El Congreso Go Global se cancela debido a las circunstancias excepcionales provocadas por la DANA en Valencia

La novena edición del Congreso Go Global se cancela debido a las circunstancias excepcionales provocadas por la DANA en Valencia.

El Congreso Go Global se cancela debido a las circunstancias excepcionales provocadas por la DANA en Valencia. La novena edición de este congreso se iba a celebrar los días 13 y 14 de noviembre en IFA Fira Alacant, con la asistencia de la Red Exterior de Ivace+i Internacional y de un nutrido grupo de empresas importadoras.

Ante la situación creada por la DANA, se considera prioritario destinar los esfuerzos y recursos a ayudar a las personas y empresas afectadas por las inundaciones, con la cancelación de eventos como este congreso.

Go Global está impulsado por Ivace+i Internacional, dependiente de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, las Cámaras de Comercio de la Comunidad Valenciana e ICEX España Exportación e Inversiones.

Lamentamos las molestias que pueda ocasionar esta cancelación.

AEC destina una ayuda económica de 3.000 euros a los afectados por la DANA

Desde AEC y en nombre de los empresarios y trabajadores que formamos parte de esta asociación, queremos enviar un mensaje de apoyo y solidaridad a todas las personas afectadas por la tragedia provocada por la DANA en Valencia. Los recientes acontecimientos han dejado una huella de dolor en nuestra comunidad y en nuestro país, que por desgracia ha dado la vuelta mundo. Y sabemos que muchos de vosotros tenéis familias, amigos o conocidos que se han visto impactados por esta catástrofe.

En momentos como estos, nuestra fuerza y unión como sector se hace más evidente. La industria del calzado siempre ha sido un pilar para muchas familias y un motor de progreso para nuestra región, pero también somos una comunidad que se respalda mutuamente en tiempos de adversidad, prueba de ello son todas las muestras de solidaridad y cariño de los voluntarios que muestran el mayor despliegue ciudadano nunca visto, que se han volcado desinteresadamente con la ciudad de Valencia y sus poblaciones colindantes, ayudando en la limpieza y recuperación de las zonas afectadas por la DANA, a la vez que se donan cantidades ingentes de alimentos, agua, productos de limpieza y de primera necesidad, como calzado y ropa entre otros bienes de primera necesidad, para que en la medida de lo posible todos los afectados puedan volver a recuperar cuanto antes unos mínimos de dignidad, pues lo han perdido todo.   

No podemos cambiar lo sucedido, pero sí podemos comprometernos a ser parte activa en la reconstrucción, tanto en lo profesional como en lo humano. Desde las asociaciones nos comprometemos a seguir buscando formas de apoyar a quienes más lo necesitan, sumando esfuerzos para mitigar los efectos de esta tragedia.

Por eso desde AEC, hemos decidido destinar una pequeña ayuda económica de 3.000€ al margen de las ayudas personales que anónimamente cada uno de nosotros podamos haber realizado. Sabemos, que esta ayuda no es suficiente, pero es un granito de arena que ayudará a mitigar parte de las necesidades de los valencianos.

Esta ayuda ha sido destinada a través de la FUNDACIÓN CONCIÉNCIATE de Elche que está realizando una labor encomiable en colaboración del Ayuntamiento de Elche y todos los ilicitanos que han demostrado una vez más su fuerza, compromiso y espíritu solidario.

Gracias a todos desde AEC.

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Tendencias Primavera Verano 2026

El mates 05 de noviembre de 2024, tuvo lugar en el Centro de Congresos de Elche, la presentación de tendencias Primavera Verano 2026 del sector de los componentes para el calzado.

La Asociación Española de Empresas de Componentes para el Calzado y Marroquinería (AEC) celebró el pasado 5 de noviembre su presentación de tendencias para la temporada primavera-verano 2026 en el Centro de Congresos de Elche (Alicante). Como cada año, el evento congregó a destacadas figuras de la industria auxiliar del calzado y a autoridades políticas locales, reforzando una vez más la relevancia de Elche como epicentro de la innovación y el diseño en el sector.

La presentación, liderada por la consultora internacional Trendstop, ofreció a los asistentes una visión integral de las próximas novedades que definirán la temporada. La encargada de llevarla a cabo fue Tania Fontecilla, quien, entre los aspectos más destacados, subrayó la vuelta a las técnicas artesanales multiculturales, que aportan un valor único y humano al diseño, en contraste con la producción masiva. La moda se inclina hacia una estética de lujo atemporal donde los detalles hechos a mano y los acabados naturales ocupan un lugar central.

También puso énfasis en la creciente relevancia de los materiales sostenibles y regenerativos, como el cuero regenerado y la gamuza ecológica, que se presentaron como protagonistas de la temporada. Los tejidos de alto rendimiento combinarán cualidades técnicas modernas con una apariencia vintage, destacando por su capacidad para unir confort y estilo. La tendencia por las suelas gruesas y plataformas con bordes acolchados y formas redondeadas fue resaltada, así como la incorporación de técnicas innovadoras de perforaciones, pliegues y frunces que añaden complejidad y textura a los diseños.

