Abierto el plazo de solicitud para las ayudas MOVES II

El DOGV publicó el 6 de octubre 2020 la Resolución de IVACE que permite solicitar apoyo para tres de las cuatro actuaciones que componen el programa MOVES II. La primera actuación que apoyaba la compra o renting de vehículos eléctricos se convocó en Julio 2020.

OBJETIVO

Convocar ayudas del IVACE para la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y actuaciones de movilidad sostenible en la Comunitat Valenciana, en el marco del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II), fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro energético y la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte, así como la consiguiente reducción de la dependencia de los productos petrolíferos.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO O QUIÉN PUEDE SER BENEFICIARIO DE ESTAS AYUDAS?

Podrán acogerse a estas ayudas las personas y entidades que se enumeran a continuación en función de cada tipo de actuación:

En la Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, los profesionales autónomos, las personas físicas, las Comunidades de propietarios, las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y otras entidades, entre ellas las entidades locales pertenecientes al Sector Público. Para la Actuación 3 Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y para la Actuación 4 Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo, todos los enumerados para la actuación 2 a excepción de las personas físicas y las Comunidades de Propietarios.

PROYECTOS/INVERSIONES APOYABLES

Se considera inversión elegible del proyecto:

Para la Actuación 2, Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, el proyecto, la obra civil, costes de ingeniería y dirección de obra del cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión donde se conecta el vehículo para su recarga, este último también elegible. También se considerará elegible el sistema de pago integrado en la estación de recarga, la señalización de las estaciones de recarga y el sistema de gestión, control y seguridad.

Para la Actuación 3, Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, el proyecto, la obra civil, anclajes y bases del sistema, su montaje e instalación, el coste de adquisición de las bicicletas y los gastos en software necesarios para gestionar el sistema de préstamo.

Para la Actuación 4, Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo, se considera inversión elegible del proyecto, el coste asociado a la ejecución de las actuaciones planteadas.

En una empresa, la implantación de medidas de movilidad sostenible podrían ser aquellas que:

  • Faciliten el acceso al centro de trabajo a pie o en bicicleta (inversión en aparcamiento de bicicletas, dotación de vestuarios, etc.…)
  • Líneas de transporte colectivo y autobuses lanzadera.
  • Plataformas y sistemas de vehículos compartidos.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Para la Actuación 2, Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos la ayuda será el 30 % del coste subvencionable para empresas privadas, del 40 % para particulares, autónomos, comunidades de propietarios y entidades locales y sector público. Se establece un límite de ayudas de 100.000 € por destinatario último y convocatoria.

Para la Actuación 3, Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, la ayuda será el 30 % del coste subvencionable. Se establece un límite de ayudas de 100.000 € por destinatario último y convocatoria.

Para la Actuación 4, Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo, la ayuda será del 40% del coste subvencionable para los destinatarios últimos de ayuda, salvo paraaquellos destinatarios sin actividad comercial ni mercantil en cuyo caso la ayuda será del 50%. Se establece un límite de ayuda de 200.000 € por destinatario último y convocatoria.

PLAZO DE SOLICITUD

La presentación de solicitudes para este programa se inicia el 7 de octubre de 2020 y finalizará en un año, el 7 de octubre de 2021.

Puede obtener más información acerca de este Plan, en www.ivace.es, llamando al teléfono directo del programa MOVES 96 353 67 34 o por correo electrónico moves_ivace@gva.es.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *