Agentes de innovación, incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas y doctorandos empresariales.
Descripción
Línea 1. Agentes de innovaciónPuesta en marcha de una red de agentes de innovación en universidades, centros de investigación y asociaciones empresariales y otras entidades de apoyo a la innovación para promover la explotación del conocimiento y su transferencia hacia las empresas.
Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)Incentivar la contratación de personas investigadoras y tecnólogas que desarrollen proyectos de I+D+i o realicen la implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía en empresas, o bien desarrollen proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodocto)Promover la formación de doctorandos y doctorandas en las empresas, propiciando la adquisición por parte de aquellos y aquellas de las habilidades necesarias para desarrollar proyectos de I+D en entornos empresariales y así incrementar el grado de tecnificación y capacidad innovadora de las plantillas de las empresas.
Beneficiarios
Línea 1. Agentes de InnovaciónUniversidades públicas y privadas sin ánimo de lucro integradas en RUVID, centros tecnológicos y organismos públicos de investigación. Institutos de investigación sanitaria, entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud que desarrollen actividad investigadora. Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos, así como otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico. Cualesquiera otras personas jurídicas del Sistema Valenciano de Innovación, públicas o privadas sin ánimo de lucro que faciliten la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o presten servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación.
Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
- Empresas encuadradas en las secciones C, D, E, F, divisiones 10 a 43, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
- Empresas de servicios intensivos en conocimiento, cuyo código de CNAE 2009 (NACE Rev 2) esté incluido en la clasificación de la Oficina de Estadística de la Unión Europea (Eurostat) accesible en:
- https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Glossary:Knowledge-intensive_services_(KIS)
Línea 3. Doctorandos o doctorandas empresariales (Innodocto)Empresas industriales o de servicios incluidas en cualquier epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), siempre que la tesis doctoral esté vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
Tipología de proyectos
Línea 1. Agentes de innovación
- Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.
- Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
- Sublínea 2.1 Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Esta sublínea está dirigida a empresas que contratan nuevo personal investigador con titulación universitaria o de grado superior en Formación Profesional, bien para llevar a cabo actividades propias de I+D+i o proyectos de implantación de tecnologías vinculadas a la nueva economía, o bien para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
- Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Inndocto)
- Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
- Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de la convocatoria de convocatorias anteriores.
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50% de los costes considerados como subvencionables para las PYMES y del 30% para grandes empresas. Sin superar los límites establecidos en el punto anterior, podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona contratada sea una doctoranda, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Solicitud
La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI, con firma y registro electrónico. Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación:
- Memoria descriptiva del proyecto.
- Presupuesto.
- En el caso de entidades solicitantes no inscritas en el Registro Mercantil:
- Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad solicitante.
- Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad que solicita la ayuda.
Si la citada documentación ya obra en poder de la AVI, y se mantiene vigente desde su última presentación:
- Declaración expresa de vigencia.
- Declaración expresa del representante legal de la entidad solicitante de que el proyecto no tiene carácter económico (en caso que la entidad solicitante sea un organismo de investigación y las actividades desarrolladas en el ámbito del proyecto tengan carácter no económico).
- En caso de presentación de la solicitud sea efectuada por persona física distinta al representante legal de la entidad solicitante:
- Autorización de representación a terceros.
Documentación Línea 1. Agentes de innovación
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.
- Plan de Trabajo para la persona Agente de la Innovación.
- Documentación acreditativa relativa a la persona contratada, a presentar junto con la memoria descriptiva del proyecto en el momento de la solicitud o tras la formalización del contrato, según proceda:
- Copia del contrato laboral suscrito, firmado por las partes y comunicado a los servicios públicos de empleo.
- Curriculum vitae actualizado. En el caso de los procesos selectivos no finalizados, las entidades que se rijan por sistemas de contratación públicos de personal, podrán aportar el boletín oficial de la Universidad u otros medios oficiales, donde consten los requisitos mínimos de los aspirantes.
- Copia del título o certificación académica que acredite estar en su posesión, así como certificados de idiomas, en su caso.
- Certificado de la vida laboral del personal contratado u otro documento emitido por la TGSS que acredita el grupo de cotización y el periodo de efecto.
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación
- Plan de Trabajo para la persona Agente de la Innovación.
Documentación Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
Sublínea 2.1, Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
- Documentación acreditativa relativa al personal contratado, a presentar junto con la memoria descriptiva del proyecto en el momento de la solicitud o tras la formalización del contrato, según proceda:
- Acreditación documental del proceso de selección del investigador llevado a cabo respetando las políticas horizontales en materia de igualdad de oportunidades y atendiendo a principios de publicidad suficiente y valoración profesional equitativa de los candidatos.
- Copia del contrato laboral suscrito, firmado por las partes y comunicado a los servicios públicos de empleo. Deberá incluir la mención de haber sido financiado por la AVI.
- Curriculum vitae actualizado.
- Copia del título o certificación académica que acredite estar en su posesión, así como certificados de idiomas, en su caso.