En cuanto a las paletas de colores, los tonos urbanos como el blanco polvoriento y los grises asfalto se entrelazan con colores más intensos y vibrantes, tales como el cítrico, el púrpura vintage y el azul eléctrico. Estos contrastes buscan transmitir energía y sofisticación, aportando un equilibrio entre lo sutil y lo llamativo, explicó Fontecilla.

El calzado sigue diversificándose, con propuestas que van desde las sandalias vintage y mocasines elegantes hasta modelos más atrevidos como el chunky rocker y las piezas esculpidas. La integración de detalles como puntas en forma de cuchara y correas decorativas refuerza la mezcla de elementos contemporáneos y clásicos.

pdf logo Descargue la carta de colores Primavera Verano 2026

Si desea ver la presentación, podrá acceder a ella a través del siguiente video.

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Medidas urgentes de respuesta por la DANA

Se publica en el BOE el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. 

A continuación se destacan los puntos más relevantes desde el punto de vista empresarial.

Capítulo I. Disposiciones generales

Art. 1. Objeto y ámbito de aplicación. 

El apartado 1 define que el objeto de la norma es la adopción de medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA.

El apartado 3 delimita que las medidas adoptadas por la norma “serán de aplicación a las personas físicas y entidades públicas o privadas que hayan sufrido daños en sus bienes o derechos como consecuencia directa o indirecta de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), en los municipios incluidos en el anexo de esa norma, siempre que resulten acreditados de acuerdo con lo que se establezca en las disposiciones, convenios o cualesquiera otros instrumentos que se formalicen por las Administraciones Públicas en aplicación de lo dispuesto en este real decreto-ley”.

Capítulo II. Medidas de apoyo en materia de daños personales, vivienda, establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, a corporaciones locales, y a personas físicas y jurídicas

Art. 3. Ayudas destinadas a paliar daños personales, daños materiales en vivienda y enseres, y en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, y por prestaciones personales o de bienes de personas físicas o jurídicas.

El apartado 3 establece que, “Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 6, en el caso de daños a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, cuando la persona interesada hubiese sido indemnizada por el Consorcio de Compensación de Seguros con aplicación de la franquicia prevista en el artículo 9 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, se podrá conceder una subvención de hasta el 7% de la cuantía de los daños indemnizables producidos por el siniestro, hasta el importe máximo de 36.896 euroscontemplado en el artículo 28 del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, sin que, en ningún caso, la suma de esta subvención y la indemnización que corresponda abonar en concepto de seguro, o cualquier otra subvención o ayuda pública o privada, supere el valor del daño o perjuicio producido”.

Art. 6. Excepciones a la aplicación de la franquicia prevista en el artículo 9 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero.

El apartado 1 establece que “En las indemnizaciones del seguro de riesgos extraordinarios abonadas por el Consorcio de Compensación de Seguros como consecuencia de los daños en las cosas producidos en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios causados directamente por los hechos mencionados en el artículo 1 de este real decreto-ley, no se efectuará deducción alguna en concepto de franquicia en el caso de asegurados cuyo importe neto de cifra anual de negocios no supere los 6.000.000 euros.”

Y el apartado 2 establece que “En las indemnizaciones del seguro de riesgos extraordinarios abonadas por el Consorcio de Compensación de Seguros como consecuencia de los daños en las cosas producidos en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios causados directamente por los hechos mencionados en el artículo 1 de este real decreto-ley en el caso de asegurados cuyo importe neto de cifra anual de negocios supere los 6.000.000 euros, así como en el caso de la cobertura de pérdidas pecuniarias, se aplicará, en su caso, la franquicia prevista en la Orden ECC/2845/2015, de 23 de diciembre, por la que se regula la franquicia a aplicar por el Consorcio de Compensación de Seguros en materia de seguro de riesgos extraordinarios, sin perjuicio de las ayudas previstas en el artículo 3 de este real decreto-ley”.

Capítulo III. Medidas Fiscales

Artículo 8. Suspensión de los plazos para los obligados tributarios y para el cómputo de la duración máxima en los procedimientos tramitados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por los Tribunales económico-administrativos, y extensión de los plazos de presentación e ingreso de declaraciones y autoliquidaciones.

Los contribuyentes en zonas afectadas y con volumen de operaciones menor a 6.010.121,04 € podrán:

  • Presentar declaraciones y pagos tributarios hasta el 30 de enero de 2025.
  • Aplazar el ingreso de deudas tributarias hasta 24 meses, con exención de intereses de demora durante los primeros seis meses.
  • En los vencimientos de aplazamientos y fraccionamientos de deuda, los plazos se extenderán hasta el 5 de febrero de 2025.

En cuanto a los plazos de notificaciones e interposición de recursos con la AET, se extenderán hasta el 30 de enero de 2025, salvo en aquellos casos en los que el plazo previsto por la norma general sea superior.

Artículo 9. Inembargabilidad de las ayudas

Las ayudas previstas en el RD-Ley 6/2024 tendrán la consideración de inembargables a los efectos del artículo del artículo 169.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Artículo 11. Línea de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la DANA.

Se establece un sistema de ayudas directas para los obligados tributarios siempre que estuvieran dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores con fecha 28 de octubre de 2024.

La ayuda queda condicionada a que el beneficiario siga de alta en el censo con fecha 30 de junio de 20025.

