajes en autobús, metro o tren, se recomienda guardar la distancia interpersonal con otros viajeros y, en el caso del transporte público, la guía recomienda usar una mascarilla higiénica, no médica.
En el centro de trabajo
En lo relativo al propio centro de trabajo, las tareas, las entradas y las salidas deben planificarse para que los trabajadores y las trabajadoras puedan mantener la distancia interpersonal recomendada, de aproximadamente 2 metros.
Igualmente, hay que asegurar que la distancia interpersonal en las zonas comunes y deben evitarse aglomeraciones de personal en estos puntos. La reincorporación a la normalidad de aquellas actividades que comporten riesgo de aglomeración debe producirse en último lugar.
Cuando se trate de empresas o establecimientos abiertos al público, deberán implementarse medidas para minimizar el contacto entre personas trabajadoras y el público, enunciándose en la guía las siguientes recomendaciones:
Cuando el espacio de trabajo no permita mantener la distancia interpersonal en los turnos ordinarios, los horarios de trabajo se procurarán escalonar en la medida de lo posible, lo que también evitará aglomeraciones en el transporte, y se recomienda facilitar el teletrabajo y las reuniones por videoconferencia. De esta forma, se deben evitar desplazamientos de trabajo que no sean esenciales y que puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia
Respecto al uso de mascarillas en los centro de trabajo, la guía señala que no es imprescindible usar mascarilla durante la jornada laboral si el tipo de trabajo no lo requiere y si se mantiene la distancia interpersonal.
Medidas organizativas
El personal deberá estar informado de las recomendaciones sanitarias que deben seguir de forma individual y estará provisto de los productos de higiene necesarios -jabón, solución hidroalcohólica y pañuelos desechables- para poder seguir las recomendaciones individuales.
A diario se deben acometer tareas de higienización reforzada con productos autorizados por el Ministerio de Sanidad para desinfectar que se pueden consultar en este enlace.
Asimismo, la guía señala que es necesario contar con aprovisionamiento suficiente de material de protección, especialmente guantes y mascarillas, y que se deberán adoptar medidas específicas para minimizar el riesgo de transmisión a trabajadores especialmente sensibles o vulnerables, como las personas mayores de 65 años, embarazadas y personas que padezcan enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer e inmunodepresión.
Las empresas deberán facilitar, a través de los servicios de prevención de riesgos laborales, el teletrabajo o unas condiciones de trabajo de bajo riesgo.
De no ser posible, los empleados en estas circunstancias podrán solicitar una valoración de su facultativo de atención primaria.
En el ámbito de seguridad laboral, se aconseja realizar un plan de contingencia identificando el riesgo de exposición al virus de las diferentes actividades y adoptando medidas de protección en cada caso, así como protocolos para la protección de la plantilla y de los empleados o empleadas que manifiesten síntomas.
Recomendaciones a los trabajadores
La guía recomienda a los trabajadores y trabajadoras, además de mantener la distancia interpersonal de 2 metros, evitando por tanto saludos cercanos, que eviten, en la medida de lo posible, el uso compartido de equipos. En caso de que sea necesario compartirlos, se deben aumentar las medidas de precaución, desinfectándolo antes de usarlos si es posible. Si no lo es, hay que lavarse las manos inmediatamente tras su uso en el modo recomendado que se puede consultar aquí.
La guía recomienda no tocarse los ojos, la nariz y la boca, así como el lavado frecuente de manos con agua y jabón, al menos durante 40 segundos, o con una solución hidroalcohólica. Es especialmente importante lavarse después de toser o estornudar o tras tocar superficies potencialmente contaminadas.
En caso de toser o estornudar, se recuerda la recomendación de cubrir la nariz y la boca con la parte interna del codo o un pañuelo desechable, tirándolo a continuación a un cubo de basura que cuente con cierre.
Medidas de higiene en el centro de trabajo
La guía aconseja la ventilación periódica en las instalaciones al menos de forma diaria y por espacio de cinco minutos.
Para ayudar a la buena renovación del aire y hacerlo de manera habitual, es recomendable reforzar la limpieza de los filtros de aire y aumentar el nivel de ventilación de los sistemas de climatización.
Es conveniente reforzar las tareas de limpieza en todas las estancias, con especial incidencia en superficies, especialmente aquellas que se tocan con más frecuencia como ventanas o pomos de puertas, así como todos los aparatos de uso habitual por los empleados, desde mandos de maquinaria a mesas y ordenadores. En cada cambio de turno es necesario limpiar el área de trabajo usada por un empleado.
El personal de limpieza asignado a estas tareas debe tener una correcta protección, realizando todas las tareas con mascarilla y guantes de un solo uso, además de disponer de los detergentes habituales, pues son suficientes, aunque también se pueden contemplar la incorporación de lejía u otros productos desinfectantes a las rutinas de limpieza, siempre en condiciones de seguridad.
Igualmente, una vez finalizada la limpieza, y tras despojarse de guantes y mascarilla, es necesario que el personal de limpieza realice una completa higiene de manos, con agua y jabón, al menos 40-60 segundos.
Los uniformes de trabajo o similares, serán embolsados y cerrados, y se trasladarán hasta el punto donde se haga su lavado habitual, recomendándose un lavado con un ciclo completo a una temperatura de entre 60 y 90 grados.
Gestión de los residuos en los centros de trabajo
La gestión de los residuos ordinarios continuará realizándose del modo habitual, respetando los protocolos de separación de residuos.
Se recomienda que los pañuelos desechables que el personal emplee para el secado de manos o para el cumplimiento de la ―etiqueta respiratoria‖ sean desechados en papeleras o contenedores protegidos con tapa y, a ser posible, accionados por pedal.
Todo material de higiene personal -mascarillas, guantes de látex, etc. -debe depositarse en la fracción ―resto‖ (agrupación de residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas).
En caso de que un trabajador presente síntomas mientras se encuentre en su puesto de trabajo, será preciso aislar el contenedor donde haya depositado pañuelos u otros productos usados. Esa bolsa de basura deberá ser extraída y colocada en una segunda bolsa de basura, con cierre, para su depósito en la fracción resto.
Después de ir al trabajo
Al regresar del centro de trabajo a sus domicilios, los trabajadores y trabajadoras deberán cuidar las distancias y las medidas de higiene en el hogar, máxime si conviven con personas de grupos de riesgo.
DESCARGA LA GUIA ACTUALIZADA.
NOTA ACLARATORIA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
/en Actualidad/por Álvaro SánchezEl Gobierno, en la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros de 14 de marzo de 2020 aprobó́ el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Entre otras normas dictadas para la gestión del estado de alarma, destaca el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. Esta norma establece un permiso de carácter obligatorio y limitado en el tiempo entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos), para todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que prestan servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollan las actividades no esenciales.
En consecuencia, desde las 00 horas del día 10 de abril se vuelve a la situación establecida por el RDL 463/2020 de 14 de marzo, en todo el territorio nacional.
Adjuntamos los siguientes documentos relacionados: