Calendario Laboral 2020, publicado en el BOE

Calendario Laboral de fiestas para 2020. Calendarios Laborales Estatal y Autonómicos confeccionados con las fiestas estatales y autonómicas. El máximo de días festivos al año es de 14.

Calendario Laboral 2020

8 festivos estatales no sustituibles

  • 1 de enero (Año Nuevo), miércoles.
  • 6 de enero (Epifanía del Señor), lunes.
  • 10 de abril (Viernes Santo).
  • 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), viernes.
  • 15 de agosto (Asunción de la Virgen), sábado.
  • 12 de octubre (Día de la Hispanidad), lunes.
  • 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), martes.
  • 25 de diciembre (Natividad del Señor), viernes.

Festivos autonómicos:

ANDALUCÍA

  • 28 de febrero (Día de Andalucía).
  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 2 de noviembre (el 1 de noviembre, día de Todos los Santos se traslada al lunes siguiente).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

ARAGÓN

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 23 de abril (Día de Aragón).
  • 2 de noviembre (el 1 de noviembre, día de Todos los Santos se traslada al lunes siguiente).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

ASTURIAS

  • 9 de abril (Jueves Santo). 
  • 8 de septiembre (Día de Asturias).
  • 2 de noviembre (Traslado al .lunes de 1-11)
  • 7 de diciembre (Traslado al lunes de 6-12)

ISLAS BALEARES

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 13 de abril (Lunes de Pascua).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).
  • 26 de diciembre (Segunda fiesta de Navidad).

CANARIAS

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 30 de mayo (día de Canarias).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de de la Constitución se traslada al lunes siguiente).
  • El cuarto es diferente para cada isla del archipiélago. 
    • El Hierro: 24 de septiembre (Nuestra Señora de los Reyes)
    • Fuerteventura: 18 de septiembre (Nuestra Señora de la Peña)
    • Gran Canaria: 8 de septiembre (Nuestra Señora del Pino)
    • La Gomera: 5 de octubre (Nuestra Señora de Guadalupe)
    • La Palma: 5 de agosto (Nuestra Señora de las Nieves)
    • Lanzarote: 15 de septiembre (Nuestra Señora de los Dolores)
    • Tenerife: 7 de septiembre (Bajada de la Virgen del Socorro).

CANTABRIA:

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 13 de abril (Lunes de Pascua).
  • 28 de julio (Día de las Instituciones de Cantabria).
  • 15 de septiembre (Día de La Bien Aparecida).

CASTILLA Y LEÓN

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 23 de abril (Día de Castilla y León).
  • 2 de noviembre (el 1 de noviembre, día de Todos los Santos se traslada al lunes siguiente).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

CASTILLA-LA MANCHA

  • 19 de marzo (San José).
  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 13 de abril (Lunes de Pascua, en sustitución del 1 de noviembre, Todos los Santos).
  • 11 de junio (Fiestas del Corpus Christi, en sustitución del 6 de diciembre, Día de la Constitución).

CATALUÑA

  • 13 de abril (Lunes de Pascua).
  • 24 de junio (Sant Joan).
  • 11 de septiembre (Diada Nacional de Catalunya).
  • 26 de diciembre (Sant Esteve).

EXTREMADURA

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 8 de septiembre (Día de Extremadura).
  • 2 de noviembre (el 1 de noviembre, día de Todos los Santos se traslada al lunes siguiente).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

GALICIA

  • 19 de marzo (San José).
  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 24 de junio (San Juan).
  • 25 de julio (Santiago Apostol, Día Nacional de Galicia).

LA RIOJA

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 13 de abril (Lunes de Pascua).
  • 9 de junio (Día de La Rioja).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

MADRID

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 2 de mayo (Fiesta de la Comunidad de Madrid).
  • 2 de noviembre (el 1 de noviembre, día de Todos los Santos se traslada al lunes siguiente).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

MURCIA

  • 19 de marzo (San José).
  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 9 de junio (Día de la Región de Murcia).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

 NAVARRA

  • 19 de marzo (San José).
  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 13 de abril (Lunes de Pascua).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

PAÍS VASCO

  • 19 de marzo (San José).
  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 13 de abril (Lunes de Pascua).
  • 25 de julio (Santiago Apostol).

COMUNIDAD VALENCIANA

  • 19 de marzo (San José).
  • 13 de abril (Lunes de Pascua).
  • 24 de junio (San Juan).
  • 9 de octubre (Día de la Comunidad Valenciana).

CEUTA

  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 13 de junio (San Antonio).
  • 5 de agosto (Día de la Patrona).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

MELILLA

  • 13 de marzo (Día de la Firma del Estatuto de Autonomía).
  • 9 de abril (Jueves Santo).
  • 31 de julio (Aid El Kebir).
  • 7 de diciembre (el 6 de diciembre, día de la Constitución se traslada al lunes siguiente).