El importe de la ayuda se aplicará en función del volumen de operaciones o importe neto de la cifra de negocios en 2023:

Volumen de operaciones/importe neto de la cifra de negocios ejercicio 2023 (M: millones de euros) Importe(euros)
≤ 1M10.000
> 1M ≤ 2M20.000
>2M ≤6M40.000
>2M ≤6M80.000
> 10M150.000

Los empresarios o profesionales personas físicas percibirán un importe único de 5.000 euros.

La solicitud se presentará en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se deberá de indicar la cuenta bancaria y una declaración responsable.

El formulario podrá presentarse desde el 19 de noviembre al 31 de diciembre de 2024.

La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria a partir del 1 de diciembre de 2024.

Las ayudas del artículo 11 no estarán sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 12. Beneficios fiscales

Exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondientes al ejercicio 2024.

Reducción en el impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondientes al ejercicio 2024, siempre que hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o cierre temporal.

Los contribuyentes que hubieran satisfecho los recibos correspondientes a dicho ejercicio fiscal, podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas.

Estarán exentas las tasas del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico para la tramitación de bajas de vehículos, duplicados de circulación o de conducción extraviados.

Estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales previstas en el artículo 3 del RD-Ley 6/2024.

Artículo 13. Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias

Para explotaciones y actividades agrarias afectadas por daños, se autoriza al Ministerio de Hacienda a reducir los índices de rendimiento neto en el método de estimación objetiva del IRPF y en el régimen simplificado del IVA.

Artículo 16. Periodo de ingreso del segundo plazo de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2023.

Para los obligados tributarios que no hubieran efectuado el ingreso del segundo plazo del pago del ejercicio 2023, se extiende el periodo voluntario de pago hasta el 5 de febrero de 2025, y se considerará al corriente de sus obligaciones tributarias.

En caso de domiciliación, a los obligados tributarios con domicilio fiscal en la provincia de Valencia, las entidades colaboradoras no harán el cargo hasta el 5 de febrero de 2025.

A los obligados tributarios en municipios afectados con pago domiciliado ya cobrado en el segundo plazo, se les retrocederá el cargo en tres días hábiles tras la notificación de la AET y se volverá a cargar el 5 de febrero de 2025.

Capítulo IV. Medidas en materia de Seguridad Social

Art. 18. ERTES FM: Exenciones en la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.

Las empresas titulares de códigos de cuenta de cotización con domicilio de actividad en las localidades del anexo de este real decreto-ley, que hayan visto o vean impedido o limitado el desarrollo de su actividad normalizada, a las que se les autorice un ERTE en base a lo previsto en el artículo 47.5 del ET, como consecuencia de los siniestros descritos en el artículo 1, tendrán derecho a los beneficios extraordinarios previstos en este artículo, en los términos regulados en los apartados siguientes

 Estas empresas podrán beneficiarse, respecto de las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas o reducidas, por los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión o reducción, de una exención del 100% de la aportación empresarial a que se refiere el artículo 153 bis del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, por contingencias comunes, profesionales y conceptos de recaudación conjunta, con respecto a las cuotas devengadas en el período afectado por la suspensión o reducción, correspondientes a los meses de noviembre de 2024 a febrero de 2025.

Según el apartado 3 de este artículo, que se remite a la disposición adicional 44 de la Ley General de la Seguridad Social, destacando lo dispuesto en los apartados 1 y 10, que se reproducen: 

  • Las exenciones reguladas en esta disposición se aplicarán respecto de las personas trabajadoras afectadas por las suspensiones de contratos o reducciones de jornada, en alta en los códigos de cuenta de cotización de los centros de trabajo afectados.
  • 10. Las exenciones en la cotización reguladas en la presente disposición adicional estarán condicionadas al mantenimiento en el empleo de las personas trabajadoras afectadas durante los seis meses siguientes a la finalización del periodo de vigencia del expediente de regulación temporal de empleo. (SALVAGUARDA DEL EMPLEO)

Las empresas que incumplan este compromiso deberán reintegrar el importe de las cotizaciones de cuyo pago resultaron exoneradas en relación a la persona trabajadora respecto de la cual se haya incumplido este requisito, con el recargo y los intereses de demora correspondientes, según lo establecido en las normas recaudatorias de la Seguridad Social, previa comprobación del incumplimiento de este compromiso y la determinación de los importes a reintegrar por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

No se considerará incumplido este compromiso cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado como procedente, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora. Tampoco se considera incumplido por el fin del llamamiento de las personas con contrato fijo discontinuo, cuando este no suponga un despido sino una interrupción del mismo. 

En particular, en el caso de contratos temporales, no se entenderá incumplido este requisito cuando el contrato se haya formalizado de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores y se extinga por finalización de su causa, o cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación. 

Artículo 19. Aplazamiento y moratoria en el pago de la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.

Se faculta a las empresas titulares de códigos de cuenta de cotización con domicilio de actividad en las localidades del anexo de este real decreto-ley y trabajadores por cuenta propia con domicilio de residencia o actividad en dichas localidades, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, a solicitar, siempre que se encuentren al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social y no tuvieran otro aplazamiento en vigor, el aplazamiento o moratoria en el ingreso de las cuotas de la Seguridad social y otros conceptos de recaudación conjunta.

