CONVOCATORIA DE AYUDAS IVACE Eficiencia Energética

Desde AEC y como integrantes de las mesas sectoriales del Plan Estratégico de la Industria Valenciana 2018-2023, nos ponemos en contacto con ustedes para comunicarles, que desde en el día de hoy ha salido publicada en el DOGV la RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2019, del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019, que encontrarán adjunta a esta circular informativa y también accesible en el siguiente enlace:

http://www.dogv.gva.es/datos/2019/08/02/pdf/2019_7883.pdf

A continuación, les adjuntamos una breve síntesis de la convocatoria:

Bases reguladoras de la presente convocatoria: las aprobadas por RD 263/2019,

Objeto: Ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, incluida la implantación de sistemas de gestión energética

Dotación presupuestaria: 30.310.000 euros

Las ayudas reguladas por la presente convocatoria podrán ser cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020

Actuaciones apoyables: deberán conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida, y deben encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías previstas en el artículo 6 RD 263/2019 (bases del IDAE).

Básicamente son dos:

1-. Mejora de la tecnología en equipos y procesos

2-. Implantar sistemas de gestión energética (los requisitos están en la norma UNE-EN ISO 50001)

Dado el carácter incentivador de las ayudas, las actuaciones objeto de las mismas no podrán haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

Cuantía de las ayudas

La cuantía máxima de las ayudas será, para cada una de las actuaciones, la menor de las siguientes:

a) El 30 % de la inversión elegible del proyecto.

b) La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 Reglamento (UE) Núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

Los porcentajes aplicables sobre el coste subvencionable son los siguientes:

– Gran empresa: 30 %

– Mediana empresa: 40 %

– Pequeña empresa: 50 %

c) Un máximo de 1,5 millones de euros por proyecto.

Entidades beneficiarias

Muy amplia: detalladas en art. 7. Además de las actividades productivas que se relacionan, pueden beneficiarse las empresas de servicios energéticos

Plazo de presentación de solicitudes

Desde mañana [3 de agosto hasta el 31.12.2020]

Plazo máx. de resolución y notificación

6 meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

Plazo máx. para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda

24 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda

Para cualquier duda o aclaración, pueden contactar con nosotros llamando al 965.460.158 o bien directamente con el IVACE.

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