Calendario Laboral 2023

Entre las obligaciones anuales de la empresa figura la elaboración y exposición en algún lugar visible del centro de trabajo del calendario laboral 2023, tal y como se recoge en el art. 34 del ET. Por este motivo desde AEC adaptamos el calendario anual del BOE a una hoja tamaño A3, para facilitarles que lo puedan imprimir y publicar internamente.

Descarga el Calendario Laboral 2023.

A continuación repasamos todos los festivos nacionales y autonómicos previstos para este año.

El año 2023 todos los trabajadores volverán a tener 14 días festivos: ocho de carácter nacional; otros cuatro elegidos por las autonomías y dos más de carácter local.

Festivos nacionales no sustituibles por las autonomías. Los ocho días festivos nacionales no sustituibles por las autonomías y que, por lo tanto, comparten todas ellas en 2023:

  • 7 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo, Día del Trabajo, lunes.
  • 15 de agosto, Asunción de la virgen, martes.
  • 12 de octubre, Fiesta nacional, jueves.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos, miércoles.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución, miércoles.
  • 8 de diciembre, La Inmaculada Concepción, viernes.
  • 25 de diciembre, Navidad, lunes.


Festivos autonómicos 2023

Andalucía

  • 1 de enero. Año Nuevo (que es domingo y se traslada al lunes, día 2)
  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 28 de febrero. Día de Andalucía, martes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.

Aragón

  • 1 de enero. Año Nuevo (que es domingo y se traslada al lunes, día 2).
  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 23 de abril. Día de Aragón (que es domingo y se traslada al lunes, día 24)

Asturias

  • 1 de enero. Año Nuevo (que es domingo y se traslada al lunes, día 2).
  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 8 de septiembre. Día de Asturias, viernes.

Baleares

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 10 de abril. Lunes de Pascua.
  • 1 de marzo. Día de Baleares, miércoles.

Canarias

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 30 de mayo. Día de Canarias, martes.
  • Canarias fija una fiesta (dentro de las doce nacionales y autonómicas) en cada una de sus islas:
    • Tenerife, 2 de febrero, Virgen de la Candelaria.
    • La Palma, 5 de agosto, Nuestra Señora de las Nieves.
    • Gran Canaria, 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino.
    • Lanzarote y La Graciosa, 15 de septiembre, Nuestra Señora de los Volcanes.
    • Fuerteventura, también el 15 de septiembre, Nuestra Señora de La Peña.
    • El Hierro, 25 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes.
    • La Gomera, 9 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe.

Cantabria

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 28 de julio. Día de las Instituciones, viernes.
  • 15 de septiembre. La Bien Aparecida, viernes.

Castilla-La Mancha

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 31 de mayo. Día de Castilla-La Mancha, miércoles.
  • 8 junio. Día del Corpus Christi, jueves.

Castilla y León

  • 1 de enero. Año Nuevo (que es domingo se traslada al lunes, día 2).
  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 25 de julio. Día de Santiago, martes.

Cataluña

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 10 de abril. Lunes de Pascua.
  • 24 de junio. San Juan, sábado.
  • 11 de septiembre. Diada, lunes.
  • 26 de diciembre. San Esteban, martes.

La Generalitat ha fijado 13 festivos en lugar de los 12 que deben tener las comunidades. Por eso precisa que de esas trece fiestas mencionadas en el apartado habrá una “a escoger entre el 6 de enero (Reyes), el 10 de abril (lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre (San Esteban), que tendrá el carácter, de recuperable”. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.

Comunidad Autónoma de Ceuta*

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 21 de abril. Final del Ramadán, viernes.
  • 28 de junio. Pascua del Sacrificio, miércoles.

* Incluye las dos fiestas de carácter local; 13 de junio. San Antonio, martes y 5 de Agosto. Nuestra Señora de África, sábado.

Comunidad Autónoma de Melilla*

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 21 de Abril, Fiesta del Eid Fitr, viernes.
  • 29 de junio, Fiesta del Sacrificio- Aid Al Adha, sábado.

*Las Fiesta por la que se efectúa la opción y tienen la consideración de locales son los días 8 de Septiembre, Día de Ntra. Sra. Virgen de la Victoria (Excelsa Patrona de la Ciudad) y 13 de Marzo, Estatuto Autonomía de Melilla.