  • Aplazamiento: cuyo devengo tenga lugar entre los meses de octubre de 2024 a enero de 2025, en el caso de empresas, y entre los meses de noviembre de 2024 a febrero de 2025 en el caso de trabajadores autónomos.
  • Moratoria: cuyo devengo tenga lugar, en el caso de las empresas, entre los meses de noviembre de 2024 a febrero de 2025, y, en el caso de trabajadores por cuenta propia, entre los meses de diciembre de 2024 a marzo de 2025.

Artículo 20. Ampliación del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.

El plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, así como el de presentación de las correspondientes liquidaciones, y liquidaciones complementarias por parte de las empresas, cuyo devengo tenga lugar en los meses de octubre de 2024 a enero de 2025, queda ampliado en un mes.

Artículo 21. Suspensión de los procedimientos de recaudación de las cuotas de Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.

Suspensión desde el 7 de noviembre de 2024 hasta 28 de febrero de 2025

Artículo 22. Ampliación del plazo de ingreso de cuotas devengadas con anterioridad a la catástrofe natural.

Se podrán realizar en el mes de noviembre de 2024, sin aplicación de recargo o interés alguno.

Artículo 23. Ampliación del plazo para solicitar bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.

  • Las solicitudes de baja de los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia que tengan lugar como consecuencia del cese de la actividad derivada de la situación de emergencia, con efectos comprendidos entre el día 28 de octubre de 2024 y el 28 de febrero de 2025, se podrán presentar dentro del plazo de los treinta días naturales siguientes al del cese en el trabajo.
  • Las solicitudes de variaciones de datos que sean consecuencia del inicio o finalización de suspensiones o reducciones de jornada, así como las modificaciones de estas últimas, en la relación laboral como consecuencia de un ERTE se podrán solicitar hasta el momento en el que se presente la última solicitud del cálculo de la liquidación de cuotas en la que deban surtir efectos en materia de cotización a la Seguridad Social.

Artículo 24. Medidas para los trabajadores por cuenta propia.

  • Aquellos trabajadores afectados que cesen su actividad por motivo del impacto de la DANA podrán solicitar la prestación de cese de actividad sin que tengan que acreditar que existe fuerza mayor ni acreditar el requisito de periodo mínimo de cotización.
  • El tiempo en que se perciban estas prestaciones por cese de actividad, no se computarán a efectos del consumo de los periodos máximos de percepción.

Artículo 25. Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los procesos de incapacidad temporal, y pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia. Exclusivamente a efectos de la prestación económica.

Artículo 26. Medidas para la tramitación de determinados procedimientos de las entidades gestoras de la Seguridad Social.

En aquellos supuestos en los que, al hallarse el domicilio de la persona interesada en alguna de las localidades del anexo de este real decreto-ley, no pudiera presentar un documento preceptivo para el reconocimiento, mantenimiento o revisión del derecho a prestaciones de la seguridad social, se podrá admitir una declaración responsable sobre los datos o documentos que pretenda hacer valer.

Artículos 27 y 28. Incremento extraordinario en la prestación del ingreso mínimo vital y de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

Incremento de un 15% respecto a las mensualidades de noviembre de 2024 a enero de 2025, ambas incluidas. 

CAPÍTULO V: Medidas destinadas a los hogares, empresas y autónomos

Sección 1ª. Líneas de avales

Artículo 29. Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a hogares, empresas y autónomos.

El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, otorgará avales a la financiación concedida por entidades de crédito a hogares, empresas y autónomos para sufragar los datos de la DANA.

El Ministerio concederá avales por un importe máximo de 5.000 millones de euros hasta el 31 de diciembre de 2025.

Sección 2.ª Medidas de suspensión de obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos con y sin garantía hipotecaria

Artículo 35. Solicitud de las moratorias.

Los deudores podrán solicitar hasta 3 meses desde la entrada en vigor del RD-Ley 6/2024 la suspensión de las obligaciones.

CAPÍTULO VI: Medidas de carácter complementario

Sección 1.ª Medidas en el ámbito judicial, notarial y registral

Artículo 43. Medidas en el ámbito notarial.

Los notarios llevarán a cabo medidas de apoyo a los afectados a fin de prestar asesoramiento notarial, recuperar documentación destruida, facilitar la prueba documental de derechos existentes y dar solución a otras dificultades

Artículo 44. Medidas en el ámbito registral.

El Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España emitirá de forma gratuita notas de localización de patrimonio inmobiliario u otros bienes o derechos inscritos cuando sus titulares hayan perdido su documentación.

Sección 2.ª Medidas de protección de personas consumidoras

Artículo 46. Ejercicio del derecho de desistimiento u otros derechos establecidos contractualmente.

Desde el 29 de octubre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, quedan suspendidos los plazos para ejercer el derecho de desistimiento de los contratos, así como otros derechos adicionales establecidos contractualmente, para las personas consumidoras afectadas. A su vez, estarán eximidas de presentar documentos que no hayan podido ser conservados u obtenidos debido a los efectos de la DANA

Artículo 47. Obligaciones derivadas de contratos afectados por la DANA.

Para contratos que resultasen de imposible cumplimiento de forma definitiva, ambas partes quedan liberadas de su cumplimiento. Las cantidades abonadas deben devolverse en un máximo de 30 días, sin compensación adicional.

