FICE y AEC mantienen una primera reunión de trabajo para analizar el alcance, los incentivos y la posible implantación sectorial de este instrumento de previsión social complementaria.
Elche 4 de septiembre de 2026.
Representantes de la Federación de Industrias del Calzado Español (FICE) y de la Asociación Española de Empresas de Componentes para el Calzado (AEC) han celebrado una reunión informativa con responsables del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones sobre los planes de pensiones de empleo simplificados (PPES).
Por parte del Ministerio han asistido Jana Isabel Calvo de Miguel, subdirectora general de Promoción de Fondos de Pensiones de Empleo, y Araceli Teresa Velasco Muñoz, subdirectora adjunta. El encuentro ha permitido establecer una primera toma de contacto con el sector del calzado y abrir un espacio de diálogo sobre el desarrollo de la previsión social complementaria en el ámbito laboral, así como conocer de primera mano la evolución de la negociación colectiva y los planes de formación y empleo orientados al sector.
Durante la reunión, las representantes ministeriales explicaron que la previsión social destinada a las pensiones se estructura en tres pilares: la Seguridad Social pública, la previsión social empresarial y el ahorro individual privado. Los planes de pensiones de empleo forman parte del segundo pilar y tienen carácter complementario: no sustituyen ni reducen la pensión pública.
La Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo respondió al estancamiento de estos instrumentos desde 2005 y a su menor desarrollo en España frente a otros países europeos. La reforma creó los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados, de sus siglas (PPES) y los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos, con el propósito de extender la cobertura a pymes, personas autónomas, entidades locales y empresas públicas.
En este caso concreto, los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados agilizan de forma sustancial la incorporación al sistema. Frente al procedimiento tradicional, que podía requerir hasta siete fases, las empresas incluidas en un acuerdo colectivo sectorial pueden adherirse al plan mediante un procedimiento simplificado. Los planes pueden integrarse en fondos de empleo de promoción privada o pública y, para la jubilación, funcionan bajo la modalidad de aportación definida, pero todo ello sujeto a que se incorporen en la negociación colectiva, sobre la cual se determinará su aplicación
La posible incorporación de un Plan de Pensiones de Empleo Simplificados Sectorial debe acordarse en el marco de la negociación colectiva. Es el convenio el que fija si la adhesión de las empresas resulta obligatoria o voluntaria y establece las condiciones, las aportaciones y los colectivos incluidos. Las empresas pueden mejorar las condiciones pactadas y aquellas que ya dispongan de un plan de pensiones de empleo pueden mantenerlo.
Durante la reunión, FICE y AEC trasladaron sus consultas sobre el alcance normativo, la gobernanza, los efectos laborales y administrativos y el cálculo del impacto económico. El análisis resulta especialmente relevante para una industria formada por 2.024 empresas, de las que aproximadamente el 72% son micropymes y el 28% pymes, y que emplea a 29.998 personas, un 47% de ellas mujeres. Solo cinco compañías superan los 250 trabajadores.
El sector afronta, además, retos como la caída del consumo, la competencia creciente, el cierre de empresas y la falta de relevo generacional. En este contexto, las patronales valoran la necesidad de estudiar con rigor cualquier instrumento que pueda contribuir a mejorar la calidad del empleo y la retención del talento, garantizando al mismo tiempo su sostenibilidad económica para empresas de muy distinto tamaño.
Incentivos para empresas y trabajadores
Para las empresas, la normativa contempla una deducción en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades del 10% de las contribuciones empresariales imputadas a trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros. Para salarios iguales o superiores, la deducción se aplica proporcionalmente. También se prevé una reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social vinculada a las contribuciones satisfechas al plan.
En 2026, la contribución máxima con derecho a esta reducción alcanza 145,67 euros mensuales o 1.748,02 euros anuales por trabajador, mientras que la reducción máxima de cuota asciende a 34,38 euros al mes o 412,53 euros al año. Estos incentivos están sujetos a los requisitos y límites legales y deben calcularse según la situación concreta de cada empresa y trabajador.
Para las personas trabajadoras, las aportaciones y contribuciones pueden reducir la base imponible del IRPF dentro de los límites aplicables. El límite general de 1.500 euros anuales puede incrementarse hasta alcanzar 10.000 euros para trabajadores por cuenta ajena y 5.750 euros para autónomos, en función del origen y cuantía de las aportaciones. Además, las contribuciones empresariales incrementan la base de cotización y el ahorro acumulado acompaña al trabajador durante su vida laboral.
Una implantación en rápido crecimiento
Los últimos datos disponibles, correspondientes al segundo trimestre de 2026 y elaborados a partir de información de INVERCO, La Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensión que contabilizan 50 PPES, 1.174.911 partícipes y un patrimonio de 952,26 millones de euros. El único plan sectorial existente concentra 1.092.255 partícipes —el 93% del total— y 387,10 millones de euros de patrimonio, mientras que los 49 planes de autónomos reúnen 82.656 partícipes y 565,16 millones de euros.
La evolución ha sido muy significativa desde finales de 2022, cuando estos planes de pensiones de empleo simplificados apenas sumaban 28 partícipes y 30.000 euros de patrimonio. El Ministerio mantiene contactos con distintos sectores nacionales para explicar el funcionamiento y las posibilidades de estos instrumentos, por este motivo se ha mantenido esta reunión con los representantes de FICE y AEC, quienes continuarán analizando la información recibida y sus implicaciones laborales, económicas y administrativas antes de cualquier decisión en el marco de la negociación colectiva que deberá ser adoptada en la próxima negociación, es decir a partir del año 2029.
Claves de los PPES
- Son instrumentos de ahorro para la jubilación vinculados al empleo y complementarios a la pensión pública.
- Están especialmente orientados a facilitar el acceso de pymes y autónomos a sistemas colectivos de previsión social.
- Su diseño sectorial se articula mediante la negociación colectiva; el convenio determina la obligatoriedad y las condiciones de adhesión.
- Los incentivos fiscales y las reducciones de cotización están sujetos a los requisitos y límites vigentes y deben analizarse caso por caso.
- Los derechos consolidados acompañan a la persona trabajadora durante su trayectoria laboral en los términos previstos en el plan y en la normativa.
Declaraciones
Jana Isabel Calvo, Subdirectora General de Promoción de Fondos de Pensiones de Empleo en Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
Vicente Pastor, Presidente de FICE.
Álvaro Sánchez, Director General de AEC.
Presentación técnica
Presentación Planes de Pensiones de Empleo Simplificados.