- Certificado de vida laboral de la persona contratada en el que figure el historial del trabajador y que acredite que no hay relación laboral, de carácter contractual previa con la empresa, en los 3 últimos años, así como el grupo de cotización.
Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico
- En el caso de haber sido sustituido el personal contratado en el marco de la convocatoria anterior se aportará el resto de documentación relacionada en la sublínea 2.1, salvo si ya hubiera sido presentada con anterioridad.
Documentación Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales
Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
- Convenio de colaboración entre la empresa y la universidad, de acuerdo al art. 15 bis.2 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
- Copia del contrato laboral suscrito, firmado por las partes y comunicado a los servicios públicos de empleo.
- Curriculum vitae del doctorando o doctoranda, preferentemente modelo normalizado (CVN) de la Fundación Española por la Ciencia y la Tecnología (FECYT).
- Copia del título o certificación académica.
- Certificado de vida laboral del personal contratado u otro documento emitido por la TGSS que acredite el grupo de cotización y el periodo de efecto.
- Acreditación de la matrícula o admisión en un curso oficial de doctorado
- La documentación citada en este apartado que en el momento de la solicitud no pudiera ser presentada por estar vinculada a la formalización de la matrícula en el curso de doctorado, deberá presentarse a la AVI inmediatamente después de su formalización por parte del doctorando o doctoranda.
Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa
- Acreditación de la matrícula o admisión en un curso oficial de doctorado.
- Convenio de colaboración marco con entre la empresa y la universidad, de acuerdo con el art. 15 bis.2 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva será desde el 13 de abril al 6 de mayo de 2022. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 24:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
Los proyectos anuales deberán realizarse entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.
Los proyectos plurianuales -con duración máxima de tres años-, deberán realizarse entre 1 de enero de 2022 y 30 de septiembre septiembre de 2024.
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación:
- En la primera fase de justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 6 de octubre de 2022, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2022, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán en la segunda fase de justificación.
- En la segunda fase de justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 1 de julio de 2023, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2023, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán en la tercera fase de justificación.
- En la tercera fase de justificación, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 2 de octubre de 2024, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2024 pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 9 de enero de 2025.
Requisitos de los proyectos
Línea 1. Agentes de innovación
- Como regla general, las entidades solicitantes podrán presentar como máximo dos solicitudes apoyando a una persona agente de la Innovación por cada solicitud. No necesariamente debe tratarse de una solicitud por sublínea.
- No obstante, cuando la entidad solicitante tenga la consideración de organismo de investigación, podrá presentar hasta tres solicitudes.
- Asimismo, cuando la entidad solicitante tenga la consideración de universidad pública podrá presentar hasta un máximo de seis solicitudes para la adscripción de agentes de innovación a sus grupos, institutos u otras estructuras de investigación y transferencia, con el límite de una solicitud por cada una de las estructuras referidas.
- La entidad solicitante deberá presentar un Plan de Trabajo para la persona contratada, en que se detallarán las actuaciones previstas para propiciar nuevas oportunidades de colaboración en I+D+i entre centros de investigación o universidades y empresas.
- El Plan de Trabajo incluirá información sobre los procesos que se seguirán para la identificación y formulación de ofertas y demandas tecnológicas, así como retos tecnológicos y de innovación multidisciplinar.
- El Plan informará sobre las actividades preparatorias de proyectos innovadores, promovidos por la entidad beneficiaria, que puedan dar lugar a la elaboración de proyectos, la realización de pruebas experimentales o de estudios previos (estado de la técnica, análisis viabilidad, recopilación normativa…), que lleven a una posterior realización de actividades de investigación aplicada y posterior trasvase a la actividad empresarial.
- La persona contratada deberá dedicarse de manera exclusiva a las tareas previstas en el Plan de Trabajo y deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Titulación universitaria y, preferentemente, experiencia en gestión de proyectos de I+D+i.
- Dominio del inglés hablado y escrito.
- Se tendrá en consideración la experiencia y/o formación complementaria en ámbitos técnicos de cooperación y gestión de la innovación, así como el conocimiento de otros idiomas.
- El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado, no siendo admisibles los contratos en prácticas. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en los grupos 1 y 2 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social debiendo acreditarse en el momento de la solicitud para contratos ya realizados. El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado por la AVI.
- En caso de que la persona que ejercerá las funciones de agente de la innovación ya estuviera contratada por la entidad con anterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda y/o a la fecha de inicio del plazo de ejecución del proyecto previsto en el resuelvo séptimo de esta convocatoria, el contrato deberá cumplir las condiciones recogidas en este apartado. En caso contrario deberá modificarse dicho contrato.
