MEDIDAS DE CONTROL DE FRONTERAS
Desde este jueves no se podrá volar a Canarias ni a Baleares desde cualquier aeropuerto español de la península. Así lo establece la orden del Ministerio de Transportes, firmada por José Luis Ábalos, en la que se establece que desde las cero horas del jueves, 19 de marzo, se prohíbe la realización de cualquier tipo de vuelo comercial o privado, con origen en cualquier aeropuerto situado en territorio nacional, que tenga como destino un aeropuerto situado en territorio de Canarias o de Baleares.
El ministerio argumenta la situación de emergencia pública provocada por el coronavirus y recuerda que los presidentes de Canarias y de Baleares solicitaron, por razones de salud pública, que se acordasen medidas para limitar el transporte de pasajeros en las conexiones aéreas entre la península y los dos archipiélagos, así como en los vuelos entre islas.
La prohibición se adelanta a hoy miércoles para el aterrizaje en todos los aeropuertos de Canarias y de Baleares de vuelos de aviación ejecutiva, taxi aéreo y operaciones similares, independientemente de su procedencia.
El Gobierno establece algunas excepciones para permitir la movilidad obligada de pasajeros por alguna de las actividades autorizadas en el real decreto por el que se declara el estado de alarma. En el caso de Canarias se autorizarán para esos casos excepcionales dos vuelos al día desde Madrid y Barcelona con destino Gran Canaria y Tenerife y uno al día a las islas desde Bilbao y Sevilla.
En el caso de Baleares se permitirá a las compañías aéreas que tengan programados vuelos durante el estado de alarma con origen en Madrid, Barcelona o Valencia y con destino a Palma de Mallorca quedan autorizadas a realizar un máximo de un vuelo diario de ida desde cada uno de los orígenes mencionados. También se permite un vuelo al día desde Madrid o Barcelona hacia Menorca e Ibiza, y entre estas dos islas y Palma.
Las restricciones recogidas en la orden del Ministerio de Transportes también afectan a las conexiones marítimas, de forma que desde este miércoles se prohíbe el desembarco de pasajeros en puertos canarios y que procedan de la península. Desde el jueves se prohíbe la entrada en puertos canarios de buques y embarcaciones de recreo. Las mismas restricciones se aplican en los puertos de Baleares para los buques de línea regular.
Disponen de toda la información detallada en la Orden TMA/246/2020, de 17 de marzo por la que se establecen las medidas a aplicar a las conexiones entre la península y la Comunidad Autónoma de Canarias y la Orden TMA/247/2020, de 17 de marzo, por la que se establecen las medidas de transporte a aplicar a las conexiones entre la península y la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
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