Ayudas Directas a empresas y Autónomos – RDL 06/2021 medidas complementarias
Con fecha 22 de abril de 2021.- el Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto-ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, por la que se permite a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla ampliar los sectores y empresas que podrán beneficiarse de la línea de ayudas directas a autónomos y empresas dotado con 7.000 millones de euros.
La modificación incluida permitirá a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla que, dentro de la asignación establecida para cada una de ellas, puedan incluir como beneficiarios de estas ayudas a otros sectores, adicionales a los 95 CNAES recogidos en el Anexo I del citado Real Decreto-ley, que se hayan visto particularmente afectados por la pandemia.
Esos 95 CNAES se establecieron aplicando criterios objetivos, basados en el efecto de la pandemia en el empleo de cada sector. En concreto, en el momento de aprobación del Real Decreto-ley, en esos sectores el 10% de sus trabajadores estaban protegidos por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y, además, no habían vuelto a la actividad al menos un 75% de los trabajadores que llegaron a este en ERTE en el peor momento de la pandemia, en abril de 2020.
De esta manera y en base a la disposición final primera modifica el artículo 3 del Real Decreto-ley 5/2020, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, se establece la posibilidad de que las CC.AA. puedan:
- otorgar ayudas con cargo a la Línea COVID a empresarios o profesionales y entidades adscritas a actividades que se clasifiquen en códigos CNAE no incluidos en el Anexo I y que se hayan visto particularmente afectados en el ámbito de su territorio, debidamente justificadas en sus convocatorias,
- establecer excepciones al criterios de exceptuar como destinatarios de ayudas a empresarios o profesionales, entidades y grupos consolidados que en la declaración del IRPF e IS correspondiente a 2019 hayan declarado resultado neto negativo.
Evidentemente, estas dos últimas medidas requerirán de desarrollo normativo a nivel autonómico, para lo cual desde AEC hemos emitido los informes a través de los cuales se solicitan la inclusión de los CNAES de nuestra industria para que las diferentes comunidades autónomas aprueben su incorporación y las empresas de nuestro sector puedan optar a ellas.
La entrada en vigor de este RDL se producirá el día siguiente al de su publicación.
Línea de ayudas directas a autónomos y empresas
Esta línea, dotada con 7.000 millones de euros, canaliza ayudas directas a través de las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla a autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia, cuyos ingresos hayan caído al menos un 30% con respecto a 2019.
Estas ayudas tienen carácter finalista y se pueden emplear para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera.
Los autónomos que tributan por estimación objetiva podrán recibir hasta un máximo de 3.000 euros, y el resto de autónomos y empresas entre 4.000 y 200.000 euros.
Las ayudas están condicionadas al mantenimiento de la actividad hasta el 30 de junio de 2022.
Finalmente, con el fin de facilitar a las empresas el pago de sus obligaciones de carácter no tributario, se habilita a las Delegaciones de Economía y Hacienda a conceder a las empresas un periodo de carencia de dos años desde la fecha de su vencimiento para el pago de las mismas, y un fraccionamiento posterior de la deuda de hasta dos años.
Documentos Relacionados:
Nota de Prensa del Ministerio de Asuntos Económicos relacionada con el RDL 06/2021
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