- En caso de rescisión del contrato laboral antes de la finalización del periodo elegible, la entidad deberá justificar adecuadamente el motivo de dicha rescisión, quedando asimismo obligada a la selección de un nuevo o nueva agente de perfil similar o equivalente. El no cumplimiento de esta condición podrá suponer la minoración o revocación de la ayuda percibida para la creación de este puesto. Cualquier incidencia o modificación en los contratos financiados con cargo a este programa, deberá comunicarse a la AVI en el momento en que se produzca. En la sublínea 1.2, deberá existir continuidad en la entidad de la persona apoyada en el ejercicio anterior entre el final del proyecto anterior y el inicio del actual una vez concedida la ayuda, con las salvedades descritas en este apartado.
- Los proyectos, de acuerdo con el artículo 33 de las bases reguladoras, deberán definir una transferencia medible de los resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
- Las entidades solicitantes solo podrán presentar dos solicitudes para el apoyo a una persona investigadora o tecnóloga por solicitud; no necesariamente debe tratarse de una solicitud por sublínea, con las limitaciones establecidas en la convocatoria, y pudiendo obtener financiación en un máximo de seis anualidades consecutivas.
- El nivel de empleo en la empresa se deberá haber mantenido entre el periodo comprendido entre la publicación de la convocatoria y la finalización del periodo elegible.
- La selección del profesional se deberá realizar respetando las políticas horizontales en materia de igualdad de oportunidades y atendiendo a principios de publicidad suficiente y valoración profesional equitativa de los candidatos.
- El personal contratado deberá dedicarse de manera exclusiva a las tareas de I+D+i, implantación de tecnologías o proyectos de consolidación previstos en la memoria descriptiva del proyecto.
- En caso de rescisión del contrato laboral antes de la finalización del periodo elegible, la empresa queda obligada a la selección y contratación de un nuevo investigador/a de perfil similar o equivalente. El no cumplimiento de esta condición podrá suponer la revocación de la ayuda percibida para la creación de este puesto. Cualquier incidencia o modificación en los contratos financiados con cargo a este programa, deberá comunicarse a la AVI en el momento en que se produzca. En la sublínea 2.2., deberá existir continuidad en la empresa de la persona apoyada en el ejercicio anterior de manera ininterrumpida entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente, con las salvedades descritas en este apartado.
- El personal a contratar deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Titulación universitaria o titulación de técnico superior en formación profesional.
- Estar en posesión de dicha titulación en la fecha de incorporación en la empresa.
- No haber estado vinculado laboralmente con la empresa beneficiaria ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma en los dos años anteriores a la fecha de formalización del contrato. En el caso de las empresas spin-off no será de aplicación este requisito si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.
- No tener, en el momento de presentación de la solicitud, participación en el capital de la empresa que solicita esta ayuda o en otra relacionada accionarial o socialmente con la misma, que suponga una capacidad de control directo o indirecto en la administración de la empresa. Con carácter general, esta participación no podrá superar el 25% del capital, no siendo de aplicación este criterio en el caso de las empresas spin-off.
- El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado, no siendo admisibles los contratos en prácticas . Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en los grupos 1 y 2 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, en el caso de titulados superiores, grupos 3, 4 y 5 en el caso de técnicos superiores de F.P. debiendo acreditarse en el momento de la solicitud para contratos ya realizados.
- El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado por la AVI, lo cual podrá indicarse en una adenda al contrato tras la concesión de la ayuda y, en el caso de la sublínea 2.1, deberá haberse suscrito durante la primera anualidad.
- Los proyectos, de acuerdo con el artículo 33 de las bases reguladoras, deberán definir una transferencia medible de los resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Inndoctos)
- Las entidades solicitantes podrán presentar como máximo tres solicitudes a la línea de doctorandos empresariales para el apoyo a una persona por solicitud, con las limitaciones establecidas en el apartado 3, y pudiendo obtener apoyo una misma persona doctoranda en un máximo de seis anualidades consecutivas. Teniendo en cuenta los proyectos que ya estén ejecutándose como consecuencia de convocatorias anteriores en el marco de esta línea, en ningún caso podrán simultanearse la ejecución de un número de proyectos superior a más de tres proyectos
- Los proyectos deberán ser realizados en empresas con sede o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana y las personas doctorandas deberán adscribirse a un centro de trabajo de la Comunitat Valenciana.
- Deberá suscribirse el convenio de colaboración marco entre la empresa y la universidad a que hace referencia el apartado 2 del artículo 15 bis (Mención Industrial en el título de Doctor) del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado.
- El proyecto de investigación estará relacionado directamente con la tesis doctoral a realizar.
- El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado, no siendo admisibles los contratos en prácticas. Solo se admitirán contratos relativos a trabajadores incluidos en el grupo 1 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social (categorías profesionales de ingenieros y licenciados) debiendo acreditarse en el momento de la solicitud para contratos ya realizados.
- Las personas doctorandas deberán estar admitidas o matriculadas en un programa de doctorado en el momento de presentación de la solicitud –o, en su defecto, estar en disposición de matricularse en las fechas previstas por la Universidad en que se cursará el doctorado, siempre dentro de las fechas de elegibilidad del proyecto. No estarán en posesión del título de doctor o doctora emitido por una universidad española o extranjera.
- El doctorando o doctoranda tendrá un tutor/a de tesis designado por la Universidad y un responsable designado por la empresa, que podrá ser, en su caso, director/a de la tesis de acuerdo con la normativa propia de doctorado.
- Las personas contratadas no deberán tener, en el momento de presentación de la solicitud, participación en el capital de la empresa que solicita esta ayuda o en otra relacionada accionarial o socialmente con la misma, que suponga una capacidad de control directo o indirecto en la administración de la empresa. Con carácter general, esta participación no podrá superar el 25% del capital, no siendo de aplicación este criterio en el caso de las empresas spin-off.
- En caso de que el doctorando o doctorando ya estuviera contratado por la entidad con anterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda, el contrato deberá cumplir las condiciones recogidas en el apartado anterior. En caso contrario deberá modificarse dicho contrato.
- Los proyectos, de acuerdo con el artículo 33 de las bases reguladoras, deberán definir una transferencia medible de los resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial.
- En caso de de rescisión del contrato laboral antes de la finalización del periodo elegible, la empresa deberá justificar adecuadamente el motivo de dicha rescisión, que podrá suponer la minoración o revocación de la ayuda percibida. Podrá sustituir la persona doctoranda, si bien dicho cambio deberá ser autorizado por la AVI. Cualquier incidencia o modificación de los contratos financiados con cargo a este programa, deberá comunicarse a la AVI en el momento en el que se produzca. En la sublínea 3.2., deberá existir continuidad en la empresa de la persona apoyada en el ejercicio anterior de manera ininterrumpida entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente, con las salvedades descritas en este apartado.
- Los proyectos. de acuerdo con el artículo 33 de las bases reguladoras, deberán definir una transferencia medible de los resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial.
Gastos subvencionables
Línea 1. Agentes de innovación
- Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo subvencionable de 14.000 euros.
- Gastos ocasionados por la participación del/la agente en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros por anualidad.
- Desplazamientos interurbanos y alojamiento de la persona contratada.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto, siempre que se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda. Coste total subvencionable: 1.400 euros.
- En su caso, los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
- Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (titulado universitario) o 3.500 euros (titulado FP) (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
- Gastos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo subvencionable de 14.000 euros.
- Gastos ocasionados por la participación del personal investigador o técnico contratado en acciones formativas directamente relacionadas con su actividad de I+D o de gestión de la innovación en la empresa, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros por anualidad.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto, siempre que se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda. Coste máximo subvencionable: 1.400 euros.
Línea 3. Doctorandos empresariales (Inndocto)
- Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
- Gastos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo anual subvencionable de 14.000 euros.
- Gastos de matrícula de las enseñanzas de doctorado, con un tope de 1.000 euros, así como los gastos ocasionados por la participación del doctorando o doctoranda en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto de I+D+i, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo por ayuda en este concepto es de 10.000 euros por anualidad.
- El gasto de matrícula no podrá exceder de las cuantías máximas de los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios establecidas por el correspondiente decreto del Consell en que se establecen las tasas por la prestación de servicios académicos universitarios del curso de que se trate.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda. Coste total subvencionable: 1.400 euros.
Intensidad de la ayuda
Línea 1. Agentes de innovación
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Línea 3. Doctorandos empresariales (Inndocto)
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Criterios de evaluación de solicitudes
Línea 1. Agentes de innovación
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de agentes de la innovación
- Méritos curriculares del candidato y adecuación de su perfil profesional a las tareas a realizar. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación y alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI (http://innoavi.es/actuaciones-proyectos/. Puntuación máxima: 30 puntos
- Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación de convocatorias anterioies de esta Agencia.
- Objetivos alcanzados por el proyecto en el ejercicio anterior y continuidad de la misma persona apoyada en el ejercicio anterior. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación y alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI (http://innoavi.es/actuaciones-proyectos/. Puntuación máxima: 30 puntos
- Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 2.1, Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras:
- Méritos curriculares del candidato y adecuación de su perfil profesional a las tareas a realizar. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Explotación de resultados del proyecto de I+D+i y alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI (http://innoavi.es/actuaciones-proyectos/). Puntuación máxima: 30 puntos.
- Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico contratado en el ejercicio anterior en el marco de la línea Incorporació de convocatorias anteriores de esta Agencia.
- Objetivos alcanzados por el proyecto en el ejercicio anterior y continuidad de la misma persona apoyada en el ejercicio anterior. Puntuación máxima: 30 puntos
- Explotación de resultados del proyecto de I+D+i y alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI (http://innoavi.es/actuaciones-proyectos/). Puntuación máxima: 30 puntos.
- Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodocto)
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
- Méritos curriculares del candidato y adecuación de su perfil profesional a las tareas a realizar. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación y alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI (http://innoavi.es/actuaciones-proyectos/. Puntuación máxima: 30 puntos
- Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de convocatorias anteriores de esta Agencia.
- Objetivos alcanzados por el proyecto en el ejercicio anterior y continuidad de la misma persona apoyada en el ejercicio anterior. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Grado potencial de desarrollo de la explotación de resultados de investigación y alineación con los retos y soluciones identificados por el Comité Estratégico de Innovación (CEI) de la AVI, que se pueden consultar en la página web de la AVI (http://innoavi.es/actuaciones-proyectos/. Puntuación máxima: 30 puntos
- Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la entidad solicitante. Puntuación máxima: 30 puntos.
- Alineación con la estrategia de innovación de la Comunitat Valenciana o con criterios medioambientales y sociales. Puntuación máxima: 10 puntos.
Subvenciones a consumidores electrointensivos.
/en Actualidad/por Álvaro SánchezSubvenciones del Ministerio a consumidores electrointensivos por compensación de cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia.
Se ha publicado en el BOE de hoy el Extracto de convocatoria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones dispuestas en el Título III del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, correspondientes a cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares soportados durante el año 2021.
Beneficiarios
Empresas privadas titulares de un punto de suministro o instalación, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan los siguientes requisitos:
– Realizar en cada una de las instalaciones o puntos de suministro para los que solicite la subvención una o varias actividades en los sectores enumerados en el Anexo I de la Orden de convocatoria (archivo adjunto), bajo los códigos CNAE que se explicitan en el mismo.
– Estar válidamente constituidas conforme a la normativa en vigor en el momento de presentar la solicitud.
– Estar en posesión del certificado de consumidor electrointensivo.
– Acreditar haber soportado los cargos en los precios del suministro de electricidad correspondientes al año anterior al de la convocatoria.
Ayuda
Hasta el 85 % del coste subvencionable, siendo éste la parte de los cargos del sector eléctrico soportados por el consumidor durante el año 2021 destinados a la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y compensación del extracoste en los territorios no peninsulares, conforme lo especificado en el Apartado Sexto de la Orden de convocatoria (documento adjunto).
Si la suma de la ayuda máxima a la que tuvieren derecho todos los beneficiarios excediere del importe global máximo destinado a las subvenciones en la convocatoria, éste se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.
Compatibilidad
La percepción de estas ayudas será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que tengan como objetivo la compensación de los costes relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones Públicas o de la Unión Europea.
Solicitudes y Plazo
La solicitud de ayuda junto con la documentación requerida, se presentará a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación, comprenderá del 9 de mayo al 17 de junio de 2022, ambos inclusive.
Normativa de aplicación
– Bases reguladoras: Título III Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos (BOE de 17/12/2020)
– Convocatoria: Orden por la que se convoca la concesión de las subvenciones dispuestas en el Título III del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, correspondientes a cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares soportados durante el año 2021 (archivo adjunto).
– Extracto de la convocatoria (BOE 12/04/2022)
Webinar – Sesión informativa. Ayudas del Ministerio a proyectos de IDi en el ámbito de la Industria Conectada 4.0. (ACTIVA_Financiación)
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones, Formación/por Álvaro SánchezLa Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, organizará este viernes 22 de abril, de 10:30 a 11:30 horas, una sesión informativa sobre el Programa de ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la Industria Conectada 4.0. (ACTIVA Financiación) y del Programa de ayudas a Planes de Innovación y Sostenibilidad en el ámbito de la Industria Manufacturera (IDI), del que les informamos a través de esta noticia.
Conexión
Pueden encontrar el enlace de acceso al webinar aquí (no se requiere registro previo).
El objetivo es favorecer la participación y facilitar la preparación de la documentación necesaria para la presentación de solicitudes antes de la apertura de los plazos de la convocatoria. La sesión será pública y de carácter técnico, pudiendo participar cualquier entidad interesada y empresa.
Más Información
Para más información quedamos a su entera disposición en departamento de ayudas de AEC.
Subvenciones para tasas de patentes y marcas
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezEl Fondo para Pymes «Ideas Powered for business» es un programa de subvenciones diseñado para ayudar a las pequeñas y medianas empresas (pymes) de la UE en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual (PI).
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 16 de diciembre de 2022 o hasta agotar fondos.
Objetivo
Apoyar a las pymes para evitar que sus ideas, productos o servicios únicos se copien o se utilicen sin autorización.
Beneficiarios
Pymes establecidas en la Unión Europea.
Tipos de ayuda y Actuaciones apoyables
La edición de 2022 del Fondo para Pymes abarca varias actividades para ayudarle a aplicar su estrategia de activos de PI en función de las necesidades de su empresa:
El Fondo para Pymes es un programa de reembolso que emite bonos que pueden utilizarse para cubrir parcialmente las tasas correspondientes a las actividades seleccionadas. Existen dos tipos de bonos disponibles en función de la actividad de que se trate:
Plazo para la presentación de solicitudes: del 10 de enero al 16 de diciembre o hasta agotar fondos.
