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Nueva Convocatoria proyectos de Colaboración Público Privada.

Ante la reciente publicación de la convocatoria “AYUDAS A PROYECTOS DE COLABORACIÓN PÚBLICO – PRIVADA”, convocada por el Ministerio de Ciencia e Innovación, que ofrece subvenciones a fondo perdido, les informamos de los puntos más relevantes de la misma:

BENEFICIARIOS

  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas y sus institutos universitarios.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados
  • Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
  • Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Centros privados de I+D+i, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Empresas.
  • Asociaciones empresariales sectoriales.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS 

De cuantía. El presupuesto mínimo del proyecto será de 400.000 euros. Asimismo, el presupuesto máximo será de 15 millones de euros.

De duración. Los proyectos tendrán una duración de tres años. La fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y estar comprendida a lo largo del año 2023.

De participación:

  • El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa.
  • El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado.
  • La participación mínima por entidad será del 10 % del presupuesto total del proyecto.
  • La suma de los % de participación empresarias (empresas + asociaciones empresariales sectoriales) deberá constituir un mínimo de 51% del presupuesto, sin que ninguna entidad corra con más del 70% del presupuesto del proyecto.
  • Los organismos de investigación tendrán derecho a publicar los resultados derivados directamente de la investigación realizada por ellos.

De actividad: Los proyectos no podrán implicar actividades que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Costes directos, que incluyen entre otros los siguientes costes:

  • Costes de personal.
  • Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero («leasing»), mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales.
  • Gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas.
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • Costes de patentes generadas por el proyecto (excepto para grandes empresas).
  • Costes de consultoría de gestión y justificación del proyecto. 
  • Contratos y asistencias técnicas.
  • Subcontratación de actividades del proyecto.
  • Viajes.

Costes indirectos. Consultar las Bases.

INTENSIDAD DE LA AYUDA

  • Pequeñas empresas: 60 %.
  • Medianas empresas: 50 %.
  • Grandes empresas: 40%.

BOLSA ECONÓMICA

260.000.000 euros.

Programa financiado por el Mecanismo de Recuperación y resiliencia.

PLAZO DE SOLICITUD

Hasta el 7 de marzo de 2023 a las 14:00 h.

Más Información:

Orden de 28 de diciembre de 2022

Convocatoria de las Ayudas.

Bases de las Ayudas.