Para contratos de servicios interrumpidos temporalmente, las personas consumidoras pueden elegir entre resolver el contrato sin penalización o posponer el servicio. En estos casos, el cobro de futuras mensualidades se detiene hasta que el servicio se reanude con normalidad.

Para contratos de transporte, las personas afectadas pueden resolver contratos de transporte sin penalización antes del inicio del servicio, obteniendo un reembolso completo.

No se aplica a contratos de préstamos y créditos.

Disposición adicional sexta. Medidas de gestión de residuos. 

Para los residuos generados en las zonas afectadas por la DANA, y los generados durante el proceso de limpieza y recuperación: 

  • Se suspende la aplicación de los procedimiento de admisión de residuos en vertedero (art.14 RD 646/2020), de traslado de residuos para ser depositados en vertederos de la misma CCAA o limítrofes (RD 553/2020), la necesidad de comunicación previa de instalaciones móviles (art. 33.5 Ley 7/2022), la comunicación previa exigida en caso de que el transporte de residuos se hiciera por empresas diferentes a las registradas en el Registro de Producción y Gestión de Residuos (art. 35.2 Ley 7/2022), las obligaciones de separación, acopio, envasado y etiquetado y separación de los residuos cuando ello no sea posible (art. 20, 21, 23 Ley 7/2022), las obligaciones de recogida separada de los residuos (art.25.2 Ley 7/2022) en tanto no se haya reemplazado la infraestructura de gestión de residuos, la obligación de separación de los residuos de construcción y demolición (art. 30 Ley 7/2022).
  • La recogida y gestión de residuos se declara servicio esencial, especialmente los de competencia local y los residuos sanitarios. Las modificaciones de las autorizaciones ambientales y de otro tipo que puedan ser necesarias para la gestión de los residuos se llevará a cabo de oficio por la administración autonómica, previa audiencia del titular de la instalación, como único trámite.

Disposición adicional séptima. Medidas aplicables a las autorizaciones de vertidos al dominio público hidráulico.

En el caso de imposibilidad de cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones de vertidos al dominio público hidráulico como consecuencia de la DANA, quedarán suspendidas las exigencias de la legislación de aguas. Para que la suspensión sea efectiva, el titular de la autorización presentará una declaración responsable ante la administración hidráulica en la que se especifique las condiciones de imposible incumplimiento.

Disposición adicional novena. Excepción de la obligación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

Las personas peticionarias de las ayudas estarán exceptuadas del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social establecido en los artículos 13.2 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Disposición adicional undécima. Plazo del deber de solicitud de concurso.

Hasta el levantamiento de la suspensión de los plazos procesales a que se refiere la disposición adicional décima, el deudor que se encuentre en estado de insolvencia actual, y cuyo domicilio se encuentre en alguno de los municipios del anexo de este real decreto-ley, no tendrá el deber de solicitar la declaración de concurso o la apertura de procedimiento especial.

pdf logo BOE – RDL 6/2024 de medidas urgentes contra los efectos de la DANA.

Línea de apoyo empresarial de la CEV

La Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV) ha puesto en marcha una línea de apoyo para las empresas afectadas por la DANA. La CEV ha habilitado un registro en línea para que las empresas interesadas en colaborar puedan facilitar sus datos de contacto. Esta lista se compartirá con la administración para coordinar de forma eficiente las ayudas y apoyos necesarios. Las empresas pueden registrarse y acceder al enlace de ayuda a través del siguiente link pulsando sobre la imagen.

AEC invita a todas las empresas asociadas afectadas a informar sobre su situación y, en caso de necesitar ayuda adicional, a utilizar este enlace de registro para facilitar la coordinación de las medidas de apoyo.

AEC se suma a los esfuerzos de ayuda

En solidaridad con el sector y las empresas afectadas, AEC se une a la iniciativa de apoyo del Ayuntamiento de Elche, la Fundación Conciénciate y la CEV. La asociación sigue trabajando para ayudar a mitigar el impacto de esta catástrofe en la industria, brindando orientación y soporte a sus miembros y coordinando esfuerzos para la recuperación económica del sector conjuntamente con la administración.

Dispositivo solidario del Ayuntamiento de Elche y la Fundación Conciénciate

El Ayuntamiento de Elche, en colaboración con la Fundación Conciénciate, ha activado un dispositivo solidario de ayuda urgente dirigido a las personas afectadas por la DANA. Esta acción se realiza en coordinación con la Generalitat Valenciana y estará en funcionamiento desde hoy hasta el sábado 2 de noviembre, en horario ininterrumpido de 9:00 a 21:00 horas.

El dispositivo se centra en la recogida de alimentos y productos básicos. Se solicita la colaboración ciudadana con artículos como sacos de dormir, mantas, ropa en buen estado y ropa interior nueva, productos de higiene personal, cubos, palas y escobas grandes, además de alimentos y bebidas como agua, zumos, leche, comida enlatada, galletas y bollería envasada.

En concreto, estarán abiertos hasta este sábado 2 de noviembre los centros sociales de Altabix, El Raval, Poeta Miguel Hernández, Carrús y Torrellano, además de la sede de la Fundación Conciénciate en la calle Alférez Cosidó nº 40. Por otra parte, se ha puesto a disposición de los ciudadanos el nº de Bizum 0695 para cualquier donación.