Para más información consulte la web del Fondo para PYMES
Imagen
Ayudas a la promoción exterior de las pymes de la C. Valenciana
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezLa Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, ha lanzado la convocatoria de ayudas de apoyo a la promoción exterior de las pymes de la Comunitat Valenciana.
El plazo para la presentación de solicitudes comienza el 28 de marzo y finaliza el 5 de julio de 2022.
Objetivo
Favorecer la internacionalización de las empresas valencianas y la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) en el exterior, así como contribuir a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar y consolidar la presencia de los mismos en los mercados internacionales en el marco de la crisis de la Covid-19.
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas (PYMES), con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones apoyables y gastos subvencionables
Acciones realizadas entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, consistentes en:
La presentación de la documentación justificativa se realizará en el momento de la presentación de la solicitud.
Tipos de ayuda
Subvención de hasta el 50% del coste (IVA excluido) de las acciones apoyables solicitadas.
Presupuesto máximo elegible por empresa: 100.000€.
Plazo
Plazo para la presentación de solicitudes: del 28 de marzo y al 5 de julio de 2022.
Para más información consulte la web de la ayuda
Promoción del talento AVI 2022
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezAgentes de innovación, incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas y doctorandos empresariales.
Descripción
Línea 1. Agentes de innovaciónPuesta en marcha de una red de agentes de innovación en universidades, centros de investigación y asociaciones empresariales y otras entidades de apoyo a la innovación para promover la explotación del conocimiento y su transferencia hacia las empresas.
Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)Incentivar la contratación de personas investigadoras y tecnólogas que desarrollen proyectos de I+D+i o realicen la implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía en empresas, o bien desarrollen proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodocto)Promover la formación de doctorandos y doctorandas en las empresas, propiciando la adquisición por parte de aquellos y aquellas de las habilidades necesarias para desarrollar proyectos de I+D en entornos empresariales y así incrementar el grado de tecnificación y capacidad innovadora de las plantillas de las empresas.
Beneficiarios
Línea 1. Agentes de InnovaciónUniversidades públicas y privadas sin ánimo de lucro integradas en RUVID, centros tecnológicos y organismos públicos de investigación. Institutos de investigación sanitaria, entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud que desarrollen actividad investigadora. Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos, así como otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico. Cualesquiera otras personas jurídicas del Sistema Valenciano de Innovación, públicas o privadas sin ánimo de lucro que faciliten la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o presten servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación.
Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
Línea 3. Doctorandos o doctorandas empresariales (Innodocto)Empresas industriales o de servicios incluidas en cualquier epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), siempre que la tesis doctoral esté vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
Tipología de proyectos
Línea 1. Agentes de innovación
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)
Esta sublínea está dirigida a empresas que contratan nuevo personal investigador con titulación universitaria o de grado superior en Formación Profesional, bien para llevar a cabo actividades propias de I+D+i o proyectos de implantación de tecnologías vinculadas a la nueva economía, o bien para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Inndocto)
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50% de los costes considerados como subvencionables para las PYMES y del 30% para grandes empresas. Sin superar los límites establecidos en el punto anterior, podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona contratada sea una doctoranda, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Solicitud
La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI, con firma y registro electrónico. Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación:
Si la citada documentación ya obra en poder de la AVI, y se mantiene vigente desde su última presentación:
Documentación Línea 1. Agentes de innovación
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación
Documentación Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
Sublínea 2.1, Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.
Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico
Documentación Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales
Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva será desde el 13 de abril al 6 de mayo de 2022. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 24:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
Los proyectos anuales deberán realizarse entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.
Los proyectos plurianuales -con duración máxima de tres años-, deberán realizarse entre 1 de enero de 2022 y 30 de septiembre septiembre de 2024.
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación:
Requisitos de los proyectos
Línea 1. Agentes de innovación
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Inndoctos)
Gastos subvencionables
Línea 1. Agentes de innovación
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
Línea 3. Doctorandos empresariales (Inndocto)
Intensidad de la ayuda
Línea 1. Agentes de innovación
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Línea 3. Doctorandos empresariales (Inndocto)
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar estos límites podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Criterios de evaluación de solicitudes
Línea 1. Agentes de innovación
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de agentes de la innovación
Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación de convocatorias anterioies de esta Agencia.
Línea 2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ)
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 2.1, Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras:
Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico contratado en el ejercicio anterior en el marco de la línea Incorporació de convocatorias anteriores de esta Agencia.
Línea 3. Doctorandos y doctorandas empresariales (Innodocto)
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea como mínimo de 50 puntos.
Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de convocatorias anteriores de esta Agencia.
Ayudas AVI 2022 proyectos estratégicos en cooperación
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezDescripción
El objetivo de este programa es apoyar el desarrollo de grandes proyectos de I+D+i en cooperación entre varios agentes del Sistema Valenciano de Innovación, como vía para el desarrollo de soluciones conjuntas a problemas de interés común.
Entidades beneficiarias
Empresas, universidades públicas y privadas integradas en RUVID. Centros tecnológicos, organismos públicos de investigación, institutos de investigación sanitaria y entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud que desarrollen actividad investigadora. Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos, así como otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.
