NOTA ACLARATORIA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
El Gobierno, en la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros de 14 de marzo de 2020 aprobó́ el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Entre otras normas dictadas para la gestión del estado de alarma, destaca el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. Esta norma establece un permiso de carácter obligatorio y limitado en el tiempo entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos), para todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que prestan servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollan las actividades no esenciales.
En consecuencia, desde las 00 horas del día 10 de abril se vuelve a la situación establecida por el RDL 463/2020 de 14 de marzo, en todo el territorio nacional.
Adjuntamos los siguientes documentos relacionados:
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