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AEC pone en marcha una línea de apoyo para las empresas afectadas por la DANA.

Desde la Asociación Española de Empresas de Componentes para el Calzado (AEC), queremos transmitir nuestro más sincero apoyo a todas las personas y empresas que se han visto afectadas por el reciente temporal de lluvias intensas provocadas por la DANA. Somos conscientes de que este fenómeno ha generado importantes daños materiales y afectado a numerosas actividades económicas en nuestra región, impactando especialmente a nuestra industria de manera directa o indirecta.

En estos momentos de dificultad, reafirmamos nuestro compromiso con todos los asociados. Desde AEC, necesitamos poder evaluar el impacto que la DANA haya podido causar en nuestro sector, para poder conocer y determinar las medidas que la administración deberá adoptar, así como los recursos de apoyo que deberán destinar para poder ayudar a mitigar el impacto sufrido.

Por este motivo, les informamos que estamos en contacto directo con las administraciones públicas y entidades de apoyo a empresas para colaborar en la implementación de las posibles ayudas o medidas de alivio que puedan beneficiar a las empresas afectadas. Para lo cual y si lo consideran oportuno, pueden informarnos de su situación respondiéndonos a través del siguiente formulario.

Asimismo, queremos recordarles que AEC está a su disposición para brindar orientación y soporte en cualquier gestión o trámite que puedan necesitar en relación a las consecuencias de esta emergencia.

MECANISMOS DE APOYO PARA EMPRESAS Y EMPLEADOS

Estos son los mecanismos de apoyo disponibles para sus empresas y empleados a fecha de hoy, a falta de las ayudas que en breve se destinarán desde la Administración, Centrales, Autonómicas y Locales para poder hacer frente a las necesidades de los afectados.  

  1. ERTEs por Fuerza Mayor

Las empresas afectadas por la DANA en la Comunitat Valenciana pueden acogerse a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor.

Este instrumento proporciona protección por desempleo a sus plantillas y cuenta con exenciones en las cotizaciones.

  • Las empresas pueden solicitar este ERTE de manera voluntaria y disfrutar de exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de hasta el 90%.
  • Los empleados podrán percibir una protección por desempleo sin necesidad de contar con un periodo de cotización previo y sin consumir tiempo de prestación en caso de necesitarlo en el futuro.

Aquellas empresas que se vean en la necesidad de activar un ERTE/ERE por Fuerza Mayor, podrán hacerlo a través del enlace que adjuntamos.

Comunicación o solicitud de procedimiento de despido colectivo (expediente de regulación de empleo – ERE), o de suspensión de contratos de trabajo y de reducción de jornada (expediente de regulación temporal de empleo – ERTE) (excluido ERTE-Mecanismo RED). Trabajo.

  1.  Coberturas de Seguros

En relación a la cobertura de seguros adjunto encontrará documento con información de UNESPA y del Consorcio de Compensación de Seguros a través del siguiente enlace.

pdf logo Coberturas de Seguros.

Agradecemos la resiliencia y el esfuerzo de cada uno de ustedes y nos mantenemos firmes en nuestro compromiso de apoyo y solidaridad. Juntos superaremos esta situación y seguiremos adelante con la misma determinación que caracteriza a nuestro sector. Con todo nuestro apoyo, reciban un afectuoso saludo.

Elche, 01 de noviembre de 2024 – La Asociación Española de Empresas de Componentes para el Calzado (AEC) manifiesta su solidaridad y apoyo a las personas y empresas afectadas por el reciente temporal de lluvias intensas (DANA) que ha golpeado la región, provocando graves daños materiales y afectando de forma directa a múltiples sectores, incluido el de componentes para calzado y marroquinería.

Consciente de las dificultades actuales, AEC reafirma su compromiso con sus asociados y con el sector, y ha iniciado un proceso de evaluación para determinar el impacto de esta catástrofe en las empresas de la industria. La asociación está en contacto directo con las administraciones públicas para coordinar y colaborar en la implementación de ayudas y medidas de apoyo para mitigar el impacto sufrido.

Para lo cual, AEC en colaboración con la Dirección General de Industria de la Generalitat Valenciana, anima a todas las empresas asociadas afectadas a informar sobre su situación y, en caso de necesitar ayuda adicional, a utilizar este enlace de registro para facilitar la coordinación de las medidas de apoyo.

Dispositivo solidario del Ayuntamiento de Elche y la Fundación Conciénciate

El Ayuntamiento de Elche, en colaboración con la Fundación Conciénciate, ha activado un dispositivo solidario de ayuda urgente dirigido a las personas afectadas por la DANA. Esta acción se realiza en coordinación con la Generalitat Valenciana y estará en funcionamiento desde hoy hasta el sábado 2 de noviembre, en horario ininterrumpido de 9:00 a 21:00 horas.

El dispositivo se centra en la recogida de alimentos y productos básicos. Se solicita la colaboración ciudadana con artículos como sacos de dormir, mantas, ropa en buen estado y ropa interior nueva, productos de higiene personal, cubos, palas y escobas grandes, además de alimentos y bebidas como agua, zumos, leche, comida enlatada, galletas y bollería envasada.

