ICEX CALENDARIO WEBINARIOS OFCOMES

ICEX España Exportación e Inversiones organizará una relación de Seminarios web sobre diferentes países frente al Covid19 con la participación de las Oficinas Comerciales en los respectivos países de destino, con el objetivo de conocer el impacto del Covid 19 y presentar las perspectivas de futuro ante esta nueva emergencia sanitaria.

Desde AEC, en colaboración con el ICEX vamos a ir comunicando periódicamente la difusión a estos Webinarios con las OFECOMES, dirigidos a empresas y que se realizarán en colaboración con Cámara de España y la CEOE.

A continuación les detallamos los siguientes webinarios.

Próximos eventos

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Eventos en curso

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Se adjunta el calendario tentativo de webminarios que se irán colgando en la web de ICEX.

INCLUSIÓN DE LOS FIJOS DISCONTINUOS EN LOS ERTES

El día 23 de abril de 2020 se ha publicado en el DOCV, la INSTRUCCIÓN de 21 de abril de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, sobre la inclusión de las personas trabajadoras fijas discontinuas en los expedientes de regulación temporal de empleo previstos en los artículos 22 y 23 del Real decreto ley 8/2020.

A la vista de los numerosos expedientes presentados en la Comunitat Valenciana en los que se ven afectados sectores donde tradicionalmente prestan sus servicios personas trabajadoras fijas discontinuas, se considera necesario emitir esta nueva instrucción al efecto de aclarar cómo proceder en aquellos casos en los que haya personas trabajadoras fijas discontinuas afectadas por estos ERTE, bien porque han visto suspendida la prestación de sus servicios como consecuencia del cese de actividad de su empresa, bien porque no se hayan llegado a incorporar a sus empresas, se haya producido o no su llamamiento para ello en la instrucción que puede descargar desde esta noticia, les resumimos breve mente:

Instrucción.

En los ERTES previstos en los artículos 22 y 23 del Real decreto ley 8/2020, se tienen que incluir las personas trabajadoras fijas discontinuas siguientes:

  1. Fijas discontinuas llamadas por la empresa con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del Real decreto ley 8/2020, las cuales se tienen que incluir en el ERTE con carácter ordinario.
  1.  Fijas discontinuas no llamadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real decreto ley 8/2020, pero que, con posterioridad a la entrada en vigor de la mencionada norma, habrían sido llamadas de no haberse producido la crisis sanitaria causada por el Covid-19. Deben ser incorporadas en las condiciones fijadas por el convenio colectivo aplicable, procediendo al llamamiento legalmente previsto, ser dadas de alta e incluidas en el ERTE.

En aquellos casos en que el ERTE ya se estuviera tramitando, o incluso se hubiera resuelto ya por la Autoridad Laboral, si en la relación del personal afectado no se hubiera incluido a las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo, la empresa deberá solicitar su subsanación mediante el trámite “Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de TRABAJO de la Generalitat Valenciana, a la que acompañará, identificando claramente el número de ERTE, una nueva relación de personas trabajadoras afectadas en la que si se incluyan aquellas con contrato fijo discontinuo y que se encuentren en alguno de los supuestos indicados.

INFORMACIÓN PARA EMPRESAS SEPE

El SEPE ha publicado en su web las Guías y plantillas para comunicar la baja de la prestación por desempleo de los trabajadores afectados por ERTE que se van incorporando a la actividad laboral.

A continuación les resumimos tres opciones que se han habilitado para que las empresas, puedan gestionar la solicitud colectiva de las prestaciones por desempleo, por suspensión o reducción de la jornada a consecuencia del COVID-19; comunicar las bajas por prestación de ERTE; o comunicar la finalización del ERTE.

Dispone de toda la información en el siguiente enlace.

https://www–sepe–es.insuit.net/HomeSepe/COVID-19/informacion-empresas.html

Nota: Acceso directo a la web del SEPE.

Solicitud colectiva de prestaciones por desempleo por suspensión o reducción de jornada a consecuencia del COVID-19

Puedes encontrar aquí la hoja informativa y la plantilla para la solicitud, de forma colectiva por la empresa, de las prestaciones por desempleo por suspensión o reducción de jornada consecuencia del COVID-19

Los trabajadores afectados por un ERTE de este tipo no tienen que realizar ningún trámite para solicitar las prestaciones por desempleo ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

La solicitud la presentará la empresa en nombre de todos los trabajadores afectados por la medida.

Comunicación de bajas de prestación de ERTE

A continuación encontrarás una Guía Básica para la realización de los trámites de BAJAS de las prestaciones de los trabajadores afectados por un ERTE que se van incorporando a la actividad, junto con un modelo de formulario de bajas.

Comunicación de finalización de ERTE

A continuación encontrarás una Guía Básica para comunicar la baja de la prestación de todos los trabajadores afectados por ERTE por finalización de las medidas temporales y el modelo de formulario.

Teléfono de Información para la presentación de ERTES (Competencia del MITRAES)

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha habilitado el siguiente teléfono para atender las consultas que puedan surgir en la presentación de los ERTES como consecuencia del COVID-19, siempre que sean competencia de este Ministerio. Es decir, que afecten a trabajadores que prestan sus servicios en centros de trabajo sitos en más de una Comunidad Autónoma.

91 291 51 43

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