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Modificación Uso de Mascarillas
/en Actualidad, CORONAVIRUS/por Álvaro SánchezEn el día de hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Modificación de los supuestos de obligatoriedad del uso de mascarillas.
Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación.
Uso de mascarilla en el entorno laboral
Con la publicación del Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que entra en vigor el mismo día de su publicación, el 20 de abril de 2022, se establecen los siguientes criterios:
Medidas de Prevención
Medidas de carácter organizativo.
Medidas de protección colectiva.
Medidas de protección personal.
Quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
Importante.
En el entorno laboral, con carácter general, no resulta preceptivo el uso de mascarillas.
Desde el servicio de prevención se establecen las siguientes pautas:
Si la actividad del puesto lo permite se recomienda que se permita trabajar a distancia no accediendo al centro de trabajo. Si la actividad no lo permite, el uso de la mascarilla para estas personas es obligatorio, pudiendo ser mascarilla quirúrgica o mascarilla FFP1, FFP2 o FFP3.
La vigencia de estas medidas preventivas tendrá lugar hasta que el Gobierno de la Nación declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID- 19.
Entrada en vigor: 20 de abril de 2022.
Le recordamos que puede consultar la información actualizada sobre el Coronavirus en nuestra página web a través del siguiente enlace: https://componentescalzado.com/informacion-coronavirus-aeecc/
20/04/2022 Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Subvenciones a consumidores electrointensivos.
/en Actualidad/por Álvaro SánchezSubvenciones del Ministerio a consumidores electrointensivos por compensación de cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia.
Se ha publicado en el BOE de hoy el Extracto de convocatoria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones dispuestas en el Título III del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, correspondientes a cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares soportados durante el año 2021.
Beneficiarios
Empresas privadas titulares de un punto de suministro o instalación, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan los siguientes requisitos:
– Realizar en cada una de las instalaciones o puntos de suministro para los que solicite la subvención una o varias actividades en los sectores enumerados en el Anexo I de la Orden de convocatoria (archivo adjunto), bajo los códigos CNAE que se explicitan en el mismo.
– Estar válidamente constituidas conforme a la normativa en vigor en el momento de presentar la solicitud.
– Estar en posesión del certificado de consumidor electrointensivo.
– Acreditar haber soportado los cargos en los precios del suministro de electricidad correspondientes al año anterior al de la convocatoria.
Ayuda
Hasta el 85 % del coste subvencionable, siendo éste la parte de los cargos del sector eléctrico soportados por el consumidor durante el año 2021 destinados a la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y compensación del extracoste en los territorios no peninsulares, conforme lo especificado en el Apartado Sexto de la Orden de convocatoria (documento adjunto).
Si la suma de la ayuda máxima a la que tuvieren derecho todos los beneficiarios excediere del importe global máximo destinado a las subvenciones en la convocatoria, éste se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.
Compatibilidad
La percepción de estas ayudas será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que tengan como objetivo la compensación de los costes relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones Públicas o de la Unión Europea.
Solicitudes y Plazo
La solicitud de ayuda junto con la documentación requerida, se presentará a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación, comprenderá del 9 de mayo al 17 de junio de 2022, ambos inclusive.
Normativa de aplicación
– Bases reguladoras: Título III Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos (BOE de 17/12/2020)
– Convocatoria: Orden por la que se convoca la concesión de las subvenciones dispuestas en el Título III del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, correspondientes a cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares soportados durante el año 2021 (archivo adjunto).
– Extracto de la convocatoria (BOE 12/04/2022)
Webinar – Sesión informativa. Ayudas del Ministerio a proyectos de IDi en el ámbito de la Industria Conectada 4.0. (ACTIVA_Financiación)
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones, Formación/por Álvaro SánchezLa Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, organizará este viernes 22 de abril, de 10:30 a 11:30 horas, una sesión informativa sobre el Programa de ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la Industria Conectada 4.0. (ACTIVA Financiación) y del Programa de ayudas a Planes de Innovación y Sostenibilidad en el ámbito de la Industria Manufacturera (IDI), del que les informamos a través de esta noticia.
Conexión
Pueden encontrar el enlace de acceso al webinar aquí (no se requiere registro previo).
El objetivo es favorecer la participación y facilitar la preparación de la documentación necesaria para la presentación de solicitudes antes de la apertura de los plazos de la convocatoria. La sesión será pública y de carácter técnico, pudiendo participar cualquier entidad interesada y empresa.
Más Información
Para más información quedamos a su entera disposición en departamento de ayudas de AEC.