Tipología de proyectos
Los proyectos solicitados deberán encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías:
Cuando un proyecto conste de diferentes actividades, cada una de ellas deberá encuadrarse en alguna de las tipologías apoyables anteriores.
Solicitud
La solicitud se realizará mediante un formulario de cumplimentación electrónica siendo obligatoria su presentación online ante la sede electrónica de la Generalitat, en el marco de un trámite telemático a través de los medios disponibles en la página web de la AVI , con firma y registro electrónico.
Junto con el formulario electrónico de solicitud el solicitante deberá adjuntar en plazo la siguiente documentación, según los modelos normalizados disponibles en la página web de la AVI:
Si la citada documentación ya obra en poder de la AVI, y se mantiene vigente desde su última presentación:
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento en el que la concesión es en régimen de concesión de concurrencia competitiva será desde el 13 de abril al 6 de mayo de 2022. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 24:00 horas del último día de plazo de presentación. En el caso de que una misma entidad solicitante presente varias solicitudes para un mismo proyecto, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
Los proyectos, podrán tener alcance plurianual, con una duración máxima de tres ejercicios presupuestarios. Deberán realizarse entre la fecha de presentación de la solicitud y el 30 de septiembre de 2024.
Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en, como máximo, tres fases en las fechas indicadas a continuación:
Requisitos de los proyectos
Gastos subvencionables
Intensidad de la ayuda
Las intensidades máximas de ayuda, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las que se establecen en las bases reguladoras, y se resumen aquí:
Criterios de evaluación de solicitudes
Un proyecto solo podrá ser aprobado cuando la puntuación obtenida en la evaluación alcance un valor mínimo de 50 puntos. Se valorarán los proyectos atendiendo a los siguientes criterios:
Ayudas Agencia Valenciana Innovación para I+D+i empresarial 2022
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezLa Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) convoca las ayudas «Consolidación de la cadena de valor empresarial» para el desarrollo de proyectos de I+D+i que respondan a dar solución a una necesidad manifestada del mercado o de una empresa en una cadena de valor.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el próximo 6 de mayo.
Objetivo
Apoyar el desarrollo de soluciones con incidencia en la cadena de valor empresarial, que supongan aplicación de novedad en los productos o procesos, o en los sistemas de organización. Así mismo, se pretende apoyar aquellos proyectos que potencien el desarrollo y utilización de otras tecnologías clave para impulsar el desarrollo industrial y económico.
Beneficiarios
Empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana, de manera individual o en cooperación con otras empresas.
Actuaciones apoyables
El programa financia proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y de innovación en materia de procesos, organización o producto, que permitan a las entidades beneficiarias obtener nuevos productos o servicios o mejorar sustancialmente los existentes, o bien modificar sus procesos tanto organizativos como de producción o suministro.
Tipos de ayuda
La ayuda será en modo de subvención, con intensidades máximas:
Presupuesto mínimo para proyectos individuales 175.000€ y 500.000€ para proyectos en cooperación. Periodo de ejecución 2022-2024.
Con carácter general, tanto para proyectos individuales como en cooperación deberán contratarse los servicios de uno o varios centros tecnológicos u organismos de investigación que confieran al proyecto la suficiente relevancia científico-tecnológica.
Costes financiables
Gastos de personal, contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación, servicios externos de consultoría y asistencia técnica, materiales fungibles y suministros, material inventariable (amortización) y costes de auditoría.
Plazo para la presentación de solicitudes: hasta el 6 de mayo de 2022.
Para más información contactar con nosotros llamando al 965.460.158 o bien a través del correo aeecc@aeecc.com
Préstamo Bonificado IVF Gran Empresa Industrial
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezEl Institut Valencià de Finances ha lanzado la línea de préstamos bonificados, de hasta 5 millones con ayudas directas de hasta el 10%, dirigidos a grandes empresas industriales de la Comunitat Valenciana.
El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el próximo 1 de junio o hasta agotar fondos.
Objetivo
La línea de préstamos bonificados está orientada a impulsar la inversión de las grandes empresas del sector industrial.
Beneficiarios
Grandes empresas industriales, que operen en el grupo C «Industria Manufacturera» códigos 10 a 33 (CNAE-2009), con antigüedad mínima de cinco años y domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones apoyables
Los proyectos tendrán como finalidad:
Tipos de ayuda
Préstamos bonificados con un plazo de 5 a 10 años y un máximo de 2 años de carencia, con un Tramo no reembolsable (TNR) del préstamo del 10% del valor nominal de la operación.
El tipo de interés de la financiación se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0%, y el margen de riesgo de crédito.
El valor nominal del préstamo será igual o inferior 5.000.000 euros, no pudiendo superar el 80% del valor de la inversión objeto de financiación.
Costes financiables
Plazo para la presentación de solicitudes: hasta el 1 de junio o hasta agotar fondos.