En concreto, estarán abiertos hasta este sábado 2 de noviembre los centros sociales de Altabix, El Raval, Poeta Miguel Hernández, Carrús y Torrellano, además de la sede de la Fundación Conciénciate en la calle Alférez Cosidó nº 40. Por otra parte, se ha puesto a disposición de los ciudadanos el nº de Bizum 0695 para cualquier donación.

Línea de apoyo empresarial de la CEV

La Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV) ha puesto en marcha una línea de apoyo para las empresas afectadas por la DANA. La CEV ha habilitado un registro en línea para que las empresas interesadas en colaborar puedan facilitar sus datos de contacto. Esta lista se compartirá con la administración para coordinar de forma eficiente las ayudas y apoyos necesarios. Las empresas pueden registrarse y acceder al enlace de ayuda a través del siguiente link pulsando sobre la imagen.

AEC invita a todas las empresas asociadas afectadas a informar sobre su situación y, en caso de necesitar ayuda adicional, a utilizar este enlace de registro para facilitar la coordinación de las medidas de apoyo.

AEC se suma a los esfuerzos de ayuda

En solidaridad con el sector y las empresas afectadas, AEC se une a la iniciativa de apoyo del Ayuntamiento de Elche, la Fundación Conciénciate y la CEV. La asociación sigue trabajando para ayudar a mitigar el impacto de esta catástrofe en la industria, brindando orientación y soporte a sus miembros y coordinando esfuerzos para la recuperación económica del sector.

Con todo nuestro apoyo, reciban un afectuoso saludo. AEC Siempre al Servicio de sus Asociados.

Participación agrupada en Lineapelle Milán Febrero 2025

Desde AEC se convoca la participación agrupada en el evento LINEAPELLE MILÁN que se celebrará del 25 al 27 de febrero de 2025 en el recinto ferial Fiera Milano Rho, donde se presentará la temporada primavera-verano 2026.

La feria Lineapelle Milán está considerada como la más importantes del sector a nivel mundial. En la última edición septiembre 2024, participaron 1.259 expositores, de los cuales 689 fueron italianos y el resto provenientes de 43 países. El 43 % de los expositores pertenecían al sector de curtidos, el 38% a componentes y accesorios, el 16% a tejidos y sintéticos y el 3% restante a otros sectores (químicos, revistas, escuelas, etc.). Según los organizadores, se recibió un total de 23.800 visitantes, siendo el 57% de Italia y el 43% procedentes de 112 países.   En el siguiente enlace puedes descargarte la convocatoria de la Ayuda ICEX con toda la información : FA-LINEAPELLE-MILAN-I-2025-ITALIA-AEC.pdf

ADENDA – CONVOCATORIA LINEAPELLE ADENDA-FA-LINEAPELLE-MILAN-I-2025-ITALIA-AEC.pdf

VII Congreso de Tecnologías Emergentes 14 de noviembre de 2024

El evento se celebrará el 14 de noviembre en el hub de innovación La Harinera de València

La VII edición del Congreso de Tecnologías Emergentes para Ecosistemas 4.0 debatirá sobre los retos que enfrentan las compañías tecnológicas en el proceso de desarrollo de software con Inteligencia Artificial (IA) para que estén alineados con la sostenibilidad y la diversidad.

El congreso, que se celebrará el 14 de noviembre en La Harinera de València, bajo el título “Inteligencia Artificial para un futuro responsable” está organizado por la Asociación de Empresas de Tecnología, Consultoría e Innovación de la Comunitat Valenciana (AECTA).

Emergentes 2024 contará con más de 30 expertos/as y tecnólogos/as que abordarán los retos de la IA en varias mesas de debate y ponencias, desde la perspectiva de la sostenibilidad y la diversidad de género. 

En este sentido, la presidenta de AECTA, Nuria Lloret, explica que “ya existen congresos que abordan solo la vertiente tecnológica de la IA, pero nuestra seña diferenciadora es precisamente ver la perspectiva de cómo estas herramientas de IA van a repercutir en la parte de gestión de las empresas en los puntos de sostenibilidad y diversidad. Y también ver cómo las empresas de tecnología pueden mejorar sus desarrollos para que estén más alineados con estos dos puntos. Por tanto una visión no solo tecnológica sino también humanista de la IA”.   

Esta VII edición del Congreso de Tecnologías Emergentes para Ecosistemas 4.0 cuenta con el apoyo de Ajuntament de València-Valencia Innovation Capital, Valencia Región Digital Innovation Hub y València Capital Verde Europea 2024 y el patrocinio de Metric Salad, Fundación Integralia DKV y Caixa Popular.  

Sostenibilidad y diversidad

Tras la apertura institucional, la conferencia inaugural correrá a cargo del socio fundador y CEO de Grupo Mática, Marc Serra  en la que abordará la “Inteligencia artificial, ética y sostenibilidad para el futuro”. 

De la mano del profesor de Dirección Estratégica, de Empresas internacionales y Estrategias Corporativas y Entrepreneurship en Florida Universitaria, Adrián Broz, se conocerá “El laboratorio de los ODS en la Comunitat Valenciana: Desarrollo y Desafíos Empresariales”. Mientras que la siguiente ponencia, bajo el título “Sostenibilidad inteligente, artificialmente sostenible”, será pronunciada por Carlos Llorca, director Consulting División Territorios de Sopra Steria.  