Comunidad de Madrid

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 19 de marzo. Día de San José (cae en domingo y se traslada al 20 de marzo, lunes).
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 2 de mayo. Día de la Comunidad de Madrid, martes.

Comunidad Foral de Navarra

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 10 de abril. Lunes de Pascua.
  • 25 de abril. Día de Santiago, martes.

Comunidad Valenciana

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 10 de abril. Lunes de Pascua.
  • 24 de junio. San Juan, sábado.
  • 9 de octubre. Día de la Comunidad Valenciana, lunes.

Extremadura

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 21 de febrero, Martes de carnaval.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 8 de septiembre. Día de Extremadura, viernes.

Galicia

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 17 de mayo. Día de las Letras gallegas, miércoles.
  • 25 de julio. Día de Santiago, martes.

La Rioja

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 10 de abril. Lunes de Pascua.
  • 9 de junio. Día de la Rioja, viernes.

País Vasco

  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 10 de abril. Lunes de Pascua.
  • 25 de julio. Día de Santiago, martes.

Región de Murcia

  • 1 de enero. Año Nuevo (que es domingo se traslada al lunes, día 2).
  • 6 de enero. Día de Reyes, viernes.
  • 6 de abril. Jueves Santo.
  • 9 de junio. Día de la Región, viernes.

Ayudas para mejorar la competitividad de las pymes industriales de la Comunidad Valenciana 2023

Se ha publicado en el DOGV de 27 de diciembre, la convocatoria para el ejercicio 2023, de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes valencianas de diferentes sectores industriales, entre los que se encuentra incluido el cuero, el calzado y los componentes para el calzado. La convocatoria la ha realizado la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo dentro de la sexta fase de implantación del Plan Estratégico de la Industria Valenciana.

Beneficiarios

Pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directa o indirectamente a los sectores industriales incluidos, que tengan como CNAE de su actividad principal alguno de los descritos en el ANEXO I de la convocatoria, conforme a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas.

Actuaciones subvencionables

  • Proyectos de inversión, que supongan la implantación de nuevas líneas de producción en establecimientos industriales nuevos o que ya estén en producción; así como aquellas inversiones que conlleven mejoras o la modernización de líneas de producción en estos establecimientos industriales.  
  • Proyectos de presupuesto mínimo subvencionable 20.000 € (IVA excluido).
  • La puesta en funcionamiento de los proyectos deberá producirse entre el 1 de enero de 2023 y el 3 de noviembre de 2023.

Gastos subvencionables

  • Adquisición y mejoras de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, además de los moldes y matrices, la maquinaria para certificación o control de calidad de productos, el equipamiento e instalación de los laboratorios internos y salas blancas en el establecimiento industrial, los transformadores, las depuradoras y equipos de gestión y/o reducción de residuos, emisiones y efluentes generados por el proceso industrial, los vehículos y equipos de transporte por el interior de las instalaciones industriales, así como en general la maquinaria y equipos relacionados con el almacenaje, embalaje, preparación y la logística de las materias primas, productos intermedios o productos acabados.
  • Adquisición, diseño a medida, implantación y puesta en funcionamiento de activos inmateriales directamente vinculados a la producción industrial.
  • Registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos.
  • Certificación u otras formas de homologación o normalización de productos.
  • Contratación externa de ingeniería industrial siempre que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión.
  • Gastos de auditoria para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención.

Ayuda

Subvención del 35 % de los gastos subvencionables, sin superar los límites establecidos en el Reglamento Europeo de Minimis.

Solicitud y plazo

La solicitud de la ayuda se tramitará de forma telemática a través de la Sede electrónica de la Generalitat. El plazo para presentar solicitudes será del 16 de enero hasta el 3 de marzo de 2023, ambos días incluidos.

Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Modelos 592 y A22 de La AEAT

El pasado 30 de diciembre se publicó en el BOE la Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre que aprueba los formatos de los modelos 592 y A22 para cumplir con las obligaciones de informar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizable:

  • Modelo 592, «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación» (anexo I de la Orden)
  • Modelo A22, «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución» (anexo II de la Orden)

La Orden HFP/1314/2022, también  determina la forma y procedimiento para su presentación, regula la inscripción en el Registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias.

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