Jornada presencial Inmersión en el metaverso 15 Julio – De 13:00 a 15:30 h.

Si quieres conocer más sobre el Metaverso y las utilidades que tiene para tu empresa, en este evento presencial que organizamos junto al equipo de Torre Juana OST y 1Millionbot, podrás entender mejor cómo funciona y cómo crear espacios en el Metaverso.

Metaverso es una de las palabras que más interrogantes ha generado en los últimos meses. Es un concepto de espacio virtual. Un mundo virtual al que nos conectaremos utilizando una serie de dispositivos que nos harán pensar que realmente estamos dentro de él, interactuando con todos sus elementos. Será como teletransportarse a un mundo totalmente nuevo a través de gafas de realidad virtual y otros complementos que nos permitirán interactuar con él. Con la irrupción del metaverso se creará una frontera que combinará entornos virtuales y reales, y que nos permitirá realizar las actividades de la vida cotidiana, como trabajar, jugar, reunirnos con amigos, asistir a conciertos, acudir a eventos deportivos…

Para entender mejor cómo funciona el Metaverso, hemos organizado este evento presencial en la sede de Torre Juana Open Space Technology (en Avda. Pintor Pérez Gil 16), un espacio abierto al talento y las ideas, impulsando redes disruptoras conectando pasado y futuro, cultura y tecnología.

La Cámara de Comercio de Alicante, junto con el equipo de Torre Juana OST veremos:

  • Introducción al Metaverso
  • Metaverso para empresas
  • Creación de espacios en el Metaverso
  • Utilidades del Metaverso

El horario del programa es el siguiente:

13’00 – 13’15   Recepción y bienvenida

13’15 – 14’30   METAVERSO

14’30 – 15’00   Cierre – Consultas – Casos prácticos

15’00 – 15’30   Networking: un vino en el Metaverso

Lugar y fecha

Sede Torre Juana OST

Av. Pintor Pérez Gil, 16. Alicante

Viernes, 15 de Julio.

Precio

Gratuito

DIRIGIDO A

Público en general

Cualquier persona interesada en conocer más detalles sobre el Metaverso.

Avance en las negociaciones colectivas

Desde el departamento de Relaciones Laborales de AEC y Negociación Colectiva, les informamos que hasta la fecha se han mantenido reuniones de trabajo y negociación con las Centrales Sindicales más representativas a nivel nacional Comisiones Obreras CC.OO. y Unión General de los Trabajadores UGT, con las que se ha podido alcanzar algunos acuerdos y preacuerdos en los convenios de Comercios de Curtidos y Artículos para el Calzado con la actualización de un nuevo texto de convenio e incrementando los salarios en un 6,5% para los próximos tres años, siendo los incrementos anuales los siguientes: para el año 2022 un 2,5%, para el 2023 un 2% y para el 2024 un 2%. Dicho convenio está registrado y pendiente de su publicación en el BOPA.

Respecto al convenio colectivo de la Industria de Hormas, Tacones, Pisos, Plantas y Cuñas de Plástico, actualmente en proceso de negociación, se han alcanzado acuerdos de mejora en la condiciones laborales, así como posibles incrementos salariales sin cláusula de revisión salarial aún pendientes de concretar el próximo lunes 11 de Julio, fecha en la que se volverá a reunir la mesa negociadora en la sede Patronal.

Respecto a la negociación del convenio colectivo del Calzado, desde las patronales FICE y AEC se han hecho diversas propuesta que superan las previsiones inicialmente establecidas por los sindicatos, realizando un esfuerzo sin precedentes por la parte empresarial para acercarnos a las exigencias y pretensiones manifestadas por las Centrales Sindicales cuyo objetivo es el de garantizar la no pérdida de poder adquisitivo. Tras seis reuniones mantenidas hasta la fecha, la pasada semana y tras una larga negociación con lo que se alcazaba lo que parecía un preacuerdo, las Centrales Sindicales manifestaron su negativa a la firma de dicho acuerdo salarial, lo cual ha sido muy mal recibido por las empresas, considerando un despropósito la postura sindical, la cual manifiesta poca seriedad y firmeza en la negociación, paralizando de esta manera y una vez más, la firma del convenio y la aplicación de las correspondientes subidas salariales a los trabajadores, siendo estos los más perjudicados.