La primera mesa de debate centrará el foco en la diversidad funcional, con el título “Rompiendo barreras; Inteligencia Artificial al servicio de la diversidad funcional”, y estará moderada por el director adjunto de Levante de Sopra Steria, Javier Saurí.

María Dapena, ambassador for Spain de Women in AI, hablará sobre la diversidad en la Inteligencia Artificial en su conferencia “Inteligencia Artificial y diversidad, la nueva asignatura pendiente de la IA”. Y la presidenta de AECTA, Nuria Lloret, concluirá el ciclo de mesas de debate de la mañana con la mesa redonda “La Inteligencia Artificial y la ética”.

Casos de éxito en IA, sostenibilidad y diversidad

A lo largo de la tarde, se darán a conocer casos de éxito de proyectos en los que confluyen la Inteligencia Artificial, la diversidad y la sostenibilidad de la mano de la conductora de presentación de estos proyectos, Mª Dolores Reyes Tolosa. Y también habrá un panel de expertos de socios de AECTA.

Las dos mesas de debate de la tarde se centrarán en “Guardianes del mañana; IA Ética y Sostenibilidad en la Encrucijada del futuro” y la discapacidad en la IA, y estarán dirigidas por la vicepresidenta de AECTA y CEO de Santiago Consultores, Ofelia Santiago, y el subdirector de la Fundación Integralia DKV, Javier de Oña.

 “Las empresas ya están utilizando en la actualidad herramientas de IA para la selección de personal, el análisis de perfiles y carreras profesionales, por ello creemos que es fundamental que las compañías conozcan y sepan los sesgos con los que cuentan estas herramientas y que aprendan a utilizarlas para que esa selección no deje fuera a una gran parte de la población”, subraya la presidenta de AECTA, Nuria Lloret.

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Para más información y entradas en : https://tecnologiasemergentes.es/

Participación agrupada en Lineapelle New York Enero 2025

Desde AEC se convoca la participación agrupada en el evento LINEAPELLE NEW YORK que se celebrará del 29 al 30 de enero de 2025 en el Metropolitan Pavilion, en el 125 West, 18th Street, New York, NY 10011.

En la edición de julio 2024 expusieron 115 empresas, de las cuales el 76% eran expositores de curtidos, el 12% de accesorios y componentes, el 9% sintéticos y tejidos, 3% químicos y servicios.

Por países predominaron las empresas italianas con un total de 38%, seguidas por Francia con un 16%. Brasil con un 12% y España con un 8%. También expusieron otros países como Alemania, China, EEUU, India, México, Paquistán, Reino Unido y Turquía.

Descárgate la convocatoria en el siguiente enlace: FA-LINEAPELLE-NEW-YORK-I-2025-EE-UU-AEC.pdf

Participación agrupada en Lineapelle London Enero 2025

Desde AEC se convoca la participación agrupada en el evento LINEAPELLE LONDRES que se celebrará el 21 de enero de 2025, en el Ham Yard Hotel, en One Harm Yard. LONDON-WID 7DT.

Dicha exposición tiene un carácter selecto y en ella sólo pueden exponer empresas que previamente hayan sido seleccionadas por la organización ferial.

 En la pasada edición de julio 2024 expusieron un total de 42 empresas, de las cuales el 60 % eran expositores de curtidos, el 21% de accesorios y componentes, y el 19% de tejidos y sintéticos. Participaron 5 países, Italia con un 62%, España con un 26%, Francia con un 7%, Portugal con un 3% y China 2%.

Descárgate la convocatoria de la exposición en el siguiente enlace: /FA-LINEAPELLE-LONDON-I-2025-REINO-UNIDO-AEC.pdf

Seminario Tendencias de Moda Primavera Verano 2026

AEC pone en marcha los seminarios de Tendencias de moda Primavera Verano 26, exclusivos para asociación de AEC.

Les damos la bienvenida a los nuevos seminarios de Tendencias de AEC para la temporada PRIMAVERA VERANO 2026, que celebraremos próximamente en la sede Social de AEC.

Los seminarios se celebrarán los días 19, 20 y 21 de Noviembre.

FECHAS DE CELEBRACIÓN:

  • El 19 de noviembre, análisis de las tendencias y los colores en general. 
  • El 20 de noviembre, análisis específico y aplicación de materiales, cueros, pieles y tejidos.
  • El 21 de noviembre, análisis específico y aplicación de adornos, grabados, trenzados, hormas, tacones, suelas y componentes. 

HORARIOS DE CELEBRACIÓN: de 9:30 – 12:30 horas de manera PRESENCIAL.

IMPORTANTE:
– Estos seminarios tienen un coste de 250€ por alumno y son exclusivos para asociados de AEC.
– Los seminarios se realizarán siempre que exista un número mínimo de personas.
– Los asistentes al seminario dispondrán de un informe resumen con las líneas generales de las tendencias.
– El alumno quedará inscrito en el seminario una vez haya efectuado el pago del importe total.

Para más información contacte con nosotros llamando al teléfono 965.460.158

pdf logo Más Información: Descarga la información de los seminarios pulsando aquí.