Para más información consulte la web de IVF
Ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la Industria Conectada 4.0.
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezCon fecha 13 de abril se ha publicado en el BOE, el Extracto de la convocatoria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de ayudas a proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la Industria Conectada 4.0. (ACTIVA_Financiación), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el año 2022.
Beneficiarios
Sociedades que no formen parte del sector público, que desarrollen una actividad industrial (actividades de producción a escala industrial C-Divisiones 10 a 32 (CNAE 2009), valorización, complementarias a la producción y de servicios a la industria, incluidas en el anexo I de la Orden de bases reguladoras) durante un periodo de al menos 3 años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud.
Actuaciones subvencionables
Desarrollo de proyectos de investigación industrial, proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en el ámbito de la Industria Conectada 4.0., en las siguientes líneas de actuación:
Prioridades Temáticas
Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria manufacturera y habrán de adaptarse al menos a alguna de las prioridades temáticas siguientes:
Ayudas
Ayudas de hasta el 80 % del presupuesto financiable. Las entidades podrán seleccionar si solicitan ayuda en la modalidad de subvención, préstamo reembolsable o de una combinación de las dos modalidades.
Las subvenciones tendrán un importe máximo de hasta el 50% para pequeñas empresas, el 20% para medianas empresas y el 5% en grandes empresas.
Los Préstamos reembolsables tienen un tipo de interés al 0% y con un plazo de amortización total de 5 años con 2 de carencia para línea ACTIVA-PYME y de 10
años con 3 años de carencia para línea ACTIVA-Grandes Implementaciones.
Solicitudes
El formulario de solicitud se puede descargar de la web del Portal de ayudas del Ministerio, y se tramitará a través de su sede electrónica.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes comprende del 25 de abril al 17 de mayo de 2022.
Normativa de aplicación
Convocatoria
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Si desea más información sobre las convocatorias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de los Fondos Europeos Next Generation puede consultar las siguientes páginas web:
Convocatorias Generalitat y de las entidades de su sector público instrumental:
https://presidencia.gva.es/es/web/estrategia-valenciana-para-la-recuperacion/comunitat-valenciana
Convocatorias del Gobierno de España:
https://presidencia.gva.es/es/web/estrategia-valenciana-para-la-recuperacion/estat
Relación de PERTEs aprobados o en curso de aprobación:
https://planderecuperacion.gob.es/como-acceder-a-los-fondos/pertes
AEC Encuesta HORIZONTE EMPRESARIAL 2022
/en Actualidad, Estudios, Observatorio industrial/por Álvaro SánchezTeniendo en cuenta la difícil situación que estamos viviendo generada por el COVID19, el conflicto entre Rusia y Ucrania, la inflación, el elevado incremento de los precios de la energía y de las materias primas, las elevadas cargas impositivas, el riesgo de la destrucción de empleos, la pérdida del poder adquisitivo, la caída del consumo y la adaptación al cambio climático; desde el OBSERVATORIO INDUSTRIAL DE AEC, queremos saber cuál es su opinión respecto al horizonte empresarial del sector; con el objeto de plantear a la administración los planes de actuación necesarios que nos ayuden a compensar y revertir el impacto de esta crisis.
Con los resultados que se generen de la encuesta, desde AEC emitiremos un informe, el cual les haremos llegar posteriormente a todos ustedes.
A continuación cumplimente la encuesta:
Avecal, AEC, CCOO y UGT aprueban el periodo vacacional para el sector del calzado durante 2022
/en Actualidad, CONVENIO COLECTIVOS, Laboral/por Álvaro SánchezSubvenciones Programa mantenimiento del trabajo autónomo mujeres 2022
/en Actualidad, Ayudas y subvenciones/por Álvaro SánchezCon fecha 6 de abril de 2022 se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 28 de diciembre de 2021, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones destinadas al Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, reguladas en la Orden 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo dirigido al emprendimiento.
Objeto.
La concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.
Beneficiarias.
Las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se encuentren embarazadas o en proceso de adopción.
Bases Reguladoras.
Orden 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de fomento de empleo dirigido al emprendimiento, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 29 de septiembre de 2017.
Cuantía.
El importe global máximo estimado para financiar estas subvenciones será de 150.000 euros.
El importe de la subvención ascenderá a:
a) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros.
b) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros.
Los importes indicados en el apartado anterior se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer.
Los contratos a tiempo parcial de al menos treinta horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
Plazo de presentación.
Se iniciará el 7 de abril y finalizará el 15 de septiembre de 2022. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.
Para más información.
https://labora.gva.es/es/ciutadania/busque-ajudes-subvencions/ajudes-foment-de-l-ocupacio/-/asset_publisher/eLgUuSsd70Zp/content/eautom-%E2%80%93-2022-programa-de-ayuda-destinada-al-mantenimiento-del-trabajo-autonomo-de-mujeres-por-el-que-se-otorga-una-subvencion-por-la-contratacion-de-