Por la parte empresarial, estamos en disposición de firmar un acuerdo con el objeto de garantizar la estabilidad económica y sectorial, lo que no entendemos es la indecisión por la parte sindical que están transmitiendo sus representantes en las negociaciones, generando un problema que conllevará tensiones internas en las empresas, conflictos, costes y pérdida de productividad.

Recomendaciones de la CEOE y CEPYME ante la falta de acuerdo en materia salarial para el 2022.

Como habrán conocido por los medios de comunicación, las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT han dado por cerradas las negociaciones de cara a rubricar un nuevo acuerdo salarial para este año, y ello ante el aumento de la inflación en 2022 que afecta al poder adquisitivo de los trabajadores.

La ruptura de las conversaciones entre las cúpulas de las cuatro organizaciones abre las puertas a la conflictividad laboral en unos convenios colectivos muy tensionadas por las pretensiones de los trabajadores de incrementar salarios con el fin de evitar la merma del poder adquisitivo afectado por la inflación.

De este modo, no habrá marco de referencia para que empresarios y sindicatos pacten las revalorizaciones salariales de este año.

Ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo en materia salarial para el periodo 2022-2024 en el marco del Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, la CEOE CEPYME ha emitido una serie de recomendaciones individuales en materia salarial para las unidades negociadoras de empresas y organizaciones en los convenios colectivos para el año 2022.

El incremento de los costes para las empresas, las restricciones a la producción por la falta de suministros, la actividad que no ha recuperado aún los niveles anteriores a la pandemia, además de la duración de la guerra de Ucrania y el efecto de las sanciones sobre Rusia son factores que, según CEOE CEPYME van a suponer una merma del crecimiento económico, teniendo un efecto negativo sobre el empleo.

Además de lo anterior, las previsiones de crecimiento del PIB para este año ya se han reducido y la inflación se espera que vaya a superar máximos este año, alcanzando en el mes de junio el 10,2%.

En este contexto, y ante la imposibilidad de cerrar un acuerdo negociado en materia salarial para el periodo 2022-2024, la patronal publica una serie de recomendaciones con vistas a la negociación de los convenios colectivos en 2022, y ofrece los criterios principales a tener en cuenta así como los mecanismos de inaplicación:

  • Realizar un esfuerzo de moderación salarial para preservar la viabilidad y la competitividad de las empresas y conservar el empleo, evitando vincular las subidas salariales a conceptos tan volátiles como la inflación, que además retroalimenta el crecimiento de los precios.
  • Vincular los incrementos salariales a variables e indicadores económicos cuantificables y medibles a:
    • La productividad.
    • El empleo.
    • El comportamiento del PIB.
    • El indicador de garantía de competitividad.
    • En el caso de las empresas: a los resultados.

Siendo imprescindible que las actualizaciones salariales carezcan de efectos retroactivos debido a la imposibilidad de repercutir en el coste del producto o servicio los devengos producidos.

  • Creación de planes de pensiones de empleo para aminorar el impacto de las subidas pactadas.
  • Utilizar la inaplicación del convenio colectivo cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Según el comunicado realizado:

1. Estructura salarial.

  • Sustituir conceptos retributivos obsoletos por otros vinculados a la productividad y los resultados.
  • Integrar y aplicar los principios de transparencia retributiva y de igual retribución por trabajo de igual valor.
  • Transitar hacia sistemas de retribución variable, fijados con criterios objetivos, transparentes y neutros desde una perspectiva de género, en orden a avanzar en la eliminación de la brecha salarial.
  • Configurar la estructura retributiva considerando los índices de absentismo evitando pluses y conceptos que lo fomenten.

2. Criterios para la determinación de la variación salarial.

En la determinación de los incrementos salariales es imprescindible tener en cuenta las circunstancias específicas de cada ámbito de negociación modulándolos, en cada sector o empresa, considerando la productividad y el empleo, de forma tal que la cifra resultante permita mantener una posición competitiva.

