Medidas Extraordinarias adoptadas frente al COVID-19
- Se suspenden los plazos en la presentación de solicitudes y no se recortan los derechos por presentar solicitudes fuera de plazo.
- Se han adoptado medidas de protección por desempleo para los trabajadores afectados por suspensiones de contrato y reducciones de jornada (ERTEs).
Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo
- En cuanto a la inscripción como demandante de empleo: compruebe las instrucciones del servicio público de empleo de su comunidad autónoma para la renovación o el alta de la demanda de empleo. Siga las indicaciones de la página Web. Si no conoce la dirección de Internet, puede encontrarla aquí.
- No se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, el pago se mantendrá transcurridos los seis meses.
- No se interrumpirá el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.
Si se ha visto afectado por un ERTE
- No tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y el SEPE.
- Información sobre el procedimiento de solicitud por parte de las empresas
Si se encuentra en situación de desempleo no motivada por un ERTE
- Si dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puede
- Si NO dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puede
- Formulario para pre-solicitud individual de prestaciones por desempleo. Solo enviar este formulario si ha finalizado su contrato o le han despedido, no lo haga si está usted en un ERTE. NO enviar si ya ha solicitado cita previa o ha presentado su solicitud en el sepe por otro canal.
- Solicite cita previa telemáticamente para ser atendido por el SEPE (indique correo electrónico).
Pueden descargar el documento de medidas pulsando aquí.
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