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Ayudas a la producción de material sanitario
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones, CORONAVIRUS/por Álvaro SánchezBases Reguladoras
Hoy se ha publicado en el DOGV las bases reguladoras de ayudas directas a las empresas de la industria manufacturera de la Comunidad Valenciana que hayan adaptado su actividad o reorienten sus capacidades productivas con el fin de producir a gran escala material sanitario para atender un previsible incremento de demanda y afrontar la emergencia sanitaria ante posibles rebrotes de la Covid-19.
Beneficiarios
Empresas con sede social o establecimiento de producción en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana, encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C – Divisiones 10 a 33 (CNAE 2009), con personal propio de 10 o más personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena o socios cooperativistas, a fecha de 1 de marzo de 2020 y, mantener al menos, o incrementar dicho número durante el período de ejecución del proyecto
Se exceptúan las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.
Proyectos apoyables
Proyecto de inversión dirigidos a la fabricación de un producto nuevo o a una mejora adaptativa de productos ya en fabricación por la empresa solicitante, en disposición de ser puestos en el mercado y directamente relacionados con la lucha contra la Covid-19.
Requisitos de los proyectos
Subvención
Subvención a fondo perdido del 75 % de los costes subvencionables del proyecto, con un máximo de 400.000 €.
El plazo para la justificación de las subvenciones y sus posibles prórrogas no podrá superar los seis meses siguientes a la fecha de concesión de la ayuda. Si se respeta el plazo, las ayudas en forma de anticipos reembolsables se transformarán en subvenciones. En caso contrario, el anticipo reembolsable se reembolsará (por cada mes de retraso se reembolsará el 25 % del importe de la ayuda concedida) en tramos anuales iguales en un plazo de cinco años a partir de la fecha de concesión de la ayuda.
Procedimiento de concesión directa, sin comparación de solicitudes, según la fecha de entrada del expediente completo y cumplimiento de los requisitos y criterios exigidos, hasta el agotamiento del crédito consignado.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.
Nota: Desde la CEV se informará de la publicación de este extracto en el DOGV, y por tanto del inicio del plazo de presentación de solicitudes, con la mayor brevedad posible.
Normativa
Decreto 103/2020, de 7 de agosto de 2020, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de la concesión directa de subvenciones a proyectos de inversión para la reorientación de las capacidades productivas de la industria manufacturera valenciana por la Covid-19 (DOGV de 31/08/2020)
IMPORTANTE Reanudación de convocatoria PEIV
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezCon fecha 12 de agosto se ha publicado la resolución de 11 de agosto de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se revoca la resolución de 31 de marzo de 2020, por la que se dejó sin efecto por causas sobrevenidas la convocatoria para el ejercicio 2020, de las ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valorización de residuos, biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos de la Comunitat Valenciana.
Esta resolución supone la reanudación de la tramitación de la convocatoria con los siguientes condicionantes:
Resolución:
Más información:
http://www.indi.gva.es/es/web/industria-e-i-d-i/incentius-i-ajudes
Apoyo financiero a la inversión industrial
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezTras la reciente publicación de la convocatoria “APOYO FINANCIERO A LA INVERSIÓN INDUSTRIAL EN EL MARCO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE REINDUSTRIALIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL 2020”, convocada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que ofrece financiación en condiciones preferentes para la realización inversiones industriales, les informamos de los puntos más relevantes de la misma:
BENEFICIARIOS
Sociedades privadas afectadas por perjuicios económicos surgidos a raíz del brote de COVID-19 que desarrollen industrial productiva.
El CNAE de la empresa solicitante puede no ser industrial, siempre y cuando las inversiones a realizar sean en actividades industriales productivas (las correspondientes a los CNAE 2009 Sección C- Divisiones 10 a 32).
Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Dentro de este grupo se incluirán también las inversiones orientadas a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, reducción de la vulnerabilidad a los impactos del cambio climático, prevención de la contaminación o introducción de la economía circular en el proceso productivo mediante:
Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de maquinaria y/o parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.
Presupuesto mínimo: 100.000€.
Plazo de realización de las actuaciones: desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2020.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción:
Nota: El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el 30 % del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción. Dentro de esta partida, los gastos de personal propio se limitarán al 5 % del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.
Implementación productiva de tecnologías de la Industria Conectada 4.0.:
Nota: El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción. Dentro de esta partida, los gastos de personal propio se limitarán al 15 % del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.
TIPO DE INCENTIVO
Préstamo reembolsable con las siguientes características:
– Plazo de amortización: 6 años con 3 años de carencia.
– Tipo de interés:
– Método de amortización: cuotas anuales y de igual cuantía que deberán satisfacerse una vez cumplido el plazo de carencia.
– Garantías: 20% del préstamo a recibir.
INTENSIDAD DE LA AYUDA
75% del presupuesto financiable, con un máximo de 800.000 euros, y respetando a su vez los siguientes límites:
BOLSA ECONÓMICA DISPONIBLE
340.920.000 €.
PLAZO DE SOLICITUD
Hasta el 20 de agosto de 2020.
BASES DE LA CONVOCATORIA
Orden ICT/778/2020, de 4 de agosto (BOE 07/08/2020) por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2020, de concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial
Para más información: https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/RCI/Paginas/Index.aspx