Dado el contexto global y la incertidumbre respecto del alcance de la recuperación económica, resulta preciso realizar un esfuerzo de moderación salarial para preservar la viabilidad y la competitividad de las empresas y conservar el empleo. Así, conviene tener presente que una subida significativa de los salarios llevaría aparejados:

  • Aumento de los costes laborales que pueden constituir, además, una barrera de entrada al mercado laboral de las personas en desempleo.
  • Menor margen para introducir criterios de retribución variable.
  • Fomento de la espiral inflacionista.

Además, es imprescindible que las actualizaciones salariales carezcan de efectos retroactivos debido a la imposibilidad de repercutir en el coste del producto o servicio los devengos producidos.

La creación de planes de pensiones de empleo puede aminorar el impacto de las subidas pactadas.
En las empresas que trabajan para el sector público, es imprescindible recordar la imposibilidad de repercutir el aumento de los costes laborales a la Administración hasta que el Gobierno lleve a cabo la modificación de la normativa de revisión de precios en los procesos de contratación derivados de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, lo que obliga a considerar una mayor moderación salarial que la indicada con carácter general. Así, hay que tener en cuenta que, cuando no se ha previsto en las licitaciones, cuestión habitual, los incrementos salariales derivados de la negociación colectiva y del SMI, y los correspondientes a las cotizaciones sociales, no se han podido trasladar a la administración. En concreto, la subida del SMI aplicable entre 2019 y 2022 representa el 35,89%. Esta situación, muy particularmente en sectores intensivos en mano de obra, combinada con la coyuntura adversa derivada de la pandemia, ha obligado a las empresas a mantenerse en el cumplimiento de los contratos incluso a pérdidas erosionando la negociación colectiva en su conjunto.

3. Inaplicación del convenio colectivo.

Debido a la coyuntura adversa, es importante recordar a las empresas la existencia de mecanismos de inaplicación de las condiciones de trabajo pactadas en los convenios colectivos cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET), a cuyo fin debe desarrollarse un periodo de consultas en los términos del artículo 41.4 del ET.

Relaciones comerciales con Argelia

Desde AEC les informamos de las últimas novedades que a fecha de hoy y tras las reuniones mantenidas con la Dirección General de Comercio Internacional, y con el Consejero de Económico Comercial de España en Argelia, nos trasladan que, la situación sigue siendo muy problemática dado el enorme grado de incertidumbre que a fecha de hoy existe entre España y Argelia, y que en resumen pasamos a exponer:

PROBLEMÁTICA OPERATIVA ENTRE ESPAÑA Y ARGELIA: 

  1. Concretamente todas las domiciliaciones bancarias han quedado congeladas desde el 9 junio. 
  2. Se están dando muchos retrasos y paralizaciones en los despachos de Aduanas.
  3. Las mercancías de las operaciones efectuadas con fechas previas al 9 de junio se están despachando con cierta normalidad, aunque para ello las empresas argelinas están teniendo que reclamar las mercancías ante la autoridad argelina, la cual aun así, está poniendo serias dificultades para autorizarlas. 
  4. Los pagos como te digo quedan aplazados y en este caso concreto es necesario hablar con los bancos, aunque según nos informan desde el ministerio, algunos bancos argelinos están siendo reticentes a efectuar trasferencias de pagos.
  5. Adicionalmente, hay que tener en cuenta que la situación se ha recrudecido a partir del 8 de junio, fecha en la que se emitió la carta de la ABEF Asociación Profesional de Bancos y los Establecimientos Financieros, en la que se imponía el bloqueo de las domiciliaciones bancarias de Argelia con España desde el 9 de junio, Adjunto Carta.  
  6. Por lo tanto, esta situación va para largo habiéndose generado un problema diplomático, que puede empezar a transcender a nivel europeo. 
  7. Las empresas del sector de los componentes para el calzado afectadas, de diversas actividades empresariales, han manifestado directamente tanto a AEC, como a la Oficina Comercial de España en Argelia su preocupación dado que todas ellas han visto gravemente perjudicadas sus operaciones comerciales directas, así como la pérdidas de pedidos en firme y de mercancía comprometida por un importe superior a los 29 millones de euros.
  8. La situación que afecta al sector de los componentes para el calzado, es considerada de muy grave dado que el deterioro de estas relaciones comerciales van a conllevar la pérdida de las oportunidades comerciales con Argelia, así cómo las relaciones comerciales con otros clientes, fabricantes de calzado nacional que operan con el país vecino.