Encuentro Empresarial España – Japón 30 de Enero de 2020

Desde la CEV Confederación Empresarial de la Comunidad Valenciana y la CEOE les hacemos llegar la siguiente invitación que con ocasión de la celebración del I Aniversario de la entrada en vigor del Acuerdo de Partenariado Económico Unión Europea – Japón, CEOE Internacional, en colaboración con la Embajada de Japón en España, ha organizado un Encuentro Empresarial España- Japón, que se celebrará el próximo jueves 30 de enero a las 11:00 h. en la sede de CEOE (C/ Diego de León, 50 – Madrid). En la jornada se darán a conocer la evolución de este importante Acuerdo, así como los principales resultados desde su entrada en vigor y las perspectivas de futuro para las empresas españolas.

Durante el encuentro empresarial, que será inaugurado por la presidenta de CEOE Internacional, Dña. Marta Blanco, y el nuevo Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Japón en España, Sr. Hiramatsu Kenji, se contará con la participación del Profesor de la Universidad de Nagoya, Sr. Sekine Takemasa, experto en la Organización Mundial del Comercio y el Acuerdo de Partenariado Económico, así como la Subdirectora General de Política Comercial de la Unión Europea, Dña. Rocío Frutos y el presidente de JETRO en Madrid, Sr. Tatsuya Kato. 

Se adjunta PROGRAMA-ENCUENTRO-JAPÓN.del Encuentro, que se desarrollará íntegramente en español, excepto la intervención del profesor Sekine, que será en inglés.  

Si usted está interesado/a en asistir a este encuentro, deberá confirmar su asistencia a la mayor brevedad posible en el correo electrónico cortiz@ceoe.es  con copia a rmiralles@cev.es.

AYUDAS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA SOSTENIBILIDAD DE PYMES INDUSTRIALES

Se ha publicado en el DOGV 8710 de 3/1/2020, la Resolución del Conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2020, de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de diferentes sectores productivos de la Comunitat Valenciana. Para cada uno de los 15 sectores convocados, (entre los que se encuentran entre otros, el Calzado, metal-mecánico, textil, químico, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas) se han destinado 2.132.000,00 €.

¿QUIÉN PUEDE SER BENEFICIARIO Y SOLICITAR ESTA SUBVENCIÓN?

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria. Se considerará que una empresa desarrolla o va a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva, si el proyecto de inversión se ejecuta en un establecimiento productivo situado en la Comunitat Valenciana con independencia de dónde se encuentre el domicilio social de la empresa.

¿QUÉ INVERSIONES ME PUEDEN SUBVENCIONAR?

Proyectos con presupuesto mínimo subvencionable de 20.000 € (IVA excluido) para la realización de alguna de las siguientes inversiones:

a) Adquisición y/o mejora de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior, y a condición de que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción. Se considerarán también parte de las líneas de producción industrial los moldes, la maquinaria para certificación de productos, los transformadores, los paneles solares y equipos de autoconsumo, las depuradoras o equipos de tratamiento de los residuos generados por el proceso industrial, los vehículos y equipos de transporte interior, así como en general la maquinaria y equipos relacionados con el almacenaje, embalaje, preparación y la logística de las materias primas, productos intermedios o productos acabados, y el equipamiento de los laboratorios internos en el establecimiento industrial. Se entiende por activos materiales los bienes inventariables que por lo general no se consumen con su uso y tienen una permanencia en la empresa superior a un año, vinculados a la producción.

b) Adquisición, costes de implantación y puesta en funcionamiento de activos inmateriales vinculados a los procesos productivos de la empresa, incluyendo los destinados a la modelización, simulación y virtualización de procesos industriales, los destinados al mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización de los procesos industriales, así como las aplicaciones de logística interna y externa (CRM) o las tecnologías de gestión integrada de la información de la empresa (ERP).

c) Gastos de auditoría para la elaboración del informe de revisión de la cuenta justificativa de la subvención, por empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 600,00 €, IVA excluido, por solicitud. Este gasto no será subvencionable en el supuesto que la empresa beneficiaria esté obligada a auditar sus cuentas anuales. 

d) Costes de ingeniería por colaboraciones externas siempre que sean intrínsecamente necesarias para alguna de las actuaciones subvencionables. Esta partida no podrá superar ni el 15 % del total de gastos subvencionables ni el importe de 20.000,00 €.

e) Costes de traslado y puesta en funcionamiento en caso de activos adquiridos, incluyendo los costes de grúas, montaje y desmontaje o adaptación de activos preexistentes para su correcta conexión con los activos adquiridos.

f) Los costes de mejora de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el establecimiento industrial serán subvencionables siempre que consistan en cambios de componentes esenciales y supongan un avance sustancial en la eficiencia energética, sus capacidades productivas, la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras.

¿QUÉ FECHA LÍMITE DISPONGO PARA SOLICITAR LA AYUDA?

La solicitud de la ayuda se tramitará de forma telemática a través de la Sede electrónica de la Generalitat. El plazo para presentar solicitudes será desde el 27 de enero hasta el 27 de febrero de 2020, ambos días incluidos.