Entradas

SUBVENCIONES PROMOCIÓN EXTERIOR 2021 COMUNIDAD VALENCIANA

La Generalitat Valenciana, a través de la Dirección General de Internacionalización ha convocado, un año más, las ayudas para apoyar económicamente a las pymes valencianas, siempre con el objetivo de favorecer la internacionalización de las mismas e incrementar la presencia de la producción valenciana en el exterior.

Conscientes de la situación económica que las empresas valencianas están sufriendo en el marco de la crisis de la Covid-19, esta convocatoria se ha adaptado con el objetivo de apoyar a las pymes en la búsqueda de nuevos canales de comercialización, especialmente en el ámbito de la digitalización.

RESUMIMOS los aspectos más importantes de esta convocatoria:

PERIODO ELEGIBLE DE GASTOS: Desde el 1 de Julio de 2020 hasta el 30 de Junio de 2021.

FECHA PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN: Desde el 8 de febrero hasta el 16 de Julio de 2021.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTA AYUDA? Pymes con domicilio fiscal y social en la Comunitat Valenciana.  

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN: Hasta un 50 % de los gastos subvencionables presentados.  Se establece en 100.000 € el presupuesto máximo elegible.

¿QUÉ ME PUEDEN SUBVENCIONAR EN ESTA AYUDA?

  1. Participación de forma agrupada o individual en ferias internacionales celebradas en el estado español, que tengan el reconocimiento oficial de “internacional” de la Secretaria de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
  2. Participación de forma agrupada o individual en ferias internacionales que se celebren fuera del estado español.

En la actuación 1 y 2, únicamente se considera subvencionable el espacio (metros cuadrados). Si derivado de las limitaciones que impone la crisis COVID-19, estas ferias se realizaran en formato virtual, se considerarán gastos subvencionables las tarifas abonadas por la participación virtual.

  1. Gastos de alojamiento y desplazamiento a los mercados internacionales: facturas de hoteles, facturas de billetes de avión, autobús u otro medio de transporte público.

Se considerarán apoyables los gastos derivados de la realización de las pruebas PCR o de otras pruebas diagnósticas de COVID-19 que sean requisito necesario para viajar a mercados estratégicos para la empresa y que vayan vinculados a los viajes descritos en el párrafo anterior.

  1. Publicidad en medios extranjeros
  2. Publicidad o inscripción en portales o directorios online y mercados electrónicos internacionales. Máximo en esta partida: 50.000 €.

En este apartado se considerará subvencionable la publicidad (CPC COSTE POR CLIC) en Google Adwords, Facebook ADS, Linkedin ADS, Twitter ADS, Pinterest ADS y publicidad en banners de portales internacionales o coste por suscripción a directorios internacionales.

  1. Gastos de agencias de comunicación para campañas de comunicación internacional y campañas web para la gestión de contenidos en diferentes idiomas para su destino a redes sociales o medios de comunicación online. Campañas de email marketing, optimización SEO para otros países y creación y gestión de perfiles sociales para otros mercados.
  2. Servicios para el proceso de registro de marca a nivel internacional.
  3. Servicios relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional de los productos.
  4. Creación de páginas web y elaboración de material promocional, transporte de muestras sin valor comercial, contenidos audiovisuales, catálogos, folletos y cartelería diversa, así como la adaptación correspondiente a los mercados internacionales. Se aceptarán tanto en formato físico como digital y hasta un importe máximo de 50.000 €.
  5. Gastos de personal técnico en comercio exterior, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa. Será considerado gasto subvencionable el salario bruto del personal técnico en comercio exterior, contratado desde el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021, siempre que sea un salario bruto anual de un mínimo de 23.000 € y la duración del contrato sea como mínimo de 12 meses. Si el solicitante es industria creativa o cultural, autónomo o microempresa se admitirá hasta 10.000 € los gastos de empresas externas contratadas para el desarrollo del plan de promoción exterior.
  6. Servicios por la participación en pliegos de licitaciones en mercados exteriores, así como su traducción si fuera necesaria.
  7. Otros servicios y gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción internacional, realizados de forma virtual o presencial para captación y/o consolidación de clientes en el extranjero; por ejemplo, organización de showrooms, demostraciones, entradas a las ferias internacionales u otro tipo de eventos organizados. 
  8. En el caso de Reino Unido, gastos de consultoría o de formación relativos a nuevos controles, tramitación aduanera o accesos limitados que puedan variar sus procesos de fabricación y de logística. Hasta 10.000 €.

La presentación de la documentación justificativa se presentará en el mismo momento de presentar la solicitud, que obligatoriamente se realizará de forma telemática con firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada. AEC queda a su disposición para cualquier duda o cuestión relacionada con este apoyo y pone a su disposición el servicio de asesoramiento técnico y gestión de esta subvención