RECOMENDACIONES: 

  • Según nos informan desde la Oficina Comercial de España en Argelia, las mercancías que hayan llegado antes del 9 de junio tenéis que intentar que se despachen en Argelia siendo vuestro cliente el que las reclame. Solo si el cliente hace mucha fuerza ante la autoridad portuaria, teniendo en cuenta que la mercancía sea considerada de máxima necesidad para poder mantener la actividad empresarial, puede que la aduana argelina acceda a despacharla. 
  • En cuanto a las mercancías que estén bloqueadas en el puerto de Barcelona o en el de Valencia, la recomendación es recuperarlas, ya que de los contrario esa mercancía no va a ser exportada y tendréis que seguir asumiendo los costes directos e indirectos.  
  • En cuanto a realizar otro tipo de modalidades comerciales apoyándoos en clientes de cualquier otra nacionalidad, bien sea Francesa, Portuguesa o Italiana, no es recomendable. El problema está en la factura, no tanto en la mercancía. Todo lo que sea producto o operación comercial que lleve certificado de origen español, no entrarán en Argelia. 
  • Por el momento no te puedo decir nada más. Os recomiendo que os dirijáis a la Oficina comercial de España en Argelia a través del correo argel@comercio.mineco.es informando del problema/as en cuestión, así como detallando la cuantía de las operaciones y si cabe cuantificando los gastos y las pérdidas de las operaciones comerciales generadas por el conflicto; poniéndonos copia a nosotros para que quede constancia de la problemática. Desde AEC, abriremos una carpeta con este tema, para poder exponer cuando llegue el momento al Ministerio todos los casos, solicitando desde AEC que se apruebe una partida presupuestaria para cubrir los gastos y las pérdidas generadas por el problema… aunque no tenga a fecha de hoy posible solución.

OTRAS RECOMENDACIONES:

  • Les informamos que desde AEC también hemos mantenido conversaciones directas con diferentes entidades financieras desde las cuales nos trasladan la preocupación correspondiente por la pérdida de la operativa comercial así como de las gestiones que están llevándose a cabo para poder asesorar a los clientes afectados.
  • También hemos mantenido conversaciones directas con la Compañías Española de Seguro de Crédito a la Exportación CESCE, quienes nos han informado del cese desde el pasado 9 de junio de las coberturas de todas las operaciones comerciales aseguradas, recomendando cumplir con todos los plazos establecidos en las pólizas para no perder la cobertura de las operaciones anteriormente aseguradas a esta fecha.
  • Por otro lado, les adelantamos que también hemos mantenido contacto directo con TRANSCOMA agente de la Naviera CNAN, la cual está manteniendo actividad desde Barcelona y Valencia con Argelia. Según nos informan desde TRANSCOMA, han hablado con CNAN Argelia y les han comunicado que los clientes, aún disponiendo de Cartas de Crédito abiertas anteriores a la fecha de la prohibición (09/06) si que se están recibiendo las mercancías sin problema, pero que saben que hay importadores que han decidido indicar a los exportadores que no carguen por miedo a que la mercancía quede bloqueada en la aduana argelina.
  • De la misma manera, están aconsejando que el exportador hable con el importador para cerciorarse si han hecho la predomiciliación o no, ya que cualquier documentación que se haya domiciliado a partir del 09/06 no será aceptada y quedará bloqueada.

Cualquier cuestión que nuestros asociados afectados en su operativa comercial con Argelia, pueden contactar con TRANSCOMA, advirtiendo ser asociados de AEC, pudiendo llamar directamente a Verónica Fuentes Responsable de TRANSCOMA.

A continuación les detallamos los contactos directos de TRANSCOMA.  

  • CASTELLÓN – VERÓNICA FUENTES – TELF. 690 72 95 33
  • BARCELONA – KAREN CONGOST – TELF.696 73 75 46
  • VALENCIA – ESTHER SORIANO – TELF. 680 52 10 32

Documentos Relacionados

Informe del Sector de los Componentes para el calzado, relaciones comerciales con Argelia, Importaciones y Exportaciones.

España y Argelia – Informe Componentes y Curtidos.

Mercado del Calzado